Procesos de Rebaremación de las Bolsas de trabajo de la Administración General de la CAE y sus Organismos Autónomos
- Organismo:
- Gobernanza Pública y Autogobierno
Descripción
Proceso anual, que tiene lugar el primer trimestre de cada año, por el que
el personal integrante de las bolsas de trabajo es rebaremado de acuerdo a los
servicios prestados en la Administración General de la CAPV en el
cuerpo/opción/escala de nombramiento.
Estos servicios deben cumplir las siguientes características:
a) Que se realicen en virtud de nombramiento de personal funcionario interino,
conforme a la legislación de función pública o mediante contratos laborales de duración
determinada conforme a la legislación laboral.
b) Que las condiciones de trabajo estén reguladas por el Acuerdo regulador de
condiciones de trabajo del personal funcionario o Convenio de colectivos
laborales, ambos del personal al servicio de la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
Asimismo, será de aplicación para la prestación de servicios de los Entes
Públicos de Derecho Privado vinculados a la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, cuando se trate de nombramientos y contratos
que reúnan las condiciones establecidas en el apartado anterior. No será de
aplicación para la provisión de puestos laborales cuando el Ente haya realizado
procesos selectivos propios, o la Administración General no disponga de
personal disponible en la bolsa de trabajo solicitada.
La puntuación de los integrantes se incrementará 0,003 puntos por día
trabajado durante el año anterior en la bolsa que ha dado lugar al nombramiento
o contrato. La puntuación máxima es 1,095 en un año de 365 días, y 1,098 en un
año bisiesto.
La rebaremación anual se realiza mediante Resolución del Viceconsejero de Función
Pública y se publica en el Portal y en el Tablón de Anuncios electrónico.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera
de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes desde su publicación.
A quién va dirigido
La rebaremación se realiza al personal integrante de las bolsas de trabajo
que haya prestado servicios en la Administración General de la CAPV, que cumpla
los criterios incluidos en el apartado anterior, conforme a la Orden de 7 de
enero de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Gobernanza Pública y Autogobierno / Viceconsejería de Función Pública > Dirección de Función Pública
Organismo que resuelve
- Gobernanza Pública y Autogobierno / Viceconsejería de Función Pública > Dirección de Función Pública
Información de contacto
Datos de contacto
- Teléfono: 945018525 / 945018582
- Correo electrónico: provision-seleccion@euskadi.eus
Código(s)
- Recursos a la rebaremación de las Bolsas de trabajo de la Administración General - Año 2020: 1085501
Recurso a la rebaremación
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.
Observaciones:
- No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
- La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas