Comunicación de joyas y metales preciosos

Descripción


Las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades relevantes para la seguridad ciudadana deben realizar actuaciones de registro documental e información que prevé la normativa vigente. Entre estas actividades relevantes para la seguridad ciudadana se incluye la compraventa de joyas y metales preciosos.

Las personas obligadas comunicarán a la Ertzaintza, a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco, y en el plazo de 24 horas a contar desde la adquisición o recepción de la joya o el objeto.

Registro de establecimientos

Para poder realizar estas comunicaciones las personas físicas o jurídicas arriba citadas deben inscribirse previamente en el Registro de establecimientos para comunicaciones con la Ertzaintza.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la seguridad ciudadana.

En general, a quienes se dediquen al comercio de joyas y objetos que contengan, en su composición, metales preciosos, con o sin piedras preciosas.

Esta orden resulta de aplicación a las personas titulares de:

  1. Casas de compraventa o cambio.
  2. Montes de piedad.
  3. Casas de empeño o préstamo.
  4. Industrias y talleres de reciclaje, desguace, fundiciones y fabricantes que utilicen objetos usados que contengan, en su composición, metales preciosos.

Registro de establecimientos

Para poder realizar estas comunicaciones las personas físicas o jurídicas arriba citadas deben inscribirse previamente en el Registro de establecimientos para comunicaciones con la Ertzaintza.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Información de contacto


Datos de contacto

Comisarías de la Ertzaintza

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Comunicación de joyas y metales preciosos: 1213301

Comunicación a la Administración


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites