Departamento de Vivienda y Agenda Urbana

Plan Territorial Sectorial de recursos turísticos de la comunidad autónoma del País Vasco

La Carta Mundial del Turismo Sostenible +20, suscrita en la Cumbre Mundial de Turismo Sostenible de Euskadi en 2015, recoge que el turismo es una actividad económica de primer orden que debe contribuir eficazmente a reducir la desigualdad y promover sociedades pacíficas e inclusivas.

 

En este marco, el Gobierno Vasco ha establecido el Código Ético del Turismo de Euskadi, que guía el desarrollo de las políticas de turismo sostenible en la región.

 

Además, en las políticas de ordenación actuales se enfatiza la necesidad de preservar los recursos actuales para las generaciones futuras y asegurar la protección y la integridad de nuestro valioso patrimonio.

 

Por todo ello, es objetivo de este PTS es ser la herramienta que determine el modelo de desarrollo territorial turístico, donde se regulen los siguientes aspectos:

  • La protección de los recursos turísticos.
  • Los criterios de evaluación ambiental y los ratios de sostenibilidad de la actividad turística.
  • Las medidas orientadas a mejorar los aspectos territoriales, socio-económicos y culturales.
  • Las pautas de cuantificación de la infraestructura turística para el planeamiento territorial y urbanístico.
  • Equipamientos de apoyo.
  • Medidas necesarias para prevenir situaciones de saturación.
  • ¿Qué es un Plan Territorial Sectorial (PTS) y por qué se redacta el de Recursos Turísticos?


Para poder entender bien qué es un Plan Territorial Sectorial (PTS), antes, hay algunos conceptos que sería conveniente aclarar.

La Comunidad Autónoma del País Vasco cuenta con la capacidad legislativa íntegra en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Para crear un marco jurídico que regule esta competencia, la legislación vigente contempla los siguientes instrumentos de Ordenación del Territorio:

  • Directrices de Ordenación Territorial (DOT)
  • Planes Territoriales Parciales (PTP)
  • Planes Territoriales Sectoriales (PTS)
  • ¿Qué son las DOT?


Las Directrices de Ordenación Territorial son el reglamento que define la estrategia territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. A través de este reglamento se determinan, entre otras, la protección de zonas naturales, la ubicación de grandes zonas residenciales o industriales, el trazado aproximado de algunas de las grandes infraestructuras (caminos, carreteras, vías férreas, puertos, aeropuertos…), pero también, de forma general, la dirección de las políticas públicas en las zonas rurales y en las zonas urbanas.

  • ¿Qué es un PTP?


El Plan Territorial Parcial es el documento que define el itinerario del desarrollo territorial de un ámbito geográfico concreto, llamado área funcional.
El PTP debe concretar y ampliar lo definido en las DOT y en los PTS y servir, a su vez, de guía supramunicipal para la redacción de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) municipales.

  • ¿Qué son los PTS?

Los Planes Territoriales Sectoriales son los planes elaborados para desarrollar las DOT y que se utilizan para definir más específicamente una temática concreta. Puede haber planes agroforestales, de ordenación de ríos y arroyos, de energía, del desarrollo de la actividad turística en el territorio, etc.
Y ahora sí….

  • ¿Por qué se redacta el PTS de Recursos Turísticos?

La Ley 13/2016 de Turismo, dispone en su artículo 10 que la ordenación territorial de los recursos turísticos de Euskadi habrá de llevarse a cabo por medio de un Plan Territorial Sectorial.
Asimismo, las Directrices de Ordenación Territorial reconocen a la actividad turística una dimensión tal, que debe planificarse para resultar sostenible y no provocar impactos que desequilibren el territorio sobre el que se desarrolla.

ORDEN de 13 de septiembre de 2023, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se inicia el procedimiento de elaboración del Plan Territorial Sectorial de Recursos Turísticos de Euskadi. (BOPV 05/10/2023)

El Avance es el documento en el que se proponen las diferentes alternativas valoradas para la ordenación territorial de la materia, así como las propuestas generales iniciales. Su formulación permite iniciar el proceso de participación y colaboración entre las diferentes entidades y agentes que culminará en la redacción del documento definitivo y que será sometido su aprobación inicial, provisional y final, correspondiente.

Así, el Avance se compone de los siguientes documentos:

‐ Avance: diagnóstico, objetivos y propuesta

El Documento de Avance parte del trabajo “Estudios Previos sobre el Plan Territorial Sectorial de Recursos Turísticos del País Vasco”, y se estructura en dos grandes bloques:

  • Bloque I: en el que se lleva a cabo una valoración integral del turismo en la CAPV en la que se integran los resultados de la participación pública. Se analiza el marco legal y de planificación turística de referencia, así como de las previsiones internacionales sobre el comportamiento del mercado turístico europeo, para finalmente, plantear un diagnóstico sintético del espacio turístico y establecer los principales elementos de la evaluación ambiental.
  • Bloque II: donde se presentan las bases y los objetivos que orientan la ordenación del territorio turístico para la CAPV, y se establece una primera aproximación a un modelo de desarrollo territorial turístico y su estrategia de gestión.

- Documento Inicial Estratégico

Por medio del Documento Inicial Estratégico (DIE), se comienza el trámite de Evaluación ambiental estratégica ordinaria para el PTS. En él se recogen los objetivos de este instrumento, las distintas alternativas de planificación que se han valorado, el diagnóstico de la situación actual del medio ambiente y los posibles impactos que podrían generarse. Además, se analiza cómo estas acciones pueden influir en otros planes sectoriales y territoriales.