PROGRAMA NETs DE APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE LANZAMIENTO DE EMPRESAS DE BASE CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA, CONVOCATORIA 2014.

RESUMEN
Título:
PROGRAMA NETs DE APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE LANZAMIENTO DE EMPRESAS DE BASE CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA, CONVOCATORIA 2014.
Objeto:

Promocionar proyectos de I+D+i orientados al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas de base tecnológica en el ejercicio 2014.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Las ayudas están cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (la contribución del FEDER supondrá el 50% del importe subvencionado). Por ello, las ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013, y las obligaciones derivadas de la cofinanciación del FEDER son, al menos, las siguientes:

  • El beneficiario está obligado al cumplimiento de la legislación nacional y comunitaria en materia de control, responsabilidad, régimen sancionador e incumplimiento.
  • La ayuda se cofinanciará en el marco del Programa Operativo FEDER del País Vasco 2014-2020, debiéndose publicitar éste aspecto según el artículo 115, apartado 3, y el Anexo XII, apartado 2.2, del Reglamento (UE) 1303/2013. En ese sentido, en todas las medidas de información y comunicación que lleven a cabo de las actuaciones subvencionadas se debe hacer mención a la cofinanciación de la Unión Europea a través del FEDER en los diferentes materiales/soportes que se generen para esa difusión, incluyendo asimismo el emblema de la Unión y la referencia a la Unión Europea; y durante la realización de la operación se hará una breve descripción de la misma en su sitio de Internet destacando el apoyo financiero de la Unión, y se colocará al menos un cartel  con información sobre el proyecto –de un tamaño mínimo A3·- en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión en un lugar bien visible para el público.
  • Cumplimiento de las normas de Subvencionabilidad nacionales (NN.GG.SS de los programas operativos del FEDER 2014-2020) y comunitarias (Reglamento 1303/2013 y Reglamento 1301/2013).
  • El régimen de ayudas está sujeto al Reglamento 651/2014 de exención de categorías.
  • El método para determinar los costes de la operación y las condiciones de pago de la subvención es el indicado en la normativa reguladora del régimen de ayudas (artículo 67.6 del Reglamento 1303/2013, artículos 14.1, 14.4, 15.2 y 16.1 del borrador de NN.GG.SS de los programas operativos del FEDER 2014-2020 y artículos 20 y 21 del Reglamento 480/2014).
  • Los costes indirectos incluidos en las operaciones, así como su método de cálculo, son conformes a los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones del Programa Operativo del País Vasco FEDER 2014-202 (art. 5 de NN.GG.SS de los programas operativos del FEDER 2014-2020).
  • Aportar la información sobre la actuación subvencionada que se le solicite, y en los formatos que se le soliciten (artículo 10.1 del Reglamento 1011/2014).
  • Llevar una contabilidad separada o con códigos específicos fácilmente identificables de las actuaciones cofinanciadas (artículo 125.4.b del Reglamento (UE) 1303/2013).
  • Archivar la información financiera, administrativa y de seguimiento del desarrollo de la operación seleccionada hasta que pasen 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, debiendo ponerla a disposición de las autoridades competentes cuando la soliciten (artículo 125.4.d y 140.1 del Reglamento 1303/2013).
  • Informar sobre el nivel del logro de los indicadores de productividad asociados a esta operación al mismo tiempo que se justifica gastos (artículo 125.2 del Reglamento 1303/2013).
  • La aceptación de la ayuda FEDER supone la aceptación de ser incluido en la lista pública de operaciones que se recoge en el artículo 115, apartado 2 y Anexo XII del Reglamento 1303/2013.
  • Colaborar en la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, evitar doble financiación, falsificaciones de documentos, etc., así como proporcionar información para la detección de posibles riesgos. Estas medidas podrán derivar en la revisión de los procedimientos para evitar los riesgos de fraude y podrán dar lugar, en caso de evaluarse como alto el riesgo de fraude, a rechazar la solicitud de ayuda o retirada de la cobrada (artículo 125.4.c del Reglamento 1303/2013).
Dotación presupuestaria:

3.785.714,00 euros

Normativa de la convocatoria:
  • RESOLUCIÓN de 24 de diciembre de 2013, (BOPV N 248/2013)
    de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2014, dentro del marco establecido por la Orden que regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de lanzamiento de empresas de base científica y tecnológica, Programa NETS.
Normativa reguladora:
  • Orden de 27 de noviembre de 2008, (BOPV N 245/2008)

    por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de lanzamiento de empresas de base científica y tecnológica, programa Nets.

  • ORDEN de 23 de diciembre de 2009, (BOPV N 9/2010)

    del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, de modificación de la Orden por la que se regula el Programa de apoyo a la realización de Proyectos de lanzamiento de empresas de base Científica y Tecnológica. Programa Nets.

  • ORDEN de 4 de diciembre de 2013, (BOPV N 242/2013)
    de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de segunda modificación de la Orden por la que se regula el Programa de apoyo a la realización de Proyectos de lanzamiento de empresas de base Científica y Tecnológica. Programa NETs.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Desarrollo Económico e Infraestructuras
Órgano convocante:
Dirección de Tecnología y Estrategia
Entidad resolutora:
Gobierno Vasco
Contacto presencial:

GOBIERNO VASCO

DIRECCION DE TECNOLOGIA

C/Donostia-San Sebastian, 1

01010. Gasteiz

Tfno: 945 018208  E-mail: l-segurola@ej-gv.es

Persona de contacto: Larraitz Segurola

SOCIEDAD PARA LA RECONVERSION INDUSTRIAL, S.A (SPRI).

Edificio Plaza Bizkaia

Alameda de Urkijo 36, 4º

48011 Bilbao

Tfno: 94 403 70 43

E-mail: mgarcia@spri.es

Persona de contacto: Miguel García

Contacto telefónico:

www.euskadi.net/industria

GOBIERNO VASCO
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Gasteiz

Tfno: 945 018208
E-mail: l-segurola@ej-gv.es

Persona de contacto: Larraitz Segurola

SOCIEDAD PARA LA RECONVERSIÓN INDUSTRIAL, S.A. (SPRI)
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo, 36 - 4º
48011 Bilbao

Tfno: 94 403 70 43
E-mail: mgarcia@spri.es

Persona de contacto: Miguel García

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

GOBIERNO VASCO

DIRECCION DE TECNOLOGIA

C/Donostia-San Sebastian, 1

01010. Gasteiz

Tfno: 945 018208  E-mail: l-segurola@ej-gv.es

Persona de contacto: Larraitz Segurola

SOCIEDAD PARA LA RECONVERSION INDUSTRIAL, S.A (SPRI).

Edificio Plaza Bizkaia

Alameda de Urkijo 36, 4º

48011 Bilbao

Tfno: 94 403 70 43

E-mail: mgarcia@spri.es

Persona de contacto: Miguel García

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C/Donostia-San Sebastian, 1

01010. Gasteiz

Tfno: 945 018208  E-mail: l-segurola@ej-gv.es

Persona de contacto: Larraitz Segurola

SOCIEDAD PARA LA RECONVERSION INDUSTRIAL, S.A (SPRI).

Edificio Plaza Bizkaia

Alameda de Urkijo 36, 4º

48011 Bilbao

Tfno: 94 403 70 43

E-mail: mgarcia@spri.es

Persona de contacto: Miguel García

PROGRAMA NETs DE APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE LANZAMIENTO DE EMPRESAS DE BASE CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA, CONVOCATORIA 2014.

Promocionar proyectos de I+D+i orientados al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas de base tecnológica en el ejercicio 2014.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
  • Las empresas (Grandes empresas y Pymes).
  • Fundaciones y Asociaciones de empresas, con independencia de cuál sea su forma legal.
  • Los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Si se trata de un proyecto en cooperación:

Las entidades interesadas habrán de presentar una única solicitud integrada por proyecto.

Además, uno de los participantes, bien sea por interés tecnológico, bien por tener un mayor protagonismo en el desarrollo del mismo o bien por otros motivos habrá de asumir, a efectos de responsabilizarse del desarrollo y de la gestión del proyecto y de asumir todas las funciones de interlocución y relación necesarias para la buena marcha del proyecto, con la Administración, la condición de líder del proyecto.

La declaración jurada se exigirá tanto para el líder como para las demás empresas y tanto uno como otras deberán presentar copia de la escritura de apoderamiento.

PRESTACIÓN
Dotación:

3.785.714,00 euros

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
Formularios (Solicitud)
Formularios
Documentación:
  • Descripción de los trámites

    La Resolución de concesión será emitida por el Viceconsejero de Innovación y Tecnología.

    El pago de la subvención se realizará en dos partes: un 70% de forma inmediata a la comunicación de la resolución y el restante 30% se abonará una vez concluido el programa anual y previa presentación durante el primer trimestre del año siguiente de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas, como el grado de consecución de los objetivos por ellas perseguidos.

  • Además de la información disponible sobre el Programa NETs en la dirección de Internet www.euskadi.net/industria, los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento establecido. Para ello, se ha habilitado la Web https://www.spri.es/idi/idi/

    Los documentos a aportar con la solicitud son al menos los siguientes:

    a) Una solicitud, que deberá contener información general de la empresa.
    b) Memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la empresa.
    c) Memoria descriptiva del Proyecto de Investigación.
    d) Copia del poder de representación de la persona solicitante.
    e) Declaración jurada, que quedará sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:

    Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con Hacienda

    Que tratándose de una Pyme, sus características se correspondan con la calificación de PYME según las normas comunitarias.

    Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional.

    Que, en caso de ser empresa grande o mediana, no se encuentra en período de reestructuración. Y en el supuesto de que lo esté, si la Comisión Europea ha sido informada de la correspondiente ayuda de reestructuración.

    Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas de otras instituciones públicas o privadas.

    Que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.

    Declaración Responsable relativo a las ayudas fiscales consideradas ilegales o incompatibles.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Formularios
Formularios


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
02/01/2014 - 28/02/2014
Plazo de resolución:
6 meses desde su publicación.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.