Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino

[Almacenamiento privado de carne de porcino]

Descripción


Objeto

El sector de la carne de porcino atraviesa graves dificultades desde hace varios meses debido a la fuerte ralentización de las exportaciones a China, la creciente propagación de la peste porcina africana a diversos Estados miembros, el impacto persistente de las restricciones impuestas por la COVID-19  y la invasión rusa de Ucrania. Como consecuencia de ello, se ha producido un fuerte descenso de la demanda de exportación de determinados productos del sector de la carne de porcino. Para hacer frente a la situación, la Comisión ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo, por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda.

Estas ayudas son convocadas, financiadas y resueltas por la Comisión Europea, siendo el Organismo Pagador del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la Unidad Gestora de la ayuda en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino, para varios de sus productos conforme al Anexo, atendiendo al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022.

Lucha contra el fraude

El Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su plan de lucha contra el fraude, pone a disposición de la ciudadanía un canal de denuncia a través del cual, se podrá comunicar cualquier sospecha referente al uso fraudulento de los fondos procedentes de la PAC, Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) y Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER).

La comunicación de cualquier tipo de información será tratada de manera confidencial, garantizando la protección de los datos personales del remitente, y se realizará por correo electrónico: accionantifraudepac@euskadi.eus

A quién va dirigido


Todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes de ayuda ante las autoridades competentes donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos. Debe ser carne de animales que cumplan lo establecido en el anexo VI, parte III del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238 de la Comisión.

Requisitos:

  • Cantidad mínima de almacenamiento: 10 toneladas para productos deshuesados, 15 toneladas para el resto.
  • Que hayan sido criados en la Unión durante un periodo mínimo correspondiente a los dos últimos meses.
  • Que hayan sido sacrificados como máximo diez días antes de su almacenamiento.
  • Que hayan sido sacrificados de conformidad con las normas europeas que les son de aplicación.
  • Que no hayan sido sacrificados como resultado de medidas de urgencia.
  • Que sean animales que no tengan características que las hagan impropias para el almacenamiento o la utilización posterior.
  • Ser carne fresca o refrigerada de la especie porcina.
  • No estar almacenados.
  • Almacenarse congelados.

Organismos


Organismo financiador/cofinanciador

  • Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)

Información de contacto


Mª Carmen Gonzalez

Teléfono: 945 01 97 10

E-mail: carmengonzalez@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1102802

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


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