Ayudas para la publicación de libros de no ficción y la realización de documentales de recuperación de la Memoria Democrática 2022

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Descripción


Objeto

Es objeto de la presente resolución convocar, para el año 2022, las ayudas destinadas a subvencionar la edición de libros inéditos de no ficción y la realización de documentales para cine, televisión y/o plataformas multimedia que aborden la recuperación de la memoria democrática de Euskadi desde la Guerra Civil hasta la actualidad.

Dotación presupuestaria

100.000

Prestación económica

Para la concesión o denegación de subvenciones de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios de concesión ponderados:

1. El potencial estratégico del proyecto y su oportunidad o interés social. Hasta 30 puntos.

  • Grado de adecuación de la naturaleza del proyecto al objeto de la convocatoria. Se valorará la claridad en la exposición del proyecto respecto a su naturaleza, metodología y a aspectos organizativos que permitan determinar si las actividades propuestas responden al objeto de la subvención. Hasta 20 puntos.
  • Tratamiento de temáticas no abordadas hasta el momento o que hayan tenido menor tratamiento público. Al objeto de valorar este criterio se atenderá a la bibliografía publicada hasta la fecha en el caso de los libros de no ficción y al material audiovisual publicado hasta la fecha en el caso de los documentales. Hasta 5 puntos.
  • Tratamiento que aporte una visión novedosa o desconocida de la temática abordada. Hasta 5 puntos.

Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que aporten información suficiente relativa al grado de innovación de la propuesta, citándose como ejemplo de innovación a valorar los siguientes:

- Un enfoque diferente al de la mayoría de las obras que sobre la temática elegida hayan sido publicadas hasta la fecha.

- Un periodo cronológico o un ámbito geográfico menos abordado.

- Aspectos de una temática no abordados hasta el momento, colectivoa cuyos testimonios no hayan sido recogidos o lo hayan sido en menor medida, etc.

2. Calidad técnica y profesional del proyecto. Hasta 30 puntos.

  • Estructura narrativa y recursos narrativos del proyecto. Hasta 25 puntos. En relación con este criterio, se valorarán, a modo orientativo, las siguientes cuestiones:

Para los libros de no ficción: Empleo de un léxico rico y variado, la inclusión de notas al pie, bibliografía, glosario de terminología, anexos de fuentes documentales, mapas, ilustraciones, etc.

Para los documentales: La adición de imágenes de archivo, el empleo de recreaciones, ilustraciones animadas, infografías y recursos gráficos, la variedad de puntos de vista reflejados en el documental (intervenciones o entrevistas a protagonistas directos, testimonios o declaraciones de especialistas en la materia), el ritmo, que la narrativa sea fluida, etc.

  • Trayectoria de la entidad o persona solicitante en proyectos similares. Hasta 5 puntos. A estos efectos, se valorará la publicación anterior por la entidad o persona solicitante de libros de no ficción o material audiovisual en el ámbito de la recuperación de la memoria democrática de Euskadi desde la Guerra Civil hasta la actualidad o en otros ámbitos relacionados con la defensa de los Derechos Humanos.

3. Políticas transversales. Hasta 20 puntos.

    • Uso del euskera en el proyecto y creación de materiales en euskera o bilingües. Hasta 10 puntos.
    • La inclusión de la perspectiva de género en el proyecto. Hasta 10 puntos.

A estos efectos, se valorará, en la memoria explicativa sobre la inclusión de la perspectiva de género en el proyecto, la forma en la que se recoge la visión de género en los proyectos presentados: si se recoge el testimonio de las mujeres en la temática abordada, si se incluyen en las obras presentadas valoraciones de mujeres especialistas en un área concreta, etc.

Se valorará asimismo, si existe una representación equilibrada de hombres y mujeres en la estructura organizativa de las personas jurídicas solicitantes, así como la formación del personal contratado por éstas y de las personas físicas solicitantes en materia de igualdad de género.

4. Capacidad divulgativa – Difusión del proyecto. Hasta 20 puntos.

Se valorará la inclusión en la memoria del proyecto de un plan de divulgación o campaña de marketing para publicitar la obra que comprenda todas las actuaciones previstas para difundir el proyecto a la sociedad, incluyendo la publicidad en internet y redes sociales.

Se valorará, asimismo, la colaboración con asociaciones, ayuntamientos y entidades en la búsqueda de sinergias para dar a conocer el proyecto.

La puntuación total máxima será de 100 puntos.

La adjudicación de la subvención requerirá que, de acuerdo con los baremos anteriores, la solicitud supere la puntuación mínima de 45 puntos.

Forma de pago:

El abono de la subvención que se concede al amparo de la presente convocatoria, se efectuará del siguiente modo:

a) Un primer pago por importe equivalente al 75% de la subvención concedida, tras la aceptación expresa de ésta, o trascurrido el plazo de diez días desde la notificación de su concesión sin mediar renuncia expresa de la misma.

b) Un segundo pago por el importe resultante de la liquidación efectuada tras la justificación del empleo de la subvención concedida, ante el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, en los términos previstos en el artículo siguiente.

Para que pueda materializarse el abono de la subvención concedida, las entidades y personas que resulten beneficiarias han de presentar el documento de alta de terceros. En caso de no estar registradas o querer modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Departamento de Hacienda y Economía las personas obligadas a la tramitación electrónica lo deberán hacer electrónicamente a través del servicio correspondiente disponible en la sede electrónica, cuya dirección es: https://www.euskadi.eus/altaterceros.

A quién va dirigido


Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida

Personas físicas

Requisitos:

  • Identidad de la persona física

Sociedad civil

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación
  • Estar legalmente constituida

Requisitos

  • Acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones
  • No podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, durante el periodo impuesto en la correspondiente sanción, de conformidad con lo establecido en el párrafo 5 del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda de Euskadi
  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).

  • Acreditar la existencia, o no, de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles.

  • Presupuesto de gastos desglosado
  • Trayectoria artística de la persona solicitante
  • Memoria explicativa sobre la inclusión de la perspectiva de género
  • Memoria detallada del proyecto

Organismos


Organismo que convoca

  • Gogora - Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos > Director/a del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos

Organismo que resuelve

  • Gogora - Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos > Director/a del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1043406

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación justificativa antes del 31 de diciembre de 2022.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la justificación
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para otras fuentes de financiación
  • En el caso de estar percibiendo otras fuentes de financiación, deberá aportar este formulario junto con la documentación de justificación de la ayuda.

Otros trámites