Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

¿Quién compone el órgano de gobierno y cuáles son sus funciones?

El órgano de gobierno, con la denominación de junta de gobierno, junta directiva o la que figure en los estatutos, dirige y administra el Colegio o Consejo Profesional, ejecuta los acuerdos del órgano plenario y ejerce la potestad disciplinaria y las demás funciones que le atribuyan los estatutos. Está integrado por el número de personas que determinen sus estatutos, las cuales habrán de ser elegidas de entre todos los colegiados por el órgano plenario mediante sufragio universal, libre, directo y secreto.

Corresponde al órgano de gobierno:

  1. El impulso del procedimiento de la aprobación y reforma de los estatutos.
  2. La propuesta al órgano plenario de los asuntos que le competan.
  3. La elaboración del presupuesto y las cuentas.
  4. La potestad disciplinaria sobre los colegiados.
  5. La asistencia al órgano plenario.
  6. Cualquier otra facultad que le atribuyan las leyes, los reglamentos y los estatutos.