Subvención para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales en el año 2025

[feprl_2023]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de las subvenciones a conceder por Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, en régimen de concurrencia competitiva mediante concurso, para la realización de acciones intersectoriales o sectoriales en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, dirigidas a empresas y personas trabajadoras que prestan servicios en centros de trabajo radicados en el País Vasco.

Dotación presupuestaria

581.484,14 euros.

Prestación económica

581.484,14 euros del crédito presupuestario del ejercicio 2024.

Las acciones intersectoriales podrán ser subvencionadas con un máximo de hasta 100.000 € por proyecto y las acciones sectoriales hasta 50.000 € por proyecto.

La subvención podrá financiar hasta el 100% de los costes subvencionables de la actividad.

Forma de pago:

El pago se realizará de la siguiente forma:

a) Primer pago: anticipo del 50%, una vez dictada la resolución recogida en el artículo 18.2.

b) Segundo pago: 50% restante. Se abonará una vez concluidas las actividades previstas, previa presentación de la documentación justificativa en el plazo de 15 días tras finalizar la acción solicitada (siempre antes del 1 de diciembre de 2025).

A quién va dirigido


Asociaciones empresariales y sindicales

Requisitos

  • Las entidades beneficiarias deberán estar durante la vigencia de la subvención al corriente o exentos de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Declaración a presentar antes de recibir el pago, relacionada con la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres:

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Haber adoptado la entidad solicitante una modalidad preventiva de entre las recogidas por el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y haber realizado la evaluación de riesgos o estar la misma en curso de realización.
  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente

  • Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con el certificado electrónico de la entidad solicitante, no es necesario entregar dicho documento.
  • Descripción de la actividad solicitada según el modelo del Anexo I.
  • Presupuesto económico de la actividad solicitada, según modelo del Anexo II.

Organismos


Organismo que convoca

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Organismo que resuelve

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Información de contacto


La presentación de las solicitudes se realizará por medios electrónicos a través de la sede electrónica de Euskadi.eus.

Datos de contacto

OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Fº. Javier González Gómez

Teléfono: 944032187

E-mail: fj-gonzalezgomez@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0048509

Solicitud y aportación de documentación


Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes desde que la presente Resolución surta efectos, que será desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. La ocultación grave de los datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada o de documentos incluidos en la aplicación telemática de la solicitud, será causa de desestimación de la misma.

Formalización y presentación de las solicitudes

1.– Los trámites posteriores a la solicitud (acceso, tramitación y seguimiento) y  sus posteriores tramites se realizarán a través de «Mi carpeta» de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de País Vasco:

https://www.euskadi.eus/micarpeta

2.– La solicitud y posteriores trámites podrán ser realizados por una persona que represente la entidad solicitante, exclusivamente de forma electrónica, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi accesible en la dirección:

https://www.euskadi.eus/representantes

3.– Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes por medios electrónicos accediendo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi o ante los registros electrónicos de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas. Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: 

https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos

4.- A la solicitud debe acompañar la siguiente documentación:

a) La entidad solicitante deberá estar legalmente constituida y la representante o el representante legal de la entidad deberá justificar suficiente poder de representación, adjuntando:

– Copia auténtica de la escritura fundacional y estatutos de la entidad o, en su caso, certificado del registro oficial para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente.

– Copia autentica del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación para tramitar en nombre de la entidad titular del certificado.

b) Descripción de la actividad solicitada según el modelo del Anexo I (docx, 17 KB).

c) Presupuesto económico de la actividad solicitada según modelo del Anexo II (docx, 19 KB), siguiendo para su cumplimentación las siguientes instrucciones (docx, 7.56 MB)

No se tendrán que aportar los documentos que ya obren en poder de la Administración (artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación y seguimiento


Seguimiento

El personal de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales realizará las actuaciones de seguimiento periódico necesario para garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, así como para la comprobación de las acciones en realización y realizadas. En este sentido, las entidades beneficiarias quedarán obligadas a facilitar aquella información que les sea requerida desde Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, la Oficina de Control Económico o el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

Justificación

En el plazo de 15 días tras finalizar la acción solicitada, y previo al pago del coste de la actividad aprobada, las entidades beneficiarias deberán aportar, antes del 1 de diciembre de 2025:

a) Memoria económica donde se recojan las actividades realizadas y el coste de las mismas conforme el Anexo II. Los gastos de personal propio que se recojan en esta memoria deberán contar con el número de horas de dedicación al proyecto, el nombre y apellidos del trabajador o trabajadora, el costo total o anual o del periodo (desglosado el salario y el coste de seguridad social), el n. º de horas anuales o del periodo trabajado por el personal sobre el que se imputa el gasto y el coste por hora.

b) Facturas o documentos justificativos de los gastos soportados.

c) Declaración complementaria en la que se haga constar las ayudas solicitadas para la misma actividad a distintas administraciones públicas competentes o a sus entidades vinculadas o dependientes, tanto las aprobadas como las pendientes de resolución, así como el importe recibido y/o pendiente de recibir por las mismas.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites