Departamento de Cultura y Política Lingüística

XXVII Juegos deportivos escolares - Piragüismo 2008


Normativa Piragüismo 2008

La dirección de Deportes del Gobierno Vasco en colaboración con la Federación Vasca de Piragüismo organizará los XXVII JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI el día 31 de mayo del 2008 en el río Urumea de Donostia de acuerdo a la siguiente normativa:

1. MODALIDADES
Kayak masculino (k-1), kayak femenino (k1) y canoa(c-1).

2. CATEGORIAS
Infantil A, nacidos y nacidas en el año 1994
Infantil B, nacidos y nacidas en el año 1995 

3. COMPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS
El carácter de estos juegos será abierto para todos y todas los escolares nacidos/as en los años indicados por acuerdo entre los territorios de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa, Nafarroa y las federaciones deportivas.

4. NORMAS DE JUEGO
Los dorsales se entregarán 1 hora antes del inicio de la prueba y deberán ser visibles en todo momento para los y las jueces y miembros de la organización.
La distancia a recorrer será de 3.000 m.
Todos  los y todas las participantes deberán ir provistos de chaleco salvavidas.

5. INSCRIPCIONES
Las inscripciones se realizarán a través de los servicios de deportes de las diputaciones forales correspondientes, antes del 16 de mayo de 2008.  

6. LUGAR
En el río Urumea de Donostia en frente de Mundaiz (Gipuzkoa).  

7. ORDEN DE REGATAS

  • 11:00 a 12:00    -   Confirmación de inscripciones
  • 1ª Regata 12:00h  K-1 Infantil A  chicos   3000m.
  • 12:05h  K-1 B y C-1 A y B Infantil chicos 3000m.
  • 2ª Regata 12:30h  K-1 A  y K-1 B infantil chicas 3000m.

La organización se reserva el derecho de poder efectuar algún cambio por motivos justificados: como número de participantes en las distintas categorías, siempre que se anuncie con media hora de antelación.

8. PREMIOS DEPORTIVOS
Se entregarán medallas correspondientes a los tres primeros clasificados y primeras clasificadas por categoría y modalidad.
Habrá subvenciones para todos los Clubes participantes proporcionales a kilometraje (lugar de origen) y número de participantes.

9. ANTE CUALQUIER IMPREVISTO.
Ante una lesión o cualquier imprevisto se tendrá que comunicar de forma inmediata a la persona responsable designada por la organización que se encuentre en la instalación. Esta persona dirigirá los pasos a desarrollar.

10. NOTA FINAL


Para todas las cuestiones que no estén incluidas en el presente reglamento se tendrán en cuenta:


a) Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.
b) La orden de 2 de julio de 1985 del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, por la que se regulan los Juegoa Escolares de Euskadi.
c) La orden de 29 de julio de 1985 del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco, sobre régimen disciplinario de las competiciones de Deporte Escolar.
d) La Orden de 20 de mayo de 1986 del Departamento de Cultura, por la que se modifica parcialmente la Orden de 02.07.85, reguladora de los Juegos Escolares de Euskadi.
e) Decreto 160/1990, de 5 de junio, sobre Deporte Escolar.
f) Decreto 337/1990, de 24 de agosto, de modificación del Decreto 169/1990.
g) Lo dispuesto por el Reglamento de la Federación Vasca de Piragüismo.

 

 


 

Fecha de la última modificación: 03/06/2008