Programa Leader 2021 - Ayudas destinadas al apoyo al emprendimiento

[LEADER emprendimiento 2021]

Descripción


Objeto

Las ayudas destinadas al apoyo al emprendimiento tiene por objeto proporcionar apoyo inicial para la diversificación de actividades agrarias hacia actividades no agrarias, así como para facilitar la puesta en marcha de nuevas empresas no agrarias en zona LEADER.

Esta ayuda está dirigida tanto a personas agricultoras que diversifican hacia actividades no agrarias y resto de personas físicas, como a micro y pequeñas empresas no agrarias de nueva creación.

Dotación presupuestaria

155.000 €

A quién va dirigido


Personas beneficiarias de las ayudas destinadas al apoyo al emprendimiento - Programa LEADER

a) Personas agricultoras (físicas o jurídicas) que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrarios en zona LEADER siempre que lo sean a título principal (ATP).

b) Micro y pequeñas empresas no agrarias de nueva creación según la definición que efectúa la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003.

c) Personas físicas que se comprometan a crear una nueva empresa.

Requisitos:

  • Las personas agricultoras (físicas o jurídicas) que diversifiquen, deberán tener su domicilio social en una zona rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la persona solicitante de la ayuda deberá ser agricultor o agricultora a título principal (ATP). Se entiende que una persona jurídica ejerce la agricultura a título principal siempre que el 50% de los socios o socias sean considerados individualmente agricultores o agricultoras a título principal. Si son sociedades, salvo que la forma jurídica sea la sociedad civil, se requerirá además que las participaciones o acciones de sus socios o socias sean nominativas. La diversificación de su actividad se realizará en la zona LEADER.
  • Las micro y pequeñas empresas deberán tener su domicilio social en una zona rural y desarrollar su actividad en las zonas LEADER. El beneficio de la ayuda debe ser para las zonas LEADER.
  • Las personas físicas que sean beneficiarias de la ayuda deberán estar empadronadas en una zona rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco y desarrollar la actividad de la nueva empresa en zona LEADER.
  • En el caso de que no vaya a existir una inversión física ligada a la actividad económica objeto de subvención en zona LEADER, las personas físicas deberán estar empadronadas en zona LEADER, y las personas jurídicas deberán tener domicilio social en zona LEADER.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Información de contacto


1. Asociación para el Progreso del Desarrollo Rural - MENDINET

Horario de recepción de solicitudes presenciales: de lunes a viernes de 08:00 a 15:00.

Secretaría Técnica: Jon Vitorica

Teléfono: 945 410 309

E-mail: mendinet@mendinet.org

Asociaciones de Desarrollo Rural de Álava/ArabaBizkaia y Gipuzkoa, en función de la comarca donde se ubique el proyecto.

2. Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Arantxa Peña

Teléfono: 945 016 308

E-mail: a-pena@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1050918

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPV

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Solicitud ampliación del plazo de ejecución de los proyectos


La ampliación del plazo, o prórroga, solo podrá concederse cuando concurran causas ajenas a la voluntad de la entidad beneficiaria y que estén debidamente justificadas. Así pues, en la solicitud, que deberá realizarse a más tardar 30 días naturales antes de la fecha en la que deba estar finalizada la inversión y/o gasto, deberán especificarse claramente cuáles son esas causas y deberá aportarse la documentación justificativa correspondiente.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Solicitud de ampliación del plazo de ejecución de los proyectos

Comunicación de modificaciones del proyecto


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Justificación y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites