Programa de Bonos Elkarrekin en el ámbito de la convivencia local para el año 2026

[Bonos-Elkarrekin-local]

Descripción


Objeto

Subvenciones para actividades de formación o dinamización dirigidas a promover una nueva cultura de convivencia y encuentro social que sean promovidas de forma conjunta entre entidades sin ánimo de lucro y entidades locales.

Los proyectos podrán desarrollarse desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 1 de agosto de 2027.

Dotación presupuestaria

150.000 (euros)

Prestación económica

El importe de los bonos en el ámbito de la convivencia local será de 90 euros por hora justificada de servicios de formación o dinamización.

Las entidades destinatarias de los proyectos deberán abonar a la entidad beneficiaria al menos el importe equivalente al 10 % del importe de los bonos concedidos.

Las entidades destinatarias no podrán acumular, en una misma entidad local, bonos por una cantidad superior a:

– 5.000 euros en entidades locales de hasta 15.000 habitantes.

– 12.500 euros en entidades locales de entre 15.000 y 40.000 habitantes.

– 20.000 euros en entidades locales de más de 40.000 habitantes.

Las entidades beneficiarias de estas ayudas no podrán acumular Bonos por una cantidad total superior a 30.000 euros, sumando las cantidades obtenidas en todas las líneas de subvención recogidas en el Decreto Regulador.

 

Forma de pago:

El abono de las subvenciones adjudicadas para la realización de las actividades desarrolladas se realizará en dos pagos: el primero, de un 50% de la cantidad adjudicada, se realizará de forma inmediata una vez se haya notificado la Resolución de concesión, siendo abonado el porcentaje restante una vez justificado el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos.

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro y relacionadas con las temáticas de paz y convivencia

Requisitos:

  1. Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo.
  2. Tener como objetivos, de acuerdo con lo previsto en sus estatutos sociales, la convivencia y los derechos humanos.
  3. Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros del País Vasco.
  4. Desarrollar su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  5. Tener la capacidad de llevar a cabo las actividades presentadas tanto en euskera como en castellano.

La entidad solicitante debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y pagos con la Seguridad Social. Asimismo, deberá estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

No podrán ser beneficiarias estas las subvenciones las personas jurídicas que se encuentren en alguna de las situaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Requisitos:

  • Entregar junto con la solicitud los siguientes modelos normalizados

  • Junto con la solicitud y los modelos anteriormente mencionados, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • La entidad solicitante podrá presentar cualquier otra documentación complementaria que estime pertinente para la mejor valoración del proyecto.
  • La Dirección de Derechos Humanos y Atención a Víctimas podrá solicitar a la entidad solicitante todos los documentos que estime necesarios para completar el expediente y podrá realizar las comprobaciones que estime oportunas para acreditar los mismos.

Requisitos

  • Únicamente se subvencionarán aquellas actividades que incluyan de forma expresa en su memoria objetivos, contenidos o metodologías alineadas con la promoción de los derechos humanos, la cultura de la no violencia y los principios democráticos.
  • En acciones de formación en cualquiera de los ámbitos, se aceptarán únicamente actividades cuyas propuestas de trabajo impliquen la participación en dichas actividades de, al menos, 15 personas.
  • En propuestas de dinamización directa de actividades en los ámbitos municipales o de participación ciudadana, sólo se aceptarán aquellas actividades cuyas propuestas de trabajo cumplan con los siguientes requisitos:

  • Las actividades de formación o dinamización solicitadas en el ámbito municipal podrán desarrollarse en cualquier lugar apropiado del municipio. Sin embargo, si el lugar de impartición de la actividad es un centro educativo, ésta se deberá llevar a cabo fuera del horario lectivo.

Organismos


Organismo que convoca

  • Justicia y Derechos Humanos / Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Convivencia > Dirección de Derechos Humanos y Atención a Víctimas

Organismo que resuelve

  • Justicia y Derechos Humanos > Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Convivencia

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1024312

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la ayuda, deberá:

  • preparar toda la documentación necesaria
  • cumplimentar la solicitud y los anexos
  • presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de seis meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro del órgano competente para su tramitación.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Justificación


La justificación debera presentarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de ejecución de la actividad y siempre antes del 1 de septiembre de 2027.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites