Programa de ayudas destinadas a organizaciones de personas consumidoras del País Vasco. 2010.

RESUMEN
Título:
Programa de ayudas destinadas a organizaciones de personas consumidoras del País Vasco. 2010.
Objeto:
Otorgar ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco para sufragar los gastos de defensa jurídica en los juicios verbales de hasta 900 euros de cuantía, realización de proyectos de consumo y demás gastos de funcionamiento y mantenimiento.
Dotación presupuestaria:

603.000 euros

Normativa reguladora:
  • ORDEN de 9 de marzo de 2005 (BOPV Nº 54/2005) (BOPV N 54/2005)
    ORDEN de 9 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV de 18 de marzo de 2005, modificada mediante Orden de 3 de abril de 2007, (BOPV de 27 de abril de 2007) por la que se desarrolla el programa de concesión de ayudas económicas destinadas a organizaciones de personas consumidoras del País Vasco.
  • ORDEN de 3 de abril de 2007 (BOPV Nº 81/2007) (BOPV N 81/2007)
    ORDEN de 3 de abril de 2007 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, de modificación de la Orden por la que se desarrolla el programa de concesión de ayudas económicas destinadas a organizaciones de personas consumidoras del País Vasco.
  • RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010 (BOPV Nº 19/2010) (BOPV N 19/2010)
    RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010 de la Directora de Consumo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco para el ejercicio 2010.
  • CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 11 de enero de 2010 (BOPV N 27/2010)

    CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 11 de enero de 2010, de la Directora de Consu­mo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco para el ejercicio 2010.

  • RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2010 (BOPV N 223/2010)

    RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2010, de la Directora de Consumo, por la que se conceden las ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco para el año 2010.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Sanidad y Consumo
Órgano convocante:
Dirección de Consumo
Entidad resolutora:
Dirección de Consumo
Órgano resolutor:
Dirección de Consumo
Contacto presencial:

Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010-Vitoria-Gasteiz

Rosa Gelbentzu
Tfno.: 945 01 99 46
e-mail: r-gelbentzu@ej-gv.es

Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ayudas destinadas a organizaciones de personas consumidoras del País Vasco
Otorgar ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco para sufragar los gastos de defensa jurídica en los juicios verbales de hasta 900 euros de cuantía, realización de proyectos de consumo y demás gastos de funcionamiento y mantenimiento.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
  • Las organizaciones de consumidores que, teniendo como finalidad exclusiva la defensa de personas consumidoras y usuarias del País Vasco, en el momento de entrada en vigor de esta Orden se hallen inscritas en el Censo de Organizaciones de Consumidores y su ámbito de actuación incluya la totalidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Las organizaciones de personas consumidoras deberán presentar compromiso de integración en la red de Centros de Información al Consumidor (CIAC).
  • Las mencionadas organizaciones deberán contar con delegaciones en cada territorio histórico, y permanecer abiertas al público al menos cuatro horas diarias o veinte semanales, disponer de defensa jurídica y no deben encontrarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni deben encontrarse en prohibición legal que les inhabilite para ello, ni incursas en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza.
  • Las organizaciones de personas consumidoras, agrupadas en federaciones, presentarán solicitud de ayuda en su nombre y en representación de las diferentes asociaciones que compongan la federación.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 9 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada mediante Orden de 3 de abril de 2007, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia.

PRESTACIÓN
Dotación:
  • Para defensa en juicio de los derechos e intereses de las personas consumidoras, en los juicios verbales de hasta 900 euros de cuantía, que se lleven a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi en cada ejercicio al que se refiere el artículo 4.a de la Orden de 9 de marzo de 2005 de la ConBestelakosejera de Industria, Comercio y Turismo, modificada mediante Orden de 3 de abril de 2007, se destina un crédito presupuestario de 36.000 euros.
  • Para sufragar los gastos derivados de los proyectos de consumo a que se refiere el artículo 4.b de la Orden de 9 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada mediante Orden de 3 de abril de 2007, se destina un crédito presupuestario de 252.000 euros.
  • Para financiar el resto de los gastos derivados de funcionamiento, mantenimiento, defensa jurídica de la asociación, así como defensa de los intereses generales de los consumidores y usuarios y demás gastos de infraestructura a que se refiere el artículo 4.c de la Orden de 9 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, modificada mediante Orden de 3 de abril de 2007, se destina un crédito presupuestario de 315.000 euros.

 

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Presentación de solicitudes
Presencial
Formularios:
Impreso de solicitud (Solicitud)
  
Documentación:

    • Certificación de la secretaría de la organización en la que conste el número de socios y socias, con especificación de las diversas clases de los mismos, las cuotas recaudadas en el último ejercicio, todo ello a la fecha de la solicitud y las altas y bajas habidas en el último año.
    • Certificación de la secretaría de la organización que recoja el compromiso de integración de la asociación en la red de Centros de Información al Consumidor (CIAC).
    • Declaración jurada de la entidad solicitante de que no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se encuentra en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, ni incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza.
    • Presupuesto de ingresos y gastos correspondiente al año de la convocatoria.
    • Descripción detallada del organigrama jerárquico y funcional de la organización de las personas consumidoras.
    • Relación de delegaciones de la organización existentes, en su caso, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, con indicación del domicilio de las mismas, personal que las atiende y horario de atención de las mismas.
    • Número de demandas judiciales, individuales o colectivas no verbales, mediaciones y arbitrajes realizados durante el año anterior.
    • Presentación de justificación relativa a otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin.
    • Aquellas organizaciones que soliciten la ayuda para la realización de proyectos de consumo deberán acompañar, además, una memoria en la que se especifique:
      • Objetivos que persigue la actividad para la que se solicita la ayuda.
      • Programa de actividades previsto.
      • Destinatarios de la actividad y número de beneficiarios de ésta.
      • Equipo humano responsable del proyecto e índices de evaluación de éste.
      • Entidades colaboradoras, en su caso.
      • Lugar, fecha de inicio y duración prevista.
      • Presupuesto detallado de gastos, con indicación de las fuentes de financiación.
    • Aquellas organizaciones que soliciten ayuda para defensa jurídica de la personas consumidoras, en juicios verbales de hasta 900 euros de cuantía, que se lleven a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, además de la documentación prevista en los párrafos del 1 al 8 de este apartado, deberán presentar anualmente:
      • Demandas presentadas en el periodo.
      • Sentencias dictadas en el periodo.
      • Resumen de los casos en los que se ha denegado su defensa en juicio, indicando el motivo que lo originó.
    • Cuando se den los supuestos establecidos en la Orden de 7 de Octubre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias por los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, o en la normativa que le sustituya, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, siempre que cuente con autorización expresa del peticionario/a, solicitará directamente a los órganos competentes en materia tributaria la expedición de certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias por las personas solicitantes de las ayudas y subvenciones. En el supuesto de que no constase en el expediente la citada autorización expresa de los interesados, éstos deberán aportar el correspondiente certificado.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
30/01/2010 - 03/03/2010
Fecha límite de presentación:
03/03/2010
Plazo de resolución:

Seis meses a contar desde la entrada en vigor de la convocatoria correspondiente.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Sanidad y Consumo.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Sanidad y Consumo.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.