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Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo. Proceso excepcional de consolidación de empleo (Concurso)

24/05/2022 - 22/06/2022
Resumen
¿Quién oferta?:
Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
Plaza:
Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo. Proceso excepcional de consolidación de empleo (Concurso)
Puesto:
Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo
Nº Plazas:
181
Distribución de plazas:

a.- Modalidad de acceso general: 173

Sin exigencia de perfil lingüístico: 8

Con exigencia de perfil lingüístico 2: 152

Con exigencia de perfil lingüístico 3: 13

b.- Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 8

Con exigencia de perfil lingüístico 2: 6

Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2

Información de los puestos ofertados (PDF, 419 KB)

Listado de plazas ofertadas (PDF, 1 MB)

Listado de plazas ofertadas (XLSX, 28 KB)

Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
C1
Funciones y tareas:
  • Tramitación de expedientes. Expedientes referidos a contratos, sanciones, facturas, gastos, avales, ayudas, contratos de personal, nómina etc.
  • Elaboración y aporte de información. Recopilar y ordenar información con criterio para facilitar la toma de decisiones o la elaboración del informe técnico. También implica la responsabilidad de solicitar en forma y plazo de la documentación o información necesaria para la tramitación de los expedientes del servicio.
  • Registro y mantenimiento de ficheros. La trascendencia administrativa de los plazos que se inician a partir del acto administrativo del registro, la entrada etc., adquiere especial responsabilidad en estos puestos.
  • Formalizar documentación, diseñar formularios o formas de recogida de información que estandarizan formas de proceder y facilitan el almacenaje, registro y custodia de información.
  • Por último, está el cotejo de información, no la mera constatación de igualdad o desigualdad, sino la comprobación de validez de algo, bien sea de la documentación o de la veracidad de los datos. Además, este puesto aporta certificación de tal cotejo con toda la trascendencia administrativa y legal que tal hecho puede tener.
Titulación:

Título de Bachiller o el título de Técnico o equivalente

Perfil lingüístico:

En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 1, 2 y 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.

Otros requisitos:
  1. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuges de nacionales de estados miembros de la Unión Europea, siempre que no haya separación de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no haya separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo o escala al que se pretende acceder.
  3. Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  4. No haber sido objeto de sanción de separación del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, en el que hubiese sido sujeto de separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o en situación equivalente ni haber sido objeto de sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público, en los mismos términos.
  5. Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en las correspondientes bases específicas. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  6. No incurrir en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
  7. Haber satisfecho la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal, correspondiente al proceso y cuerpo y escala al que concurra y cuyo importe se detallará en las correspondientes bases específicas.
  8. No ser personal funcionario de carrera del mismo cuerpo y escala.
  9. Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas. 

Determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:

  • Permiso de conducir B.
  • Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
  • Conocimientos de francés a nivel de certificado de nivel intermedio B1.
  • Conocimientos de inglés a nivel de certificado de nivel intermedio B1.

Los requisitos citados deberán ser alegados mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos, excepto los conocimientos de francés e inglés, cuya alegación se realizará en los términos recogidos en el apartado 9.7 de las bases generales. 

Observaciones:

El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:


a) Experiencia general.


Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado en Cuerpos, Escalas o categoría de Administrativo del subgrupo C1 o en puestos adscritos a los mismos, con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,104 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 15 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.

b) Experiencia específica.


De manera específica diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorará la experiencia específica.
A cada persona aspirante se le asignarán dos valoraciones diferentes a su experiencia específica alegada. La primera será aplicada para la adjudicación de los puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 18 y la segunda será aplicada para la adjudicación de los puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 20.
En ambos casos, el valor de la experiencia específica, con un máximo de 45 puntos, vendrá determinado por la aplicación de las normas que a continuación se detallan:

b.1) Valoración de la experiencia específica para puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 18. Se valorarán los siguientes servicios prestados:


– Con nombramiento en la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
– Con nombramiento en el Cuerpo Administrativo, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
– Con relación laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la CAE asimiladas a dicha Escala.
– En puestos adscritos al Cuerpo Administrativo en la relación de puestos de trabajo vigente en el momento de la convocatoria.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,312 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 45 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 15 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.

b.2) Valoración de la experiencia específica para puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 20. Vendrá determinada por la suma de las puntuaciones resultantes de la aplicación de las reglas contenidas en los apartados siguientes.

i. A razón de 0,194 por mes trabajado hasta un máximo de 28 puntos los siguientes servicios prestados:


– Con nombramiento en la Escala Administrativa de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
– Con nombramiento en el Cuerpo Administrativo, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
– Con relación laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la CAE asimiladas a dicha Escala.
– En puestos adscritos a la Cuerpo Administrativo en la relación de puestos de trabajo vigentes en el momento de la convocatoria.

Ii. Adicionalmente se valorarán a razón de 0,118 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 17 puntos los servicios prestados del apartado (i) anterior en puestos de trabajo con complemento de destino 20 adscritos al Cuerpo Administrativo siguientes:


– Administrativo/a Contabilidad.
– Administrativo/a Personal.
– Agente Zuzenean.
– Técnico/Técnica Administrativo General.
– Administrativo/a de Gestión.
El cómputo en todos los casos se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 15 años que cumplan los requisitos exigidos para cada uno de los tipos de experiencia y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.

c) Titulaciones y superación de pruebas en procedimientos de acceso a la condición de funcionario de carrera o laboral fijo y pertenencia a las bolsas de trabajo.
Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos los siguientes méritos:

c.1) Titulaciones, hasta un máximo de 20 puntos.

A razón de 10 puntos por título hasta un máximo de 20 puntos los siguientes títulos:

– Técnico/Técnica Superior Comercio Internacional.
– Técnico/Técnica Superior Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
– Técnico/Técnica Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red.
– Técnico/Técnica Superior de Transporte y Logística.
– Técnico/Técnica Superior Servicios al Consumidor.
– Técnico/Técnica Superior Asistencia a la Dirección
– Técnico/Técnica Superior Administración y Finanzas.
– Técnico/Técnica Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales
– Diplomatura en Gestión y Administración Pública

A razón de 5 puntos por título hasta un máximo de 10 puntos, los siguientes títulos:

– Técnico superior en formación profesional en las especialidades no mencionadas en el apartado anterior.
– Cualquier grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica no mencionadas en el apartado anterior.

c.2) Por la superación de pruebas en procedimientos de acceso la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo Administrativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, celebrados desde el año 2000, incluido, se valorará con un máximo de 20 puntos:


– Superación de la fase oposición: 20 puntos.
– Superación del primer ejercicio de la fase oposición: 15 puntos siendo esta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.

c.3) Por formar parte de las bolsas de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos del Cuerpo Administrativo o asimiladas, se valorará con 15 puntos siendo ésta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.

d) Conocimientos de informática.


Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 12 puntos, a razón de 4 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft Power Point2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003/ avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en las bases generales. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, sólo se valorará uno de ellos.
A efectos de esta convocatoria, a quienes acrediten el nivel avanzado se les considerará, asimismo, acreditado el nivel básico.

e) Conocimientos de idiomas.


Se valorarán los conocimientos de inglés, francés y alemán en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia, hasta un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Nivel B2 o superior: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.

f) Conocimientos de euskera.


El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Perfil lingüístico 1: 6 puntos.
– Perfil lingüístico 2, 3 ó 4: 9 puntos

Admisión
Electrónica:

Acceso a la solicitud electrónica y seguimiento del proceso selectivo

(La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará a través del Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo–publico/,
siguiendo las instrucciones que se le irán indicando durante su cumplimentación, siendo necesario identificarse mediante uno de los medios admitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/), o mediante el usuario temporal que facilita la propia aplicación, una vez cumplimentada la solicitud. Dicho usuario temporal únicamente podrá utilizarse para la consulta de la solicitud. Para el resto de trámites, será necesario disponer de uno de los medios de identificación electrónica admitidos.

La solicitud por vía electrónica se podrá realizar también en los centros públicos KZ–Gunea del Gobierno Vasco. El listado de centros KZ–Gunea y su ubicación se encuentra disponible en la dirección www.kzgunea.eus.)

 

Presencial:

Solicitando cita previa en las siguientes dependencias del IVAP:
Horario lunes a viernes 08:30-14:00

  • Duque Wellington, 2. 01010 Vitoria–Gasteiz
  • Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
  • San Bartolomé, 28. 20007 Donostia-San Sebastian

Solicitud de cita previa:

 

Convocatoria