Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Comisión permanente sectorial de mayores

CREACIÓN

El Decreto 124/2006, de 13 de junio, del Consejo Vasco de Bienestar Social, en su artículo 2 establece la composición del Consejo Vasco de Bienestar Social (creado por la Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales) y entre los órganos colegiados que lo integran, se encuentran las Comisiones Permanentes Sectoriales. El artículo 13 se refiere a dichas comisiones: Para el tratamiento sectorial de determinadas materias que constituyen en sí mismas un ámbito de actuación dentro de los servicios sociales, podrán constituirse, por acuerdo del Pleno del Consejo Vasco de Bienestar Social o por disposición normativa, Comisiones Permanentes Sectoriales. Aquellas que se constituyan por acuerdo del Pleno tendrán la composición y funciones que este mismo determine.

En aplicación de lo anterior, se constituyó la Comisión Permanente Sectorial de Mayores y mediante acuerdo del Pleno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, en su sesión de 27 de febrero de 2007 (pdf 63,42Kb), este órgano determinó su composición y funcionamiento.

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, respecto al Consejo Vasco de Bienestar Social, señala la Disposición Transitoria Quinta que a la entrada en vigor de la presente ley, el Consejo Vasco de Bienestar Social pasará a denominarse Consejo Vasco de Servicios Sociales, siéndole de aplicación la normativa reguladora de aquél en todo cuanto no contradiga lo previsto en la presente ley. Y además, a la hora de definir el redenominado Consejo (artículo 48), posibilita la creación en su seno de consejos sectoriales, algunos de ellos de necesaria constitución, como es el caso del de mayores.

COMPOSICIÓN

Acuerdo del Pleno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, en su sesión de 27 de febrero de 2007

FUNCIONES

Acuerdo del Pleno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, en su sesión de 27 de febrero de 2007

FUNCIONAMIENTO

Acuerdo del Pleno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, en su sesión de  27 de febrero de 2007

LEGISLACIÓN

art. 48 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales

Decreto 124/2006, de 13 de junio, del Consejo Vasco de Bienestar Social

ACTIVIDADES

 

 

Fecha de última modificación: