Premio Realidad Social Vasca 2016
Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
El Premio “Realidad Social Vasca” de investigación está dirigido a premiar los estudios e investigaciones que versen sobre cualquier tema que contribuya a conocer mejor la realidad sociopolítica del País Vasco o al desarrollo teórico o metodológico para la investigación de la misma.
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Personas físicas
información detallada
Destinado a titulados y tituladas superiores menores de 35 años al cierre del plazo de presentación de candidaturas.
Podrán presentarse en solitario o en grupo (en este caso, todos los y las integrantes deberán cumplir los requisitos y se señalará a un o una responsable), pero no en nombre de personas jurídicas.
Queda excluido el personal de las Administraciones Públicas cuando la investigación haya sido realizada en el ejercicio de sus funciones, o el contenido del mismo guarde relación con los cometidos que desempeña. Sí podrá optar al Premio el personal docente universitario.
- Identidad de la persona física
- Ser menor de 35 años al cierre del plazo de presentación de candidaturas.
- Titulación universitaria
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Curriculum Vitae
información detallada
Breve Curriculum Vitae del autor(a) o autores(as)
- Trabajo de investigación sobre la realidad social vasca
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Memoria
información detallada
Memoria (de 5 a 10 folios a doble espacio) con los objetivos del estudio, la justificación del tema, la metodología, el período temporal abarcado y las fechas de realización del mismo, las aportaciones novedosas, etc…
El Premio “Realidad Social Vasca para el año 2016 gozará de la siguiente dotación económica:
- Primer Premio: 7.300 euros
- Accésit: 1.700 euros, en su caso
Este importe estará sujeto a la retención fiscal correspondiente en razón de la actividad realizada.
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de la Presidencia
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de la Presidencia
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Presentación de candidaturas
Las personas interesadas podrán presentar las candidaturas, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios presenciales o electrónicos.
Podrán presentarse en solitario o en grupo (en este caso, todos los y las integrantes deberán cumplir los requisitos y se señalará a un o una representante), pero no en nombre de personas jurídicas.
Documentación que debe presentar
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Modificación de los datos de notificación y comunicación
Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
Documentación que debe presentar -
Aportación de documentación
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Documentación que debe presentar -
Subsanación de la documentación
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Documentación que debe presentar -
Desistimiento
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
Documentación que debe presentar