Preguntas frecuentes: Expedientes en tramitación vinculados a una AAI o AAU
- He presentado la solicitud de AAI o AAU, pero todavía no está resuelta. ¿Debo realizar ya las obligaciones periódicas mediante los procedimientos de AAI o AAU?
- Tengo una AAU en tramitación y necesito solicitar o modificar una autorización APCA. ¿Qué procedimiento debo utilizar?
- Mi solicitud de AAU todavía está en tramitación. ¿Puedo presentar documentación mediante «Aporte de documentación de instalaciones AAU»?
- He presentado un PVA o un aporte de documentación mediante AAU cuando el centro está sometido a AAI, o mediante AAI cuando corresponde AAU. ¿Se traslada automáticamente al expediente correcto?
No. Mientras no se haya resuelto la solicitud, el centro continúa sujeto a los títulos habilitantes sectoriales que tenga vigentes.
Las comunicaciones, controles, memorias y demás obligaciones periódicas deben presentarse mediante el procedimiento correspondiente al título sectorial vigente. La mera presentación de una solicitud de AAI o AAU no convierte al centro en una instalación autorizada bajo ese régimen.
Una vez notificada la resolución de la AAI o AAU, deberá utilizar los procedimientos vinculados a esa autorización.
- Error habitual:
- Presentar el Programa de Vigilancia Ambiental u otra documentación mediante un procedimiento de AAI o AAU únicamente porque existe una solicitud en tramitación. Antes de presentar la documentación, compruebe si la autorización ya ha sido resuelta y notificada.
Mientras la AAU no esté resuelta, puede utilizar el procedimiento sectorial «Autorización APCA: solicitud o modificaciones», siempre que la actuación corresponda a dicho procedimiento y continúe siendo aplicable el régimen sectorial.
Debe presentar en la solicitud APCA información coherente con la incluida en el expediente de AAU. Si la actuación afecta al proyecto descrito en la solicitud de AAU, comunique también el cambio en ese expediente mediante el procedimiento que corresponda.
Una vez resuelta la AAU, las modificaciones relacionadas con la actividad APCA deberán tramitarse mediante los procedimientos vinculados a la AAU.
- Error habitual:
- Dar por hecho que la existencia de una solicitud de AAU impide realizar cualquier trámite APCA. Hasta que se resuelva la AAU, el centro continúa sujeto a sus títulos sectoriales vigentes.
Sí, cuando INGURUNET tenga habilitado este procedimiento para el centro.
Utilice «Aporte de documentación de instalaciones AAU» para remitir documentación relacionada con la instalación que no responda a un requerimiento concreto ni deba presentarse mediante otro procedimiento específico.
La presentación de documentación por esta vía no sustituye la respuesta a un requerimiento. Si ha recibido un requerimiento de subsanación o de aportación de documentación, responda desde el propio expediente y dentro del trámite habilitado para ello.
- Error habitual:
- Iniciar un expediente independiente de aporte de documentación para contestar a un requerimiento. La documentación requerida debe presentarse como respuesta al requerimiento, para que quede incorporada correctamente al expediente que se está tramitando.
No debe dar por hecho que la documentación se trasladará automáticamente.
Compruebe siempre si el centro dispone de AAI o AAU y seleccione el procedimiento correspondiente. Si ya ha presentado la documentación mediante un procedimiento incorrecto, no vuelva a presentarla por otra vía sin conocer antes cómo se va a tratar la presentación realizada.
Comunique la incidencia a ingurumena@euskadi.eus e indique:
- el NIF de la entidad;
- el NIMA del centro;
- el número del expediente utilizado;
- el procedimiento mediante el que se presentó la documentación;
- el procedimiento que considera correcto;
- una breve descripción del error.
- Error habitual:
- Elegir el procedimiento por el nombre del documento que se desea presentar sin comprobar antes si el centro está vinculado a una AAI o a una AAU.
Fecha de última modificación:
