Becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2022

[becas-formacion]

Descripción


Objeto

Becas y ayudas para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud, que se inicien en 2022:

  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado y estancias formativas en centros extranjeros. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado.
  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos en centros estatales, dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado.

Dotación presupuestaria

108.010 €

Prestación económica

Límite prestación

Los importes máximos subvencionables son: 

  • a) Gastos de alojamiento en caso de desplazamiento: 1.000 euros mensuales.
  • b) Gastos de matrícula: 6.000 euros.
  • c) Gastos de viaje (sólo para cursos y estancias formativas en el extranjero): 2.000 euros.
  • d) Suplemento por acompañamiento: 300 euros mensuales por hija o hijo.
  • e) Gastos de manutención (sólo para cursos y estancias formativas en el extranjero): 500 euros mensuales.
  • f) Total máximo de la beca o ayuda, teniendo en cuenta todos los conceptos anteriormente señalados: 1.500 euros mensuales.

Forma de pago:

El 60% de la totalidad de la ayuda se abonará en el momento de la concesión, el 40% restante al finalizar el periodo formativo tras presentar la documentación exigida antes del 30 de noviembre de 2023.

A quién va dirigido


Pueden resultar beneficiarias de las becas y ayudas aquellas personas físicas que además de cumplir con los requisitos generales recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, en particular reúnan las siguientes condiciones:

Requisitos:

  • Disponer de título universitario superior o medio.
  • Hallarse empadronadas en municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de la beca o ayuda.
  • Realizar alguna de las actividades formativas establecidas en el artículo 1 de la Orden de la Consejera de Salud.
  • No encontrarse realizando formación bajo el sistema de residencia.

Requisitos

  • Documentos que deben acompañar a la solicitud | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias

Servicio de Docencia y Desarrollo Profesional

  • Persona de contacto: Javier Latorre Guinea (j-latorre@euskadi.eus), teléfono: 945 019 240

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0086109

Solicitud y aportación de documentación


Antes de comenzar a rellenar el formulario de solicitud es importante que lea atentamente la orden que convoca y regula la concesión de estas ayudas

Para solicitar la subvención hay que presentar el formulario de solicitud junto con la documentación que se describe en las instrucciones y en el apartado DOCUMENTACIÓN. La tramitación telemática se realiza a través de “Mi carpeta”.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, deberán presentar la documentación que aparece en el desplegable + Documentación, a través del canal telématico en euskadi.eus desde “Mi carpeta”

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites