Premios literarios Euskadi 2011.
Departamento / Organismo Autónomo
Cultura
Órgano gestor
Dirección de Promoción de la cultura
Objeto
Regular y convocar los premios literarios Euskadi, en sus ocho modalidades:
a) Literatura en euskera.
b) Literatura en castellano.
c) Literatura infantil y juvenil en euskera.
d) Literatura infantil y juvenil en castellano.
e) Traducción literaria al euskera.
f) Ilustración de obra literaria.
g) Ensayo en euskera.
h) Ensayo en castellano.
Destinatarios/as
Cualquier persona física o jurídica, tanto pública como privada, incluido el autor o autora de la obra.
Normativa reguladoraPersonas de contacto
Marta Merino.
Teléfono 945016937
E-mail: marta-merino@ej-gv.es
Documentación a aportarJunto con cada una de las candidaturas a los premios habrán de remitirse el Anexo I completado y seis ejemplares de la obra candidata si la publicación ha sido en papel, o acceso a la edición digital.
Tasas a aplicar
No hay.
Plazo de presentacionEl plazo de presentación de candidaturas a los premios, comenzará el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, y finalizará el día 31 de mayo de 2011.
Lugar presentación solicitudes
Las candidaturas, junto con la documentación establecida en el apartado anterior, deberán dirigirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria-Gasteiz.
Descripción de los trámitesPresentación de candidaturas
Deliberación de los jurados.
Concesión.
Órgano que resuelve
Consejería de Cultura.
Plazo de resolución
Seis meses desde la publicación de la Orden en el BOPV.
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Otros documentos
No hay
Observaciones
No hay
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
27/04/2011