ISV Inversión 2027 - Ayudas a inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización - Comunicación previa
[ISV Inversión 2027 Comunicación previa]
- Organismo:
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca
- Estado:
Descripción
Objeto
¿Qué es la COMUNICACIÓN PREVIA?
Consiste en un paso anterior a la presentación de la solicitud formal de las ayudas ISV 2027. Pero los detalles de la convocatoria, plazos y documentación oficial se especificarán en la Orden de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
¿Para qué sirve?
Permite a los promotores de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, iniciar proyectos de forma urgente antes de la convocatoria oficial de las ayudas ISV 2027. Pero para ello los promotores de las inversiones no podrán iniciar los proyectos hasta que previamente se haya realizado el correspondiente ACTA DE NO INICIO. Esta actuación de la Administración consiste en comprobar que en el día que se levanta el acta no se han llevado a cabo las inversiones que serán objeto de solicitud de ayuda.
Esta comunicación previa NO SUSTITUYE a la solicitud de ayuda que se deberá presentar dentro del plazo que legalmente se establezca en la correspondiente Orden de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
NOTA IMPORTANTE: Todos los proyectos de inversión, no podrán ser iniciados antes del acta de no inicio.
Organismos
Organismo que convoca
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Política e Industria Alimentaria
Organismo financiador/cofinanciador
- Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
Comunicación previa
El plazo final de solicitud se fijará en la Orden de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
Se ha habilitado un formulario básico de comunicación previa a la publicación de la correspondiente convocatoria. La admisión de la comunicación previa queda supeditada al levantamiento de un acta que certifique la situación de las inversiones.
Si la comunicación previa se realiza mediante representante, se deberá acreditar la representación conforme a lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, ha de tenerse en cuenta que tanto el plazo final de solicitud como el resto de los detalles de la convocatoria, incluida la documentación a presentar y los datos de la solicitud oficial, así como el modo de realizarla, serán los que se fijen en la Orden de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca por la que se convocarán las ayudas a inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
- Los trámites posteriores a la solicitud se realizan a través de MI CARPETA
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
- Se debe justificar la urgencia de la inversión.
- La admisión de la comunicación previa está sujeta a la certificación del no inicio de las inversiones mediante un acta.
- Independientemente de la urgencia de realizar las inversiones, éstas no podrán iniciarse antes de la fecha del acta de no inicio.
Antes de comenzar:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital.
Después, acceda al servicio electrónico, mediante el siguiente botón, y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. - A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
