Normativa
ImprimirORDEN de 2 de enero de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se publica la relación de escuelas infantiles del Consorcio Haurreskolak a las que se autoriza la impartición del primer ciclo de Educación Infantil.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Educación, Política Lingüística y Cultura
- Estado vigencia: Derogado
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 3
- Nº orden: 46
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 02/01/2015
- Fecha de publicación: 07/01/2015
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Educación
- Submateria: Asuntos sociales
Texto legal
Vistos los expedientes de las Escuelas Infantiles del Consorcio Haurreskolak, que figuran en los anexos de la presente Orden.
Resultando que los citados expedientes han sido informados por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19 de noviembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, el Decreto 297/2002, de 17 de diciembre (BOPV del 31 de diciembre), por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, la Orden de 10 de abril de 2008 (BOPV del 19 de mayo), del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se desarrolla la disposición final primera del citado Decreto 215/2004, de 16 de noviembre, y demás legislación aplicable en la materia,
Se deroga la Orden de 7 de enero de 2014 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se publica la relación de escuelas infantiles del Consorcio Haurreskolak a las que se autoriza la impartición del primer ciclo de Educación Infantil.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de enero de 2015.
La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.
(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)
Contenidos relacionados.
Historia normativa
- Derogada por: ORDEN de 4 de enero de 2016 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se publica la relación de escuelas infantiles del Consorcio Haurreskolak a las que se autoriza la impartición del primer ciclo de Educación Infantil.
- Deroga: ORDEN de 7 de enero de 2014 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se publica la relación de escuelas infantiles del Consorcio Haurreskolak a las que se autoriza la impartición del primer ciclo de Educación Infantil.