Técnica/o de Igualdad
Gipuzkoa
— Responsable del diseño, planificación, coordinación, gestión y evaluación de planes, programas, proyectos y estrategias en materia de igualdad municipales, organismos autónomos y fundaciones.
— Diseño de planes, programas y proyectos en materia de igualdad.
— Desarrollo, seguimiento y evaluación de la planificación.
— Diseñar e impulsar medidas específicas de acción positiva.
— Incorporar la perspectiva de género en las políticas, programas y servicios específicos dirigidos a garantizar la igualdad de mujeres y hombres en los ayuntamientos, organismos autónomos y fundacione.
— Impulso y seguimiento del proceso de empoderamiento de las mujeres de Lezo.
— Asesorar en materia de igualdad de mujeres y hombres y de la asociación LGTB a los departamentos y demás entidades y órganos dependientes del Ayuntamiento de Lezo.
— Realizar propuestas para la creación y/o adecuación de programas, servicios específicos y recursos para garantizar la igualdad de mujeres y hombres y la igualdad de la asociación LGTB.
— Identificación de posibles situaciones de discriminación en el ámbito correspondiente y diseño e impulso de medidas para su eliminación.
— Diseño de acciones de sensibilización y formación en materia de igualdad de mujeres y hombres y LGTB para el personal adscrito al Ayuntamiento, organismos autónomos y fundaciones, así como para la ciudadanía.
— Sensibilización en la atención a la orientación sexual y a la diversidad de identidades.
— Promoción y dinamización de asociaciones de mujeres y redes ciudadanas en materia de igualdad.
— Impulsar y proponer la prestación y adecuación de servicios socio-comunitarios que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de mujeres y hombres.
— Responsabilizarse de la dinamización de la Comisión Técnica para la Igualdad compuesta por responsables departamentales y apoyar a los responsables departamentales en la elaboración de propuestas en los grupos de trabajo en las materias propias de sus áreas.
— Realizar labores de dinamización y dirección de la mesa de coeducación creada entre el Ayuntamiento, los centros escolares de la localidad, el Berritzegune, Osakidetza y el Departamento de Salud, atendiendo especialmente las necesidades específicas (formación, organización de iniciativas, diseño y desarrollo de programas) relacionadas con el tema por parte de los miembros de los servicios municipales participantes (Kuadrillategi, Kale Hezkitzaileak, Kirola).
— Establecer relaciones con instituciones públicas, entidades y asociaciones en materia de igualdad y en el trabajo del departamento para la igualdad.
— Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, en coherencia con la categoría de su puesto de trabajo, con sus capacidades y aptitudes profesionales.
Diplomatura o título superior / grado.
Curso de formación en materia de igualdad de mujeres y hombres de al menos 150 horas de duración y certificado por un órgano oficial (universidad o administración pública).
Perfil lingüístico: 4. preceptivo, fecha preceptividad: vencida.
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de algún otro Estado en que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europa, siempre que no esté separado de Derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de Derecho, sean estos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas (artículo 57 RDL 5/2015).
c) Formular solicitud previa
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la escala o categoría laboral a la que se pretende acceder.
e) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios o categorías de personal laboral.
g) En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
h) Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en las correspondientes bases específicas. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
i) Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
j) Acreditar dentro del proceso selectivo estar en posesión del Perfil Lingüístico requerido para el puesto (en el caso de personal laboral) o para el puesto vinculado a la plaza (en el caso de plazas reservadas a personal funcionarial) a los que se desea optar, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil del correspondiente proceso selectivo.
k) No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.
l) Haber satisfecho la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal, correspondiente al proceso y escala o categoría laboral al/a la que concurra y cuyo importe se detallará en las correspondientes bases específicas.
m) No ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de la misma escala, subescala o categoría en el Ayuntamiento convocante.
n) Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas.
Requisitos específicos:
Curso de formación en materia de igualdad de mujeres y hombres de al menos 150 horas de duración y certificado por un órgano oficial (universidad o administración pública).
www.lezo.eus.
En caso de optar por la presentación electrónica deberá disponer de un medio de identificación y firma electrónica admitidos en la sede.
En la oficina de registro y atención ciudadana del Ayuntamiento, sita en la Plaza de Santo Cristo.
Tema 1. Normalización lingüística del uso del euskera en la administración pública: principios generales. Los derechos de los ciudadanos y deberes de los poderes públicos en materia lingüística. El euskera en la Administraciones Públicas Vascas. Provisión de puestos: Los perfiles lingüísticos y su preceptividad.
Tema 2. Igualdad de mujeres y hombres: Ley 4/2005, de 18de febrero: Título preliminar. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las Administraciones Públicas vascas.
Tema 3. El régimen local español: La administración local en la Constitución Española. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: Disposiciones generales. El municipio: organización. La provincia:competencias.
Tema 4. Estatuto Básico del Empleado Público: Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.
Tema 6. Estatuto Básico del Empleado Público: Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional.
Tema 7. Estatuto Básico del Empleado Público: Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Disposiciones generales. Los interesados en el procedimiento.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:La actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 10. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:Los actos administrativos.
Tema 11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:Las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
Tema 12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:La revisión de los actos en vía administrativa.
Tema 13. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídicodel Sector Público: Disposiciones generales, principiosde actuación y funcionamiento del sector público.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del ParlamentoEuropeo y del Consejo 2014/23/UE y2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Disposiciones generales.
Tema 15. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Los contratos de las Administraciones Públicas: Las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas: La preparación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 16. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Los contratosde las Administraciones Públicas: Las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas: La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 17. Normativa presupuestaria. Los presupuestos generales. Principios, contenido, estructura, elaboracióny aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones. Gestión y ejecución de gastos. Liquidación y prórroga de los presupuestos.
Tema 18. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Disposiciones generales.
Tema 19. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones.
Tema 20. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno:Transparencia de la actividad pública. Buen gobierno.
Tema 21. Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre: Disposiciones generales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas. Derechos digitales. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos): Disposiciones generales. Principios. Derechos del interesado.
Tema 22. Atención a la ciudadanía: Comunicación oral. Comunicación y atención en persona y por teléfono: avisos, información, peticiones, acompañamiento, desvío de llamadas, etc. Criterios generales. La comunicación no verbal.
Tema 23. Norma Foral 2/2015 para la igualdad de mujeres y hombres: Competencias y funciones, organización y financiación.
Tema 24. Norma Foral 2/2015 para la igualdad de mujeres y hombres: Políticas específicas para la igualdad de mujeres y hombres.
Tema 25. Norma Foral 2/2015 para la igualdad de mujeres y hombres: Vidas libres de violencia machista.
Tema 26. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título II: Políticas públicas parala igualdad.
Tema 27. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
Tema 28. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título V, Cap. I: El principio de igualdad en el empleo público.
Tema 29. Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género: principios rectores.
Tema 30. Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género: Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tema 31. VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres en la CAE: Estructura.
Tema 32. VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres en laCAE: Sistema de gestión.
Tema 33. Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer: fines, objetivos y funciones.
Tema 34. Comisión interinstitucional para la igualdad de mujeresy hombres: funciones y composición (Decreto5/2007, de 16 de enero, modificado por Decreto 6/2014, de 4 de febrero).
Tema 35. Situación de mujeres y hombres en la CAE en el ámbito del empleo. Marco explicativo de la brecha salarial de género.
Tema 36. Usos diferenciados del tiempo por parte de mujeres y hombres.
Tema 37. El fenómeno de la feminización de la pobreza.
Tema 38. Empleo y trabajo: marco conceptual.
Tema 39. Conciliación y corresponsabilidad: concepto, relación y diferencias.
Tema 40. Trabajo doméstico y de cuidados y su contribución al sostenimiento económico y social.
Tema 41. Trabajo de cuidado de personas y su incidencia en las desigualdades de mujeres y hombres.
Tema 42. Los cuidados como una responsabilidad social: papel de los poderes públicos, de los agentes del ámbito laboral y de los hogares.
Tema 43. Casas de las mujeres: ¿Qué son? ¿Cuál es su objetivo y función a nivel local?
Tema 44. Escuelas de empoderamiento y casas de las mujeres: similitudes y diferencias.
Tema 45. Casas de las mujeres en Gipuzkoa: localización y modelos de gestión.
Tema 46. Participación social de las mujeres: situación actual.
Tema 47. Medidas para promover la participación social de las mujeres.
Tema 48. Comisión Consultiva de Emakunde: funciones y participantes.
Tema 49. Uso no sexista del lenguaje. Recomendaciones generales y pautas de utilización.
Tema 50. Importancia del lenguaje en la construcción de la identidad personal y social.
Tema 51. Papel de la Diputación Foral de Gipuzkoa en el fomento de las políticas locales para la igualdad.
Tema 52. Programa Berdin bidean para la promoción de políticas locales para la igualdad en Gipuzkoa.
Tema 53. Berdinsarea - Red de municipios vascos por la igualdad y contra la violencia machista hacia las mujeres.
Tema 54. II Acuerdo interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres que sufren maltrato doméstico y agresiones sexuales en la CAE: funciones y participantes.
Tema 55. Violencia machista contra las mujeres: origen, concepto y tipología.
Tema 56. Servicios de la C.A.V. de atención a mujeres que enfrentan violencia sexista.
Tema 57. Papel de las casas de las mujeres en la prevención, detección y atención a la violencia machista contralas mujeres.
Tema 58. Protocolo de respuesta territorial ante casos de violencia machista contra mujeres en Gipuzkoa: objetivo y escenarios.
Tema 59. III plan de igualdad de Lezo
Tema 60. Protocolo de actuación y coordinación interinstitucional para la mejora de la atención a mujeres víctimas de violencia machista Ayuntamientos de Lezo y Pasaia.
Tema 61. Guía para impulsar el lenguaje inclusivo en el Ayuntamientode Lezo. Guía para el uso incluyente de imágenes y mensajes del Ayuntamiento de Lezo.