Aspectos a considerar en el control de plagas urbanas

¿Quién puede realizar tratamientos con biocidas?

Los tratamientos biocidas a terceros deben ser realizados por empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). El Registro de las empresas inscritas en la Comunidad Autónoma del País Vasco se puede consultar en las Subdirecciones de Salud Pública o en la siguiente dirección:

Así mismo, para conocer las empresas inscritas en otras Comunidades Autónomas se puede consultar la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:

El personal que se dedica a estas tareas debe disponer de una determinada cualificación, diferente según se trate del responsable técnico de los tratamientos o bien de los aplicadores de los mismos.

 
 
 
Fecha de la última modificación: 22/01/2013