Autorización para circular en fechas restringidas

Descripción


Exceptuar del cumplimiento de las restricciones de circulación que afectan a determinadas fechas y vías de la CAPV, en atención a la realización de determinados servicios indispensables debidamente justificados.

Estas restricciones pueden afectar a la circulación de:

  • Vehículos que transportan materias peligrosas.
  • Vehículos de más de 7500 Kg. de MMA de transporte de mercancías.
  • Vehículos que precisan ACC para circular y vehículos especiales que no precisan ACC.

 


Autorización para circular en fechas restringidas

Por razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez de la circulación, en concordancia con las fechas en que se prevén desplazamientos masivos de vehículos, así como por la peligrosidad intrínseca de la carga de ciertos vehículos, se establecen medidas especiales de regulación de tráfico.

Estas medidas se establecen de acuerdo con lo previsto en los artículos 5n) y 18 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre), y en los artículos 37 y 39 del Reglamento General de Circulación (aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre) tras la tramitación reglamentariamente establecida.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas privadas.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Tráfico

Organismo que resuelve

  • Seguridad > Viceconsejería de Seguridad > Oficinas Territoriales de Tráfico

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Autorización para circular en fechas restringidas: 0075201

Solicitud y aportación de documentación


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la solicitud,
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario,
  2. adjuntar los documentos preparados,
  3. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  4. imprimir, firmar de forma manuscrita y entregarlo en los lugares de presentación establecidos.
  • No es necesario cumplimentar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La administración guardará el formulario durante el plazo de tres meses, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Resolución y recursos


Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites