Subvenciones para actividades musicales profesionales. Iniciativas musicales empresariales (2022)

[Iniciativas musicales empresariales]

Descripción


Objeto

Subvenciones para actividades musicales profesionales en 2022. Modalidad: iniciativas musicales empresariales.

Se puede solicitar subvención para un máximo de 3 actividades en alguna de estás áreas musicales:  Producción; Investigación; Difusión;  Formación de profesionales; Sensibilización de públicos. 

Dotación presupuestaria

290.000

Prestación económica

El máximo total de las aportaciones económicas procedente de las distintas Administraciones Públicas no podrá, superar el 80% del coste del proyecto presentado.

La cantidad máxima a solicitar para cada una de las actividades previstas no podrá superar la cantidad de 15.000 euros y en todo caso la cantidad máxima a otorgar a otorgar a una beneficiaria en esta modalidad no podrá sobrepasar la cantidad de 22.500 euros.

Forma de pago:

  • Un primer abono del 50% de la subvención concedida, transcurrido el plazo establecido en el artículo 13.a) sin haber mediado renuncia.
  • El 50% restante a partir del 1 de enero de 2023, una vez justificada y acreditada la actividad subvencionada.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Identidad de la persona física
  • Acreditar los datos de residencia de la persona solicitante
  • Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social

Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida
  • Tener suficiente poder de representación
  • La sede social debe estar en la Comunidad Autónoma de Euskadi, o en caso contrario, que el proyecto presentado contemple el apoyo a la producción o difusión de obras de músicos nacidos o residentes en el País Vasco.
  • Tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales
  • Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad para concurrir a esta convocatoria.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Haber desarrollado actividad empresarial con anterioridad al año 2019, en alguna de las siguientes áreas: producción fonográfica, producción y/o difusión de la actividad musical; formación y sensibilización de públicos.
  • Para actividades de Producción musical -artículo 21.1.a-, haber dado soporte empresarial, al menos a 4 artistas o formaciones vascas, durante 2021, con proyectos musicales diferenciados. Para otras actividades -artículo 21.1.b-, desde 2017, haber desarrollado al menos 2 proyectos de características similares.
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • Cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0247323

Solicitud y aportación de documentación


Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes de forma electrónica.
Las personas físicas, en su nombre o en representación de la entidad solicitante, pueden utilizar el "Juego de Barcos", nueva herramienta más sencilla y usable que otros medios de firma electrónica.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Para darse de alta o modificar sus datos utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.

Alta y modificación de datos de Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación


Sólo las personas físicas podrán presentar la justificación de forma presencial.

Las personas beneficiarias deberán presentar la justificación una vez finalizada la actividad correspondiente, en todo caso antes del 30 de noviembre de 2022.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites