Normativa
ImprimirDECRETO 218/2025, de 11 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Economía, Trabajo y Empleo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 227
- Nº orden: 5009
- Nº disposición: 218
- Fecha de disposición: 11/11/2025
- Fecha de publicación: 25/11/2025
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
- Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Departamentos
Texto legal
El 22 de noviembre de 2024, entró en vigor el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo dando cumplimiento a lo establecido en la disposición final primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 24 de junio de 2025, el Decreto 128/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de traspaso de funciones y servicios en materia de ejecución de la legislación laboral del Estado sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco.
El mismo día ha sido objeto de publicación el Decreto 127/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad del País Vasco de ampliación de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de función pública inspectora de la inspección de trabajo y seguridad.
El Decreto 128/2025, de 17 de junio, dispone en su artículo 1 que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma de 30 de mayo de 2025 de traspaso de funciones y servicios en materia de ejecución de la legislación laboral del Estado sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco, en los términos establecidos por el Real Decreto 511/2025, de 17 de junio, ordenando la publicación íntegra del citado real decreto en el Boletín Oficial del País Vasco como anexo al presente decreto.
Junto a lo anterior, en el artículo 2 se dispone que las funciones y servicios transferidos quedan adscritos al Departamento Economía, Trabajo y Empleo.
En virtud del citado anexo, se determinan las funciones y servicios que son transferidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral del Estado sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco.
Por lo tanto, se hace necesario adecuar el vigente Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo a la asunción de nuevas funciones por parte del departamento. Para ello, se precisa modificar el elenco de atribuciones que éste recoge para los delegados y delegadas territoriales de las Delegaciones Territoriales de Trabajo y Seguridad Social.
En su virtud, a propuesta del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, previa aprobación del lehendakari, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2025,
Se modifica el subapartado w) y se adiciona el subapartado x) al apartado 2 del artículo 18, que quedan redactados de la siguiente manera:
Gestionar, tramitar y resolver las autorizaciones iniciales de trabajo y para actividad de temporada de las personas extranjeras, sus renovaciones y modificaciones y, en su caso, los recursos interpuestos contra las mismas; así como la ejecución de la gestión colectiva de las contrataciones en origen y la ejecución de las funciones atribuidas en las situaciones excepcionales de arraigo sociolaboral y socioformativo.
En general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente y las que expresamente se les deleguen.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de noviembre de 2025.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo,
MIGUEL TORRES LORENZO.
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Historia normativa (3)
- Véase: DECRETO 128/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de traspaso de funciones y servicios en materia de ejecución de la legislación laboral del Estado sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco.
- Véase: DECRETO 127/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de ampliación de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de función pública inspectora de la inspección de trabajo y seguridad social.
- Modifica: DECRETO 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.