Departamento de Educación

APRENDIZAJE PERMANENTE


Introducción

Regulación: Decreto 222/2001 de 16 de octubre, (BOPV nº 206, de 24-10-2001).

Por Decreto 222/2001, se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la que se crea una nueva Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, confirmando así la función estratégica que desempeña la Formación Profesional en la preparación y calidad de las personas, en la mejora de la competitividad de las empresas, en la adaptación de las cualificaciones profesionales a las necesidades del entorno productivo, y en las políticas de empleo como instrumento de inserción profesional.

La Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, tiene entre otras las siguientes funciones:

-Diseñar, definir y aplicar las acciones de aprendizaje permanente necesarias para la implementación de un modelo que nos introduzca en la nueva sociedad del conocimiento y aproveche sus oportunidades.

-Definir las políticas de formación profesional y de aprendizaje permanente que conlleven adquisición o incremento de las cualificaciones a lo largo de toda la vida.

Fecha de la última modificación: 14/12/2004