ORDEN de 20 de abril de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se convocan plazas del programa «Auzolandegiak» de campos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2011.
Departamento / Organismo Autónomo
Dirección de Juventud
Órgano gestor
Dirección de Juventud
Objeto
Establecer las normas de la convocatoria de plazas del programa «Auzolandegiak» de campos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2011.
Destinatarios/as
Personas que cumplan los siguientes requisitos :
a) Estar empadronado/a en un municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con anterioridad a la publicación de las presentes bases en el BOPV.
b) Tener la edad indicada para el campo de trabajo solicitado el día de inicio del campo.
c) Tener el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela, en el caso de jóvenes no emancipados/as.
d) En su caso, poseer los conocimientos específicos requeridos para la participación en el campo de trabajo. Las plazas se exponen a través de la aplicación informática ubicada en la dirección www.gazteaukera.euskadi.net.
e) Haber solicitado y obtenido reserva de plaza conforme a lo establecido en la base 6 de este anexo.
f) Haber satisfecho la cuota de inscripción en el programa «Auzolandegiak» de campos de trabajo.
g) Haber remitido, a la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco la documentación a que se refiere la base 6.3 de este anexo en el plazo de tiempo requerido en la base 6.4 de este mismo anexo.
Normativa reguladoraPersonas de contacto
Kontxi Alonso Pérez
(945 01 95 01)
e-mail: ce-alonso@ej-gv.es
Documentación a aportarSe remitirá a la Dirección de Juventud la siguiente documentación
a) Documento de inscripción cumplimentado y firmado.
b) Fotocopia del DNI o del NIE.
c) Certificado de empadronamiento emitido con posterioridad a la publicación de la presente convocatoria.
d) Justificante de pago de la cuota de inscripción.
e) Consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela en el caso de jóvenes no emancipados/as.
Tasas a aplicar
Cuota de inscripción de 72 euros.
Plazo de presentacion- Para los campos de trabajo que se van a desarrollar en Euskadi: diez días antes de la fecha de inicio del campo de trabajo en su edición de 2011.
- Para los campos de trabajo de otras comunidades autónomas del estado: el 24 de mayo de 2011.
- Para los campos de trabajo del extranjero: el 17 de mayo de 2011.
Lugar presentación solicitudes
Las plazas se exponen y se solicitan a través de la aplicación informática ubicada en la dirección www.gazteaukera.euskadi.net.
La solicitud de plaza podrá asimismo realizarse de forma presencial en las siguientes dependencias del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco:
Dirección de Juventud
c/ Donostia-San Sebastián 1, edificio O, 3.ª planta
01010 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: 945 01 94 57 - 945 01 95 36
Servicio Territorial en Bizkaia
Gran Vía, 85
48011 Bilbao
Teléfono: 94 403 16 53
Servicio Territorial en Gipuzkoa
c/ Andia, 13
20004 Donostia-San Sebastián
Teléfono: 943 02 29 64
Descripción de los trámitesSolicitud de plaza.
Pago de la cuota de inscripción.
Adjudicación definitiva de plazas.
Órgano que resuelve
Dirección de Juventud.
Plazo de resolución
Seis meses desde el día siguiente al de presentación del documento de inscripción.
Efectos del silencioDesestimatorios
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Otros documentos
No hay.
Observaciones
El plazo de presentación de solicitudes para los campos de trabajo se cerrará en las fechas que se señalan a continuación, o antes, si se agotaran las plazas, siempre mediante Resolución del Director de Juventud que se publicará en el BOPV:
- Para los campos de trabajo que se van a desarrollar en Euskadi: diez días antes de la fecha de inicio del campo de trabajo en su edición de 2011.
- Para los campos de trabajo de otras comunidades autónomas del estado: el 24 de mayo de 2011.
- Para los campos de trabajo del extranjero: el 17 de mayo de 2011.
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
03/05/2011