Oficial de cometidos múltiples
Bizkaia
Graduado ESO o equivalente
Perfil lingüístico 1, sin fecha de preceptividad
a) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o tener otra nacionalidad, que conforme a la normativa comunitaria vigente en España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se halla definida en el Tratado de la Unión Europea y normativa de desarrollo. También podrán ser admitidos, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación académica correspondiente al Graduado ESO o equivalente.
d) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B en vigor.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) No estar incursa en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
h) Haber abonado 10 euros, correspondientes a la tasa por derechos de examen prevista en la vigente ordenanza fiscal número 11, mediante ingreso en el número de cuenta ES84 2095 0037 0091 1015 2165 consignando como concepto de ingreso los dos apellidos y la palabra «OT13»
Obligatorio aportar la documentación indicada en la base tercera de la convocatoria, junto con la solicitud cumplimentada del anexo II de dichas bases
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