Ayudas para el fomento de la cultura emprendedora entre el alumnado que esté cursando 2º de un ciclo formativo de Formación Profesional Básica, Grado Medio o de Grado Superior de Formación Profesional durante el curso 2022-2023

[EKINTZAILETZA DIRU-LAGUNTZAK]

Descripción


Objeto

Convocar ayudas a centros privados concertados para el desarrollo de proyectos que fomenten la cultura emprendedora entre el alumnado que esté cursando 2º curso de un ciclo formativo de Formación Profesional Básica, Grado Medio o Grado Superior de Formación Profesional durante el curso 2022-2023, en dichos centros.

En aquellos ciclos de Formación Profesional Básica de 3 años de duración, esta convocatoria estará dirigida exclusivamente al alumnado de 3º curso.

 

Dotación presupuestaria

120.000 euros

Prestación económica

La cuantía máxima que podrá asignarse por centro será de 10.000 €, teniendo en cuenta el proyecto presentado por el centro y el presupuesto desglosado para cada actividad incluida en el mismo.

Podrá destinarse hasta un máximo del 40% del importe de la ayuda otorgada para las actividades referidas en el artículo 4, apartados 4 y 5. Por tanto, deberá destinarse, al menos, el 60% de la ayuda otorgada, a la realización por el alumnado de proyectos de simulación empresarial.

Las actividades formativas podrán ser financiadas hasta un máximo de 100 € por hora de formación impartida.

Forma de pago:

El abono de las ayudas concedidas se realizará en dos pagos:

  • El primero por importe del 40% del total concedido, se realizará una vez aceptada la ayuda, conforme a lo establecido en el artículo 18.1 de la Orden que regula la convocatoria.
  • El pago del 60% restante del importe de la subvención se realizará tras la presentación de la justificación en el plazo y condiciones que se indican en el artículo 19.

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Estar legalmente constituido y autorizado

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Requisitos

  • No estar sancionada penal o administrativamente de modo que imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No estar inhabilitada administrativa o penalmente por discriminación de sexo (Disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres).

  • Las ayudas concedidas al amparo de la presente Orden son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda de entidades públicas o privadas, que tuvieran el mismo objeto.
  • Cumplir lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Formación Profesional

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1068005

Solicitud


 

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto a las personas interesadas será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Antes del 10 de enero de 2023.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

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