Ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la CAPV, Lehiatu Promoción 2020

[Lehiatu Promoción]

Descripción


Objeto

¡¡¡ATENCIÓN MODIFICACIÓN PLAZOS!!!

En base al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, la fecha fin de plazo para presentar solicitudes de ayuda será el 30 de junio de 2020.


Promocionar en mercados exteriores a Euskadi, los productos alimentarios, pesqueros y forestales, transformados y comercializados por la industria agraria y alimentaria con sede social la CAPV.

Dotación presupuestaria

500.000 €

Prestación económica

El importe máximo de ayuda por persona beneficiaria será de seis mil (6.000) euros para las acciones individuales recogidas en el apartado 1.A del artículo 6 del decreto regulador y de veintidós mil (22.000) euros para los programas de promoción recogidos en el apartado 1.B del mismo precepto regulador.

En cualquier caso, se deberán respetar las cuantías máximas de ayuda establecidas en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis y en el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura que resultan aplicables en función de si la empresa beneficiaria pertenece al sector de la agricultura o de la pesca, que se fijan en 200.000 euros en tres ejercicios fiscales en el primer caso y en 30.000 euros en tres ejercicios fiscales en el segundo caso.

A quién va dirigido


Personas beneficiarias de las ayudas Lehiatu Promoción

Las empresas de los sectores de la industria de transformación y comercialización de productos pesqueros, alimentarios y forestales, excepto a la industria vinícola que tendrá sus propias ayudas a través del programa Lehiatu Ardoa.

Requisitos

  • Cumplir los requisitos establecidos en la Orden de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2020, las ayudas reguladas en el Decreto 179/2014, de 23 de septiembre, de ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco, "Programa Lehiatu Promoción", disponer de la documentación que así lo acredita, ponerla a disposición de la Administración cuando me sea requerido y comprometerse a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente al reconocimiento del derecho a la ayuda.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Marian Alustiza / Elisa Torre-Enciso

Teléfono: 945 01 96 84

E-mail: m-alustiza@euskadi.eus / e-torre-enciso@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0082208

Solicitud y aportación de documentación


¡¡¡ATENCIÓN MODIFICACIÓN PLAZOS!!!

En base al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, la fecha fin de plazo para presentar solicitudes de ayuda será el 30 de junio de 2020.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Justificación y aportación de documentación


Otros trámites