Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

DOT. EL MODELO TERRITORIAL DE LAS DOT.


Sistemas de Areas de Esparcimiento y Núcleos de Acceso al Territorio.

1. Claves interpretativas.

En la Comunidad Autónoma del País Vasco existe una alta densidad de población, unos 300 habitantes por kilómetro cuadrado, y ello supone una fuerte presión sobre el medio natural. Además, los niveles de congestión en determinadas áreas del territorio son alarmantes. Estas circunstancias exigen una actitud especial con respecto a la protección del medio físico y unas específicas estrategias de descongestión de las áreas más saturadas. La circunstancia de disponer de un territorio relativamente pequeño y con mucha población hace necesaria la adopción de medidas para que los ciudadanos puedan disfrutar del medio natural en condiciones compatibles con el mantenimiento de sus valores ambientales.

Existe además un problema importante con el que se enfrentan estas DOT y es la necesidad de potenciar núcleos pequeños regresivos económica y demográficamente pero que sin embargo tienen gran valor cultural, ambiental y urbano. Teniendo en cuenta los altos niveles de densidad de la población vasca y la fuerte congestión que se produce en algunos puntos del territorio, la existencia de núcleos pequeños de estas características debe considerarse como un importante activo, más en términos cualitativos que cuantitativos, que ayuda a dotar de variedad, riqueza y atractivo al conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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2. Cuestiones de enfoque

En este capítulo se pretende dar una respuesta a la situación descrita, mediante la potenciación de áreas que por su vocación son idóneas para permitir el disfrute colectivo del territorio.

Paralelamente, se han identificado una serie de pequeños núcleos de población que hemos calificado como "Núcleos de Acceso al Territorio" y para los que en otros ámbitos de estas DOT se establecen una serie de medidas tales como rehabilitación de centros históricos, desarrollo de la segunda residencia, dotaciones específicas, mecanismos de terciarización, etc., que pretenden realzar sus atractivos, diversificar la base económica local y garantizar su viabilidad. Las Areas de Esparcimiento y los Núcleos de Acceso al Territorio propuestos se recogen en el Anexo 2 del Capítulo 21.

En definitiva, este capítulo que interrelaciona aspectos urbanos con temáticas territoriales está concebido en relación con otros ámbitos temáticos de forma integrada y coordinada. Se ha procurado establecer una auténtica red de pequeños núcleos atractivos próximos a las áreas del territorio con mayor vocación recreativa y calidad ambiental. Se pretende lograr la máxima permeabilidad del territorio a la población facilitando, mediante una adecuada coordinación de estrategias, el disfrute colectivo del marco urbano y territorial de la Comunidad Autónoma Vasca. Además, tratándose de un territorio tan reducido, resulta posible establecer una red de recorridos blandos que permitan conectar los diferentes elementos integrados propuestos (áreas de esparcimiento, puntos de acceso al territorio y principales núcleos de población).

Áreas de Esparcimiento y Núcleos de Acceso al Territorio

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3. Enfoque prospectivo. Retos y desafíos de futuro.

Los núcleos rurales representan un eslabón importante dentro del entramado urbano vasco. Para impedir el progresivo abandono poblacional de estos núcleos, los principales retos de futuro se centran en:

  • Descentralizar en la medida de lo posible los servicios y equipamientos comarcales, aprovechando las posibilidades que ofrece la telemática.
  • Facilitar el acceso (transporte público, infraestructuras) de los habitantes de estos municipios a los centros urbanos.
  • Integrar a los municipios de carácter rural, en una oferta turística global con capacidad de atraer población más allá de los límites de la C. A. de Euskadi.
  • Priorizar la permanencia en los municipios de los grupos más jóvenes de población en base a una oferta residencial, formativa, laboral, etc.

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4. Objetivos y criterios.

4.1. Propiciar la "permeabilidad del territorio" a la población buscando mecanismos para permitir el disfrute de la naturaleza por los ciudadanos de forma compatible con la vocación de los diferentes espacios.

4.2. Potenciar una red de núcleos rurales de singular valor urbano y prioritariamente con dinámica socioeconómica regresiva como "puntos de acceso" de la población al sistema de áreas de esparcimiento.

4.3. Elección del sistema de áreas de esparcimiento de forma compatible con la puesta en valor de amplias extensiones del medio físico, que teniendo gran potencial recreativo, sin embargo en la actualidad no son susceptibles de un adecuado disfrute colectivo.

4.4. Fomento del contacto e interrelación entre población y territorio buscando una conciencia ambiental que genere una conducta participativa congruente con el mantenimiento de la calidad ambiental.

4.5. Delimitación y tratamiento de las Areas Recreativas con el objetivo de compatibilizar la conservación de sus valores ecológicos, paisajísticos, productivos y científico-culturales con la vocación de esparcimiento y disfrute colectivo de estos territorios por parte de la población.

4.6. Evitar la tendencia detectada hacia el abandono de los pueblos más pequeños tratando de fijar a los habitantes de los serie de núcleos rurales que actuen como puntos de acceso al territorio a través de una serie de medidas que favorezcan su promoción socioeconómica y la rehabilitación urbana de su patrimonio. En particular, buscando actividades complementarias a las agrícolas tradicionales y enfatizando la artesanía, la gastronomía, y en general, el surgimiento de un terciario turístico respetuoso con el medio natural y urbano de estas zonas.

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5. Ordenación de las áreas de esparcimiento.

5.1. Para las Areas de Esparcimiento que en función de lo establecido en el capítulo del Medio Físico se desarrolle un PORN, este instrumento debería tener en cuenta su vocación recreativa y la compatibilización con estrategias de protección.

5.2. La propuesta definitiva de Areas de Esparcimiento, así como su delimitación y ordenación será realizada por los correspondientes Planes Territoriales Parciales.

5.3. Cada uno de los Planes Territoriales Parciales podrá optar por proceder de forma directa a la ordenación detallada de cada una de las Areas Recreativas o diferir estas determinaciones mediante la redacción posterior de Planes Especiales para cada una de ellas. En este caso, los Planes Territoriales Parciales establecerán los criterios específicos y condiciones de uso con arreglo a las cuales habrán de redactarse cada uno de los citados Planes Especiales.

5.4. Los criterios generales con arreglo a los cuales se llevará a cabo la ordenación de las Areas Recreativas propuestas en esta Directriz serán los siguientes:

  1. La ordenación de las Areas de Esparcimiento atenderá a la demanda previsible teniendo en cuenta la población servida, y ello tanto en términos cuantitativos: efectivos de población servida, como cualitativos: aficiones, deseos y espectativas de dicha población.
  2. Como criterio complementario al anterior, para la ordenación de las Areas de Esparcimiento, se tendrán muy en consideración los valores y potencial natural del territorio.
  3. Se considera criterio importante procurar el uso múltiple del territorio. Entre estos usos múltiples ocuparán un lugar destacado los de carácter didáctico-educativo y los deportivos con infraestructuras sencillas. En este sentido, la ordenación de cada Area de Esparcimiento intentará compatibilizar, en el tiempo y en el espacio, las actividades al aire libre que demanda la población servida. Se procurará organizar el espacio de manera que se consiga la mayor diversidad posible de ambientes en relación con la variedad de la demanda, y ello según un gradiente que oscile desde un máximo componente natural en las zonas tranquilas y menos accesibles, hasta las áreas en las que puntualmente pudiera haber una mayor intensidad de uso en las zonas más accesibles.
  4. Se planificará la intensidad de uso siempre por debajo de la capacidad de acogida en la doble vertiente: ecológica y perceptual-psicológica. La primera relativa al medio natural, la segunda se refiere a la percepción de los usuarios en relación con dicha densidad de uso.
  5. El acondicionamiento e implantación de las Areas de Esparcimiento deberá considerar las necesidades de mantenimiento tales como limpieza, restauración de vegetación, conservación del viario y de circuitos deportivos, etc.


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6. Ordenación de los "Núcleos de Acceso al Territorio".

6.1. La consideración de un núcleo urbano como "Núcleo de Acceso al Territorio" en este capitulo de las DOT tendrá implicaciones para el planeamiento del municipio y para la redacción de los Planes Territoriales Parciales correspondientes.

6.2. Los Planes Territoriales Parciales fijarán con carácter definitivo en sus respectivos ámbitos los "Núcleos de Acceso al Territorio" de acuerdo con las siguientes orientaciones:

  1. Proximidad a espacios naturales con vocación de Area Recreativa.
  2. Que se trate de núcleos de reducido tamaño e imagen urbana atractiva.
  3. Que sean núcleos con un comportamiento socio-demográfico caracterizado por la recesión y el declive.

6.3. Los Planes Territoriales Parciales establecerán determinaciones de aplicación directa o medidas que puedan ser desarrolladas por el planeamiento municipal orientadas a garantizar la viabilidad de los núcleos propuestos como de Acceso al Territorio. De forma orientativa se sugiere hacer referencia a los siguientes aspectos:

  1. Medidas para la mejora de la imagen urbana.
  2. Medidas para la renovación y puesta en valor del patrimonio edificado.
  3. Medidas para la ordenación del fenómeno de la segunda residencia en el municipio.
  4. Actuaciones sobre las infraestructuras y equipamientos.
  5. Vinculación del municipio a itinerarios para vehículos de motor, ciclistas y peatones que se propongan en el Area Funcional.
  6. Estrategias de terciarización.
  7. Otras referencias específicas para la redacción del planeamiento municipal.

6.4. El planeamiento general de los municipios en los que esta Directriz o el Plan Territorial Parcial correspondiente señalen como Núcleo de Acceso al Territorio se ajustará a los objetivos y criterios aquí establecidos y a las determinaciones específicas señaladas al respecto en el correspondiente Plan Territorial Parcial.


1. Claves interpretativas.

2. Cuestiones de enfoque.

3. Enfoque prospectivo. Retos y desafíos de futuro.

4. Objetivos y criterios.

5. Ordenación de las áreas de esparcimiento.

6. Ordenación de los "Núcleos de Acceso al Territorio".

Paisaje

paisaje


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