Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Fecha de publicación: 18/02/2014

Decreto 468/2013, de 23 de diciembre, por el que se suspende temporalmente el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales

El pasado 20 de enero de 2014 se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 468/2013, de 23 de diciembre, por el que se suspende temporalmente el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A partir de la entrada en vigor de la norma se suspende temporalmente la tramitación exclusivamente por medios telemáticos de los procedimientos administrativos que se recogen en su anexo I.

Asimismo, queda en suspenso esta forma de tramitación para todas las obligaciones transaccionales de información medioambiental que afecten a instalaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, excepto para las que se recogen en el anexo II que deberán seguir realizándose a través del Sistema IKS-eeM.

La suspensión tampoco afecta al Registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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