Bolsa de trabajo de Auxiliares de Policía Local
Bizkaia
Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria, Graduado Escolar o de Formación Profesional de 1er grado o equivalente, o de cualquier otro de nivel superior, o haber abonado los derechos para su expedición a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Tener acreditado el conocimiento de euskera al nivel B2 del Marco común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo de Europa o tener acreditados perfiles lingüísticos o títulos equivalentes, de conformidad con el Decreto 197/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (BOPV número 219, de 15 de noviembre de 2010).
a) Formular la solicitud previa en el plazo y forma establecidos al efecto.
b) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrá aceptarse el cónyuge de los nacionales a que se refiere el apartado anterior, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad.
c) Tener cumplidos 18 años de edad y no superar la edad de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria, Graduado Escolar o de Formación Profesional de 1er grado o equivalente, o de cualquier otro de nivel superior, o haber abonado los derechos para su expedición a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá disponer de la credencial que acredite la homologación, de acuerdo con la legislación vigente.
e) Ser titular del permiso de conducción de la clase B para turismos.
f) Tener acreditado el conocimiento de euskera al nivel B2 del Marco común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo de Europa o tener acreditados perfiles lingüísticos o títulos equivalentes, de conformidad con el Decreto 197/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (BOPV número 219, de 15 de noviembre de 2010). Sólo se admitirá la documentación documental. En el procedimiento selectivo no se realizarán pruebas de acreditación de conocimientos de euskera. No será necesaria la verificación de los certificados que consten en el Registro Unificado de Certificados de Títulos de Euskera (RUTCE) si se autoriza expresamente al Ayuntamiento de Ondarroa para su verificación mediante interoperabilidad. En el caso de que no figuren en el RUTCE o no se otorgue dicha autorización al Ayuntamiento de Ondarroa, deberá acreditarse por el aspirante, aportando la titulación correspondiente junto con la solicitud de participación.
g) Poseer la aptitud psicofísica necesaria para el normal desempeño de las funciones del Auxiliar de Policía local. La acreditación del cumplimiento de este requisito se realizará, con carácter previo a su inicio, por los servicios médicos de la corporación local en la que la persona seleccionada vaya a prestar sus servicios.
h) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido en su Estatuto a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en las mismas condiciones, el acceso al empleo público.
i) No estar incurso/a en alguna de las causas legales de incapacidad o incompatibilidad previstas en la normativa vigente.
- En el registro del Ayuntamiento de Ondarroa o en los demás registros electrónicos de las entidades a que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley 39/2015.
a. En el registro del Ayuntamiento de Ondarroa
b. En las oficinas de Correos. Las solicitudes presentadas en las oficinas de Correos se entregarán en las mismas, en sobre abierto, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, para ser fechadas y selladas por la persona funcionaria de Correos. Sólo así se entenderá que entraron en la fecha de presentación en Correos.
c. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.