Premio Realidad Social Vasca 2016

Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

RESUMEN
Objeto

El Premio “Realidad Social Vasca” de investigación está dirigido a premiar los estudios e investigaciones que versen sobre cualquier tema que contribuya a conocer mejor la realidad sociopolítica del País Vasco o al desarrollo teórico o metodológico para la investigación de la misma.

Entidades o personas solicitantes
  • Personas físicas información detallada

    Destinado a titulados y tituladas superiores menores de 35 años al cierre del plazo de presentación de candidaturas.

    Podrán presentarse en solitario o en grupo (en este caso, todos los y las integrantes deberán cumplir los requisitos y se señalará a un o una responsable), pero no en nombre de personas jurídicas.

    Queda excluido el personal de las Administraciones Públicas cuando la investigación haya sido realizada en el ejercicio de sus funciones, o el contenido del mismo guarde relación con los cometidos que desempeña. Sí podrá optar al Premio el personal docente universitario.

Requisitos y méritos
  • Identidad de la persona física
  • Ser menor de 35 años al cierre del plazo de presentación de candidaturas.
  • Titulación universitaria
  • Curriculum Vitae información detallada

    Breve Curriculum Vitae del autor(a) o autores(as)

  • Trabajo de investigación sobre la realidad social vasca
  • Memoria información detallada

    Memoria (de 5 a 10 folios a doble espacio) con los objetivos del estudio, la justificación del tema, la metodología, el período temporal abarcado y las fechas de realización del mismo, las aportaciones novedosas, etc…

Dotación presupuestaria
9.000 euros
Prestación económica

 El Premio “Realidad Social Vasca para el año 2016 gozará de la siguiente dotación económica:

  • Primer Premio: 7.300 euros
  • Accésit: 1.700 euros, en su caso

Este importe estará sujeto a la retención fiscal correspondiente en razón de la actividad realizada.

Organismo que convoca
  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de la Presidencia
Organismo que resuelve
  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de la Presidencia
SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
  • Presentación de candidaturas

    Las personas interesadas podrán presentar las candidaturas, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios presenciales o electrónicos.

    Podrán presentarse en solitario o en grupo (en este caso, todos los y las integrantes deberán cumplir los requisitos y se señalará a un o una representante), pero no en nombre de personas jurídicas.

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites son opcionales. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación

    Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.

    Documentación que debe presentar
  • Aportación de documentación

    Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Subsanación de la documentación

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.

    Usted puede aportar: 

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Desistimiento

    Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

    Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
CONTACTO
Código
1031601