Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

¿Quiénes pueden ser miembros del Patronato?

Pueden ser miembros del Patronato las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas.

Salvo que el fundador haya establecido otra composición, el Patronato estará constituido por un mínimo de tres miembros y en su seno habrá siempre un Presidente y un Secretario.

El Secretario podrá o no ser patrono. En el caso de que no lo sea, tendrá voz, pero no voto.

La composición y el sistema de designación de los patronos deberán quedar establecidos en los estatutos.