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Normativa

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RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se hace pública la dotación asignada en los Presupuestos prorrogados de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2013, a las ayudas previstas en la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, d

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 43
  • Nº orden: 1161
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 07/02/2013
  • Fecha de publicación: 01/03/2013

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Economía y Hacienda; Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Asuntos sociales; Hacienda; Gobierno y Administración Pública; Interior

Texto legal

El Boletín Oficial del País Vasco n.º 101, de 30 de mayo de 2011, publica la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En su Disposición Adicional, relativa a la Financiación e Imputación Presupuestaria, se indica que: «Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, por Resolución de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género se hará pública, al comienzo de cada ejercicio presupuestario, la dotación asignada al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco».

Mediante Resolución de 31 de enero de 2013, del Secretario General de la Presidencia, se designa a la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer como órgano encargado de ejercer las competencias y funciones atribuidas a la persona titular de la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género.

En la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, y prorrogados para el año 2013, se destina a la financiación de estas ayudas un importe de 540.000 euros con cargo a la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, y con el detalle de la partida presupuestaria que se indica: 13.0.1.01 04.0000.1.453.01.22110.001.N

En su virtud,