Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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ORDEN de 24 de abril de 2015, del Consejero de Salud, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 2002, que da publicidad a la clasificación de las zonas farmacéuticas con indicación de los municipios comprendidos en cada una de ellas.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Salud
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 90
  • Nº orden: 2152
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 24/04/2015
  • Fecha de publicación: 18/05/2015

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 10 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece tres tipos de zonas farmacéuticas en función de las zonas de salud existentes en el municipio o a la inversa, con la excepción prevista en el artículo 11.3.

Dicha excepción es la siguiente: en los casos en que una zona de salud comprenda, total o parcialmente, varios municipios, debe tomarse como zona farmacéutica la delimitación de la zona de salud (artículo 10, apartado c) LOF) salvo que uno de los municipios que la conforman concentre, al menos, el 75% del total de habitantes de la misma, en cuyo caso la zona farmacéutica será clasificada como perteneciente al apartado b) del artículo 10 («en los casos en que luna zona de salud comprenda la totalidad de un único municipio, la zona farmacéutica coincidirá territorialmente con la zona de salud y con el municipio»).

Mediante Orden de 5 de diciembre de 2002, del Consejero de Sanidad, se da publicidad a la clasificación de las zonas farmacéuticas con indicación de los municipios comprendidos en cada una de ellas. En el anexo de esta Orden y dentro de las zonas farmacéuticas del artículo 10.1.b), se clasifica con el número 20 la Zona Farmacéutica Zarautz, que comprende los municipios de Zarautz, Orio y Aia, toda vez que Zarautz concentraba en aquél momento el 75% del total de habitantes de la Zona Farmacéutica. Sin embargo, dicha situación de concentración ha variado y el municipio de Zarautz no concentra ya el 75% de la población de la Zona Farmacéutica, tal y como se desprende de los datos obtenidos de los Ayuntamientos implicados y del Instituto Nacional de Estadística.

Por otra parte, la Orden de 5 de diciembre de 2002 ya había sido modificada anteriormente en el año 2011, por un motivo idéntico al que ahora nos ocupa pero referido a la Zona Farmacéutica Lasarte-Oria. En aquel momento, se añadió un apartado 17 bis) en el punto C) del anexo de la norma. Por una cuestión de técnica normativa, entendemos que lo procedente es que, con ocasión de esta segunda modificación, se reenumeren los apartados B) y C) del anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2002, de manera que todas las zonas farmacéuticas queden debidamente ordenadas y adaptadas a los criterios de clasificación establecidos por la Ley 11/1994, antes citada.

Finalmente, entendemos que razones de exactitud y de seguridad jurídica aconsejan aprovechar esta modificación normativa para incorporar a la relación de municipios comprendidos en cada zona farmacéutica aquellos cambios que se derivan de su denominación oficial, del surgimiento de nuevos municipios como consecuencia de una desanexión y de la planificación de la atención sanitaria.

En su virtud,

Zonas Farmaceúticas del artículo 10.1.a)

Zona Farmacéutica: Vitoria-Gasteiz, comprende el municipio de:

Vitoria-Gasteiz, excepto la población de los núcleos de Miñano, Amarita y Retana.

y la población del núcleo de Okina (Municipio de Bernedo)

Zona Farmacéutica: Donostia-San Sebastián, comprende el municipio de:

Donostia-San Sebastián

Zona Farmacéutica: Errenteria, comprende el municipio de:

Errenteria

Zona Farmacéutica: Irun, comprende el municipio de:

Irun

Zona Farmacéutica: Pasaia, comprende los municipios de:

Pasaia

Lezo

Zona Farmacéutica: Bilbao, comprende los municipios de:

Bilbao

Alonsotegi

las secciones 2 y 3 del distrito 1 del municipio de Arrigorriaga.

Zona Farmacéutica: Basauri, comprende el municipio de:

Basauri

Zona Farmacéutica: Portugalete, comprende el municipio de:

Portugalete

Zona Farmacéutica: Santurtzi, comprende los municipios de:

Santurtzi

Zierbena

Zona Farmacéutica: Barakaldo, comprende el municipio de:

Barakaldo

Zona Farmacéutica: Getxo, comprende el municipio de:

Getxo

Zona Farmacéutica: Erandio, comprende el municipio de:

Erandio

Zona Farmacéutica: Leioa, comprende el municipio de:

Leioa

  1. Zonas Farmacéuticas del artículo 10.1.b)

    1. Zona Farmacéutica: Oñati, comprende el municipio de:

      Oñati

    2. Zona Farmacéutica: Eibar, comprende el municipio de:

      Eibar

    3. Zona Farmacéutica: Azkoitia, comprende el municipio de:

      Azkoitia

    4. Zona Farmacéutica: Legazpi, comprende el municipio de:

      Legazpi

    5. Zona Farmacéutica: Tolosa, comprende el municipio de:

      Tolosa, excepto los núcleos de Bedaio y Aldaba

    6. Zona Farmacéutica: Andoain, comprende el municipio de:

      Andoain

    7. Zona Farmacéutica: Oiartzun, comprende el municipio de:

      Oiartzun

    8. Zona Farmacéutica: Hondarribia, comprende el municipio de:

      Hondarribia

    9. Zona Farmacéutica: Amorebieta-Etxano, comprende el municipio de:

      Amorebieta-Etxano

    10. Zona Farmacéutica: Etxebarri, Anteiglesia de San Esteban-Etxebarri Doneztebeko Elizatea, comprende el municipio de:

      Etxebarri, Anteiglesia de San Esteban-Etxebarri Doneztebeko Elizatea

    11. Zona Farmacéutica: Gernika-Lumo, comprende el municipio de:

      Gernika-Lumo

    12. Zona Farmacéutica: Ortuella, comprende el municipio de:

      Ortuella

    13. Zona Farmacéutica: Valle de Trápaga-Trapagaran, comprende el municipio de:

      Valle de Trápaga-Trapagaran

    14. Zona Farmacéutica: Sestao, comprende el municipio de:

      Sestao

    15. Zona Farmacéutica: Llodio, comprende los municipios de:

      Llodio

      Orozko

      Okondo

      Arakaldo

    16. Zona Farmacéutica: Bergara, comprende los municipios de:

      Bergara

      Antzuola

      Elgeta

    17. Zona Farmacéutica: Mondragón, comprende los municipios de:

      Mondragón

      Aramaio, excepto la población del núcleo de Olaeta.

    18. Zona Farmacéutica: Azpeitia, comprende los municipios de:

      Azpeitia

      Errezil

    19. Zona Farmacéutica: Ermua, comprende los municipios de:

      Ermua

      Mallabia

    20. Zona Farmacéutica: Bermeo, comprende los municipios de:

      Bermeo

      Mundaka

      Sukarrieta

    21. Zona Farmacéutica: Ondarroa, comprende los municipios de:

      Ondarroa

      Berriatua

    22. Zona Farmacéutica: Markina-Xemein, comprende los municipios de:

      Markina-Xemein

      Etxebarria

      Ziortza-Bolibar

    23. Zona Farmacéutica: Durango, comprende los municipios de:

      Durango

      Izurtza

      Iurreta

      Mañaria

    24. Zona Farmacéutica: Galdakao, comprende los municipios de:

      Galdakao

      Larrabetzu

    25. Zona Farmacéutica: Güeñes, comprende los municipios de:

      Güeñes

      Gordexola

  1. Zonas Farmacéuticas del artículo 10.1.c)

    1. Zona Farmacéutica: Llanada Alavesa, comprende los municipios de:

      Salvatierra

      Barrundia

      Elburgo

      Alegría-Dulantzi

      Iruraiz-Gauna

      San Millán

    2. Zona Farmacéutica: Montaña Alavesa, comprende los municipios de:

      Campezo

      Arraia-Maeztu

      Valle de Arana

      Bernedo, excepto el núcleo de Okina.

      Lagrán, excepto el núcleo de Pipaón.

    3. Zona Farmacéutica: Rioja Alavesa, comprende los municipios de:

      Lapuebla de Labarca

      Elvillar

      Laguardia

      Leza

      Navaridas

      Samaniego

      Villabuena de Álava

      Baños de Ebro

      Elciego

      Oyón-Oion

      Kripan

      Lanciego

      Yécora

      Moreda de Álava

    4. Zona Farmacéutica: Alava Norte, comprende los municipios de:

      Zuia

      Urkabustaiz, excepto el núcleo de Inoso.

      Zigoitia

      Kuartango

      Ribera Alta, excepto los núcleos de Viloria, Arreo, Basquiñuelas y Villambrosa.

      Legutio

      Ubide

      Otxandio

      La población del núcleo de Olaeta (Municipio de Aramaio)

      Arratzua-Ubarrundia

      La población de los núcleos de Miñano, Amarita y Retana (Municipio de Vitoria-Gasteiz)

    5. Zona Farmacéutica: Valles Alaveses, comprende los municipios de:

      Valdegovía

      Labastida

      Añana

      Viloria, Arreo, Basquiñuelas y Villambrosa (Municipio de Ribera Alta)

      Lantarón

      Ribera Baja

      Armiñón

      Zambrana

      Berantevilla

      Peñacerrada-Urizaharra

      Iruña de Oca

      La población del núcleo de Pipaon (Municipio de Lagrán).

    6. Zona Farmacéutica: Ayala, comprende los municipios de:

      Ayala

      Amurrio

      Orduña

      Artziniega

      La población del núcleo de Inoso (Municipio de Urkabuztaiz)

    7. Zona Farmacéutica: Valle de Leniz, comprende los municipios de:

      Leintz-Gatzaga

      Aretxabaleta

      Eskoriatza

    8. Zona Farmacéutica: Elgoibar, comprende los municipios de:

      Elgoibar

      Mendaro

      Soraluze-Placencia de las Armas

    9. Zona Farmacéutica: Deba, comprende los municipios de:

      Deba

      Mutriku

    10. Zona Farmacéutica: Zumarraga, comprende los municipios de:

      Zumarraga

      Ezkio-Itsaso

      Urretxu

      Gabiria

    11. Zona Farmacéutica: Ordizia, comprende los municipios de:

      Ordizia

      Altzaga

      Itsasondo

      Arama

      Gaintza

      Zaldibia

      Lazkao

      Ataun

    12. Zona Farmacéutica: Beasain, comprende los municipios de:

      Beasain

      Ormaiztegi

      Olaberria

      Segura

      Idiazabal

      Zegama

      Zerain

      Mutiloa

    13. Zona Farmacéutica: Villabona, comprende los municipios de:

      Villabona

      Aduna

      Zizurkil

      Asteasu

      Larraul

      Hernialde

      Anoeta

      Irura

      Alkiza

    14. Zona Farmacéutica: Ibarra, comprende los municipios de:

      Ibarra

      Belauntza

      Berrobi

      Leaburu

      Gaztelu

      Berastegi

      Elduain

      Lizartza

      Orexa

    15. Zona Farmacéutica: Alegia, comprende los municipios de:

      Alegia

      Altzo

      Ikaztegieta

      Orendain

      Amezketa

      Abaltzisketa

      Legorreta

      Baliarrain

      Bidania-Goiatz

      Albiztur

      Beizama

      la población del núcleo de Bedaio (municipio de Tolosa)

      la población del núcleo de Aldaba (municipio de Tolosa)

    16. Zona Farmacéutica: Hernani, comprende los municipios de:

      Hernani

      Urnieta

      Astigarraga

    17. Zona Farmacéutica: Zumaia, comprende los municipios de:

      Zumaia

      Zestoa

      Aizarnazabal

      Getaria

    18. Zona Farmacéutica: Lasarte-Oria, comprende los municipios de:

      Lasarte-Oria

      Usurbil

    19. Zona Farmacéutica: Zarautz, comprende los municipios de:

      Zarautz

      Orio

      Aia

    20. Zona Farmacéutica: Abadiño, comprende los municipios de:

      Elorrio

      Abadiño

      Atxondo

      Berriz

      Zaldibar

      Garai

    21. Zona Farmacéutica: Arratia, comprende los municipios de:

      Igorre

      Arantzazu

      Areatza

      Artea

      Zeanuri

      Dima

      Lemoa

      Bedia

    22. Zona Farmacéutica: Arrigorriaga, comprende los municipios de:

      Arrigorriaga (excepto las secciones 2 y 3 del distrito 1)

      Zaratamo

      Ugao-Miraballes

      Zeberio

      Arrankudiaga

    23. Zona Farmacéutica: Gernikesado, comprende los municipios de:

      Busturia

      Errigoiti

      Muxika

      Gautegiz Arteaga

      Ibarrangelu

      Elantxobe

      Ereño

      Mendata

      Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz-

      Morga

      Murueta

      Forua

      Ajangiz

      Kortezubi

      Nabarniz

      Arratzu

    24. Zona Farmacéutica: Lekeitio, comprende los municipios de:

      Lekeitio

      Ea

      Ispaster

      Gizaburuaga

      Amoroto

      Mendexa

      Aulesti

    25. Zona Farmacéutica: Zalla, comprende los municipios de:

      Zalla

      Galdames

      Sopuerta

    26. Zona Farmacéutica: Balmaseda, comprende los municipios de:

      Balmaseda

      Artzentales

      Trucios-Turtzioz

      Valle de Carranza

      Lanestosa

    27. Zona Farmacéutica: Abanto-Muskiz, comprende los municipios de:

      Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena

      Muskiz

    28. Zona Farmacéutica: Sopela, comprende los municipios de:

      Sopela

      Berango

      Urduliz

    29. Zona Farmacéutica: Mungia, comprende los municipios de:

      Mungia

      Arrieta

      Bakio

      Fruiz

      Gamiz-Fika

      Gatika

      Laukiz

      Maruri-Jatabe

      Meñaka

    30. Zona Farmacéutica: Txoriherri, comprende los municipios de:

      Derio

      Lezama

      Loiu

      Sondika

      Zamudio

    31. Zona Farmacéutica: Plentzia, comprende los municipios de:

      Barrika

      Gorliz

      Plentzia

      Lemoiz

Vitoria-Gasteiz, a 24 de abril de 2015.

El Consejero de Salud,

JON DARPÓN SIERRA.