Ayudas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a ser alojamiento para el personal temporero que preste servicios en el sector agrario 2026

[Alojamiento para el personal temporero]

Descripción


Objeto

Establecer el régimen de ayudas a la construcción, acondicionamiento, mejora o equipamiento de los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

40.000 €

Prestación económica

Se destinan a la financiación de las ayudas objeto de la presente convocatoria 40.000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026.

A quién va dirigido


Personas o entidades beneficiarias

- Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. En el caso de personas físicas o jurídicas privadas, deben ser titulares o cotitulares de explotaciones agrarias registradas en la Comunidad Autónoma del País Vasco en situación activa agraria.

- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, siempre y cuando sean titulares o cotitulares de una explotación agraria registradas en la Comunidad Autónoma del País Vasco en situación activa agraria.

Requisitos

  • En el supuesto de personas físicas o jurídicas privadas, ser titular o cotitular de explotaciones agrarias.
  • Que las actuaciones subvencionables se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • No tener la consideración de empresa en crisis de acuerdo con el punto 59 del artículo 2 del Reglamento UE 2022/2472.
  • No estar, la persona beneficiaria, sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda concedida ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • Tener una presencia de mujeres en sus órganos de dirección como mínimo equilibrada, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.3 la Ley 8/2015, de 15 de octubre, del Estatuto de la Mujer Agricultora.
  • Haber cometido, incitado o promocionado LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.

Organismos


Organismo que convoca

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Agricultura y Ganadería

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca > Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural

Información de contacto


Felix Guarrotxena Arlunduaga

Teléfono: 945 01 96 70

Correo electrónico: f-guarrotxena@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1013813

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

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Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente al de la publicación en el BOPV la convocatoria.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
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