Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

DOT. EL MODELO TERRITORIAL DE LAS DOT.

Ordenación de la Segunda Residencia y de los Recursos Turísticos.

1. Claves interpretativas.

1.1. El Turismo y la Segunda Residencia en la Comunidad Autónoma Vasca.

En la Comunidad Autónoma del País Vasco ha existido tradicionalmente una fuerte especialización productiva industrial. Uno de los objetivos generales asumidos en estas DOT es el fomento del potencial de terciarización de la economía vasca. Desde este punto de vista, el turismo y la segunda residencia tendrán un protagonismo creciente en el futuro de la economía y del territorio vasco.

En la CAPV hay una altísima densidad de población y un aprecio importante por el disfrute de la naturaleza y del medio rural. Si no se pone freno a la tendencia espontánea de construcción de vivienda unifamiliar en el suelo no urbanizable, en pocos años cambiaría la fisonomía y el paisaje de la CAPV y se producirían impactos muy negativos sobre el conjunto del Medio Físico. Desde las DOT se propone frenar la construcción indiscriminada de vivienda en el suelo no urbanizable y canalizar esta demanda de manera ordenada hacia el desarrollo de la segunda residencia en determinados ámbitos rurales.

Uno de los grandes activos del País Vasco es la magnífica distribución por todo el territorio de núcleos rurales muy atractivos. En estas DOT se apuesta por potenciar el fenómeno de la segunda residencia y el desarrollo turístico, asociado a los núcleos existentes y especialmente a los de carácter rural procurando mantener su idiosincrasia y elevando su accesibilidad y nivel de equipamiento.

Del análisis del fenómeno de la segunda residencia y de la actividad turística a ella asociada, se puede deducir que en Euskadi existen dos tipos de oferta turística y de segunda residencia diferenciable y que se ubican en distintas áreas del territorio:

  1. Un turismo y segunda residencia, normalmente de temporada veraniega, con una mezcla variable de demanda interior y exterior a la Comunidad Autónoma y con un significativo nivel de calidad que se asocia fundamentalmente a la costa guipuzcoana.
  2. Un turismo y segunda residencia con una fuerte componente de demanda interior a la Comunidad Autónoma que se centra sobre todo en la costa vizcaína y en diversos municipios de Alava.

En el conjunto de la Región Atlántica europea se están produciendo cambios estructurales importantes en relación con la actividad turística. Concretamente, desde principios de los 80 se detecta un fraccionamiento de los periodos vacacionales. Cada vez más los periodos de vacaciones se reducen y se buscan equipamientos y servicios de mayor calidad. El turismo de negocios asociado a congresos y conferencias está en plena expansión en los últimos años. Asimismo, están alcanzando cotas mayores de aceptación las denominadas vacaciones activas en entornos de alta calidad y con productos turísticos de mayor valor añadido. Las actividades deportivas, preferentemente náuticas y de golf y parques de ocio; las actividades terapéuticas, agroturismo y de cuidado de la salud, los circuitos turísticos temáticos, el patrimonio natural y arquitectónico, etc.; son factores que alcanzan un protagonismo creciente en el conjunto de la Región Atlántica europea y que sin duda deberán introducirse con fuerza también en el País Vasco.

1.2. El carácter estructural de los fenómenos del Turismo y de la Segunda Residencia.

Podemos considerar que existe una clara interacción estructural entre los fenómenos de la segunda vivienda y de la actividad turística.

Se trata de fenómenos que son coincidentes en buena medida en el País Vasco, que se solapan y que en ocasiones se potencian. El fenómeno de la segunda vivienda aparece en Euskadi como un paso previo al desarrollo turístico. En ocasiones, las viviendas adquiridas son alquiladas por los propietarios y de esta manera se tiende a ampliar o ensanchar la estacionalidad de la demanda y se estimula la aparición de un mayor nivel de servicios en los correspondientes municipios. Tampoco el fenómeno de la segunda residencia está desligado del crecimiento urbano, ya que en muchas ocasiones la segunda residencia acaba transformándose en vivienda permanente cuando aumenta la accesibilidad, cuando mejora el nivel de equipamiento, o simplemente, cuando crece el empleo en la zona.

Regulación de la Segunda Residencia.

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A veces surge la segunda vivienda asociada a un proceso de renovación urbana. En estos casos, no se demanda tanto nueva construcción como viviendas para renovar situadas en cascos urbanos de ambiente atractivo, como está sucediendo en ciertas zonas de Alava.

Estos análisis y consideraciones permiten concluir que la segunda residencia supone un "puente" entre los asentamientos urbanos permanentes y las actividades del "turismo de paso" o "turismo de hotel", y además, que el fenómeno de la segunda residencia constituye en ocasiones un paso previo a futuros desarrollos urbanos de carácter permanente. Consecuentemente, la ordenación de la segunda residencia debe plantearse en el contexto de una visión territorial amplia y en correspondencia con los procesos de transformación estudiados. Sin embargo, deberán recoger iniciativas que en este sentido surjan desde abajo, desde los municipios que cuenten con este desarrollo dentro de su propio proyecto de futuro.

Por estas razones, se considera que las estrategias de desarrollo de la segunda residencia, las de desarrollo urbano y las de ordenación de los recursos turísticos deben estar coordinadas tanto en el espacio como en el tiempo y valorables desde un enfoque flexible y evolutivo.

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2. Cuestiones de enfoque.

Las DOT sugieren acciones de potenciación de la segunda residencia en una serie de municipios como estrategia para la conformación del Modelo Territorial al que se aspira.

En el entorno de las principales capitales vascas, sobre todo en el Bilbao Metropolitano, se produce una conversión de la segunda en primera vivienda. Este proceso se intensifica cuando se mejoran las infraestructuras de transporte, cuando sube el precio del suelo y se incrementa la congestión en las áreas centrales saturadas y en la medida en que aumenta el aprecio de la población por las zonas de menor densidad en contacto con la naturaleza. En este contexto, las medidas de potenciación selectiva de la segunda residencia en ciertos municipios, que deben ser elaboradas por los PTP, puede ser el inicio de un proceso en el que a medio y largo plazo se reequilibre el sistema de asentamientos de residencia permanente. Estas medidas de potenciación pueden revestir un interés doble para el modelo territorial. En unos casos su objetivo principal será contribuir a un mayor reequilibrio del modelo, mientras que en otro su interés prioritario se deriva del aprovechamiento de oportunidades expectantes.

La ordenación de los recursos turísticos se desarrollará por los Planes Territoriales Parciales de cada Area Funcional. Estos Planes, además de recoger las determinaciones de las DOT aportarán propuestas para optimizar una oferta turística socialmente rentable y coordinada con el fenómeno de la segunda residencia en el contexto del modelo territorial planteado.

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3. Enfoque prospectivo. Retos y desafíos de futuro.
  • Las mejoras en los medios de comunicación posibilitan que la oferta de segunda residencia que se efectúe en la C.A. de Euskadi, esté a disposición de un mayor número de población (se considera un radio razonable de atracción, los territorios y poblaciones que se sitúen a una distancia de 3-4 h. de viaje).
  • El abaratamiento de los viajes y la modificación en los hábitos y costumbres, genera un movimiento de signo contrario a la ocupación de segunda residencia.
  • La oferta actual y futura de segunda residencia existente en el C.A de Euskadi, podría resultar, previamente ordenada, un valioso elemento para ofrecer una mayor capacidad de acogida turística.
  • El desplazamiento domicilio-trabajo, que en términos generales está aumentando, la creciente movilidad profesional y del puesto de trabajo, son factores que inciden o pueden incidir en que viviendas adquiridas como segundas residencias pasen a convertirse, por mor de su ubicación y del atractivo del entorno, en residencias habituales.
  • Es conveniente potenciar, de cara al futuro, puntos de atracción turística que favorezcan la desestacionalización del turismo.

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4. Objetivos y criterios.

4.1. Fomento del turismo y de la segunda residencia siguiendo los esquemas de estas DOT, en función del desarrollo posterior de los PTP que recojan los proyectos y aspiraciones comarcales y municipales.

4.2. Como criterios generales para la ordenación de la segunda residencia y de los recursos turísticos, se tendrán en consideración las pautas actuales de desarrollo de estos fenómenos, las estrategias de equilibrio territorial propuestas por estas Directrices y la necesidad de potenciar núcleos en declive y ciertas áreas deprimidas que puedan recibir un impulso positivo a través del desarrollo de la segunda residencia y la actividad turística.

4.3. Las nuevas implantaciones de segunda residencia que surjan como desarrollo de las DOT tratarán de localizarse y ordenarse con criterios que respeten tanto el medio físico como el medio urbano sobre el que gravitan, buscando la compatibilización con el entorno como criterio básico para la elección de emplazamientos y la adopción de ordenaciones concretas.

4.4. En líneas generales, con independencia de que algunas zonas y municipios tengan mayor vocación y mayores potencialidades que en otras para el desarrollo del turismo y la segunda residencia, ello no impide que también persiga una diversificación de la oferta de actividades ligadas al turismo tanto en zonas de litoral como en zonas interiores, buscando la máxima integración entre unos y otros, con el objeto de conciliar una oferta global que sea más completa y atractiva con las apuestas que en materia de diversificación de actividades y desarrollo comarcal y municipal persigan los diferentes municipios.

De cualquier modo, en los ámbitos donde se produzcan estos desarrollos se deberá prestar especial atención y cuidado al mantenimiento, cuando no potenciación, de la idiosincrasia y carácter de dichos municipios, en especial los núcleos tradicionales. Asimismo, el cuidado del paisaje será un elemento muy a tener en cuenta al objeto de lograr un desarrollo que presente una integración satisfactoria.

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5. Ordenación de la segunda residencia y de los recursos turísticos.

5.1. Estas DOT pretenden potenciar el fenómeno de la segunda residencia vinculado a determinados núcleos urbanos existentes o a nuevas ordenaciones que puedan desarrollarse en correspondencia estructural con aquellos. La segunda residencia puede suponer un mecanismo válido para combatir la regresión demográfica y económica a la que están sometidos muchos pequeños municipios rurales de la Comunidad Autónoma Vasca.

5.2. Las determinaciones específicas para la ordenación de la segunda residencia y los recursos turísticos se establecerán en el correspondiente Plan Territorial Parcial de acuerdo con las estrategias y criterios marcados en estas DOT. Hasta el momento en el que entre en vigor el citado Plan, el tratamiento de la segunda residencia en el planeamiento municipal tendrá en consideración lo establecido en este capítulo.

5.3. Para la selección de los ámbitos de desarrollo de la segunda vivienda con objetivos preferentes de reequilibrio los PTP deberían tener en cuenta los atractivos y la capacidad de acogida de los municipios propuestos sobre la base de una observación y análisis directo de su realidad urbana y territorial. Se valorará además el proceso de transformación de segunda residencia en primera vivienda, la existencia de zonas altamente saturadas, la realidad económica de las Areas Funcionales receptoras y las nuevas oportunidades que ofrecerán los planes de mejora de la infraestructura viaria contemplados en las DOT.

5.4. Los municipios que se pueden proponer por los PTP para una potenciación basada en el aprovechamiento de oportunidades expectantes son muy abundantes y en ellos el desarrollo de la segunda residencia se considera compatible. Se consideran seleccionables municipios en los que ya se da el fenómeno, o que están próximos a áreas atractivas del territorio y tienen núcleos rurales en declive. La dispersión de la segunda vivienda en un amplio número de núcleos se considera preferible a la concentración fuerte en determinados puntos del territorio.

5.5. La oferta de segunda residencia se orientará especialmente a la potenciación de los núcleos urbanos existentes y se integrará tipológica y estructuralmente en los mismos, completando sus estructuras urbanas y garantizando un nivel adecuado de servicios y equipamiento de manera que sea posible una hipotética reconversión en vivienda permanente. A tal efecto, se equiparará la reserva de suelo para equipamiento a los estándares fijados para las áreas de vivienda permanente. Los municipios para los que las DOT consideran que el desarrollo de la segunda residencia puede jugar un papel relevante en el Modelo Territorial son los que figuran en el Anexo 1.4 del capítulo 21.

5.6. Los desarrollos de segunda residencia propuestos por el planeamiento local tendrán en cuenta la conveniencia de adoptar tipologías edificatorias y ordenaciones urbanísticas adaptadas a las peculiaridades de los núcleos urbanos con especial atención a aquellos municipios que tienen cascos históricos (Capítulo 16). En estos casos, las estrategias de rehabilitación se consideran prioritarias a las de nuevo crecimiento.

5.7. Los desarrollos de segunda residencia propuestos por el planeamiento local serán concebidos en correspondencia con las peculiaridades del Medio Físico. En aquellos núcleos propuestos en estas DOT como puntos de acceso al territorio (Capítulo 11) se pondrá especial énfasis en la defensa de los espacios naturales valiosos y en la búsqueda de una correspondencia satisfactoria entre el Medio Físico y los asentamientos.

5.8. El planeamiento de los municipios en los que se propone por estas DOT o por planes de desarrollo la potenciación de los recursos turísticos posibilitará y estimulará la ejecución de equipamientos vinculados al uso turístico, y en particular los hoteleros y los de ocio y esparcimiento.

5.9. La segunda residencia y la infraestructura turística se consideran elementos estructurantes del modelo territorial. Además de las orientaciones generales aquí establecidas, los PTPs. definirán con más detalle y de manera integrada el tratamiento de estas cuestiones en cada una de las Areas Funcionales del Territorio con el objetivo de propiciar una mayor diversificación económica y una potenciación del sector terciario.

5.10. Los límites máximos a la oferta de suelo para segunda residencia que deban recogerse en el planeamiento municipal serán fijados por el Plan Territorial Parcial.

5.11. Los Planes Territoriales Parciales podrán reconsiderar los coeficientes de segunda residencia propuestos de forma provisional por las DOT.

5.12. Para la ordenación de la infraestructura turística en la CAPV, se tendrán en cuenta las siguientes orientaciones:

  1. Creación de una infraestructura turística en las Areas Funcionales de Donostia-San Sebastián, Zarautz-Azpeitia y Eibar, con capacidad de atracción suficiente para potenciar la demanda exógena a la Comunidad Autónoma Vasca. Los planeamientos locales de los municipios de estas Areas Funcionales ordenarán la segunda residencia y los recursos turísticos desde el punto de vista de su especialización en terciario de alta calidad, procurando integrar la segunda residencia y la vivienda permanente y desarrollando modelos urbanos que preserven y potencien los valores del medio físico y urbano, y buscando la compatibilidad del desarrollo terciario con las otras actividades económicas a través de un cuidado diseño de las áreas de actividad industrial.
  2. Potenciación del municipio de Lekeitio como núcleo turístico singular en el Area Funcional de Gernika-Markina. Teniendo en cuenta lo limitado de su término municipal, esta potenciación se articulará conjuntamente con los municipios de Ispaster y Mendexa. La mejora de su accesibilidad se considera deseable. Los planeamientos de los municipios costeros del Area Funcional de Gernika-Lumo-Markina-Xemein orientarán los desarrollos de segunda residencia procurando resolver los problemas estructurales y rigideces existentes, ensanchando la estacionalidad de la demanda de segunda residencia mediante la introducción de atractivos para la demanda de fin de semana y elevando su nivel de dotaciones, servicios e infraestructuras. A largo plazo es deseable una progresiva conversión de la segunda residencia en vivienda permanente. Ha de tenerse en cuenta el fuerte peso de la demanda procedente del Bilbao Metropolitano.
  3. Especialización de los territorios costeros de las Areas Funcionales de Gernika-Lumo-Markina-Xemein, Mungia y Bilbao como receptores de la demanda exógena y endógena de la Comunidad Autónoma Vasca y especialmente de la procedente del Bilbao Metropolitano.
  4. Los planeamientos locales de los municipios costeros del Area Funcional de Bilbao situados al Este del Abra Exterior plantearán la ordenación urbanística de los desarrollos de segunda residencia de modo que se posibilite la formación a medio o largo plazo de un eje urbano con origen en Getxo y paralelo a la costa con una alta proporción de residencia permanente.
  5. Desarrollo de la infraestructura turística en los núcleos del Area Funcional de Laguardia, dado su atractivo para el desarrollo de la segunda residencia y el turismo, todo ello en relación con la potenciación de las estrategias de rehabilitación de los Cascos.
  6. Posibilitar la reconversión a vivienda permanente de la segunda residencia de los municipios del Area Funcional de Alava Central situados en los canales radiales de máxima accesibilidad actuales o previstos en las DOT.5.13. Los Planes Territoriales Parciales propondrán una infraestructura turística apropiada en cada Area Funcional, en relación con la vocación y objetivos que se persigan en cada una de ellas y con elementos tales como:
  • Acondicionamiento de Espacios Naturales.
  • Reequipamiento de núcleos de acceso al territorio.
  • Puertos deportivos.
  • Campos de golf.
  • Instalaciones deportivas, recreativas y de ocio.
  • Parques temáticos.
  • Infraestructura hotelera.
  • Estrategias de puesta en valor de núcleos de interés histórico-artístico o monumentos.
  • Infraestructura balnearia, terapéutica y del cuidado de la salud y la belleza.
  • Recorridos de interés turístico.
  • Rutas temáticas para poner en valor recursos naturales, arquitectónicos, artesanales, culturales, gastronómicos, etc.
  • Areas de turismo verde y turismo rural.
  • Camping.
  • Campamentos de turismo.
  • Otros elementos o instalaciones.

5.14. Se estimulará el desarrollo del turismo urbano y cultural en el Sistema Polinuclear Vasco de Capitales de forma equilibrada y complementaria, con atención destacada al desarrollo de una infraestructura general atractiva de apoyo a la celebración de Congresos y Conferencias. 5.15. Finalmente, debe tenerse en cuenta la importancia de integrar lo turístico y lo no turístico, y en particular, la necesidad de considerar como aliciente turístico básico el esfuerzo global que en la Comunidad Autónoma se realice en relación con la puesta en valor de los espacios naturales, la renovación urbana, la recuperación de cascos históricos, la mejora del equipamiento cultural y deportivo, el tratamiento del paisaje industrial, etc. En consecuencia, los Planes Territoriales Parciales deben abordar la temática turística desde un visión integral y sinérgica desde el punto de vista económico y ambiental.

5.16. La Administración competente en materia de turismo podrá redactar un Plan Territorial Sectorial de Ordenación de los Recursos Turísticos de Euskadi, abordando la materia turística desde una perspectiva sistemática y unitaria.

1. Claves interpretativas.

2. Cuestiones de enfoque.

3. Enfoque prospectivo. Retos y desafíos de futuro.

4. Objetivos y criterios.

5. Ordenación de la segunda residencia y de los recursos turísticos.

cabaña
pueblo

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