Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

¿Qué contenido mínimo deben tener los estatutos de un Colegio o un Consejo Profesional?

  1. Denominación, domicilio completo y ámbito territorial.
  2. Fines y funciones específicos del Colegio o Consejo.
  3. Denominación, composición y sistema de elección de sus órganos de gobierno, así como los requisitos para formar parte de los mismos.
  4. Convocatoria, constitución y funcionamiento del órgano plenario y de los órganos de gobierno.
  5. Régimen económico.
  6. Régimen disciplinario.
  7. Derechos y deberes de los colegiados (exclusivamente en los Colegios Profesionales).
  8. Requisitos para formalizar la adquisición y pérdida de la condición de colegiado (exclusivamente en los Colegios Profesionales).
  9. Recursos de los colegiados frente a las resoluciones de los Colegios (exclusivamente en los Colegios Profesionales).
  10. Procedimiento de reforma de los estatutos, y, en particular, el quórum mínimo de colegiados con capacidad para instar la reforma, que no podrá superar el veinticinco por ciento del total de colegiados.
  11. Procedimiento de disolución y régimen de liquidación.