Programa de ayudas a empresas que realicen inversiones productivas que permitan diversificar líneas de negocio, productos, servicios y mercados, con un enfoque en el crecimiento sostenible y la mejora de la competitividad de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, Programa Dibertsifika 2026.

[Dibertsifika 2026]

Descripción


Objeto

Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, y adoptarán la forma de subvenciones a fondo perdido a empresas que realicen inversión productiva en proyectos de diversificación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:

  • Inversiones productivas dirigidas a la diversificación de la actividad de la empresa hacia nuevas líneas de negocio, productos, servicios y mercados.
  • Inversiones productivas que impulsen al crecimiento y la mejora de la productividad y competitividad de la empresa.

Dotación presupuestaria

39.000.000,00 €

Prestación económica

Modalidades de ayudas

EFECTO INCENTIVADOR: La inversión no podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.

HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante el siguiente año natural, en función de sus características y de sus planes empresariales.

INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA: Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 1.500.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000 € y mantenimiento de empleo.

RECURSOS PROPIOS de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.

EMPRESA. Tanto las inversiones como el mantenimiento de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, en el caso de que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión y mantenimiento de empleo.

Tipo de ayuda

Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, adoptarán la forma de subvenciones a fondo perdido y ascenderán a los siguientes porcentajes:

1.– En Zona Margen Izquierda Ampliada, la intensidad de la subvención será del 10% de la inversión susceptible de apoyo. Esta cuantía podrá verse incrementada según la tipología de empresa beneficiaria, o por estar encuadrada en el sector estratégico, de la siguiente manera:

● Por tipología de empresa:

– Pequeña empresa: +20%

– Mediana empresa: +10%

● Por estar encuadrada en el sector estratégico:

– Por sector estratégico HAZI: +2%

– Por sector estratégico IRABAZI: +1,5%

● Por proyecto con carácter transformador: +3%

2.– En zonas no incluidas en el apartado anterior la intensidad de la subvención será del 15% de la inversión susceptible de apoyo, si son Pequeñas empresas y del 5% si son medianas empresas, cuantías que podrán incrementarse si están encuadradas en el sector estratégico, de la siguiente manera:

– Por sector estratégico HAZI: +2%

– Por sector estratégico IRABAZI: +1,5%

– Por proyecto con carácter transformador: +3%

3.– En ningún caso se superarán las intensidades máximas permitidas por RGEC.

Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 1.000.000,00 euros por empresa.

A quién va dirigido


Empresas

Empresas Beneficiarias

  1.  Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente Orden las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial incluyendo, las de servicios logísticos, y excluido el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se encuentren dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  2. Podrán ser beneficiarias las Grandes Empresas que cumplan con la característica de ser industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial incluyendo, las de servicios logísticos, excluido el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    - Así, la Zona Margen Izquierda Ampliada la incluida en la Decisión de la Comisión (17.03.2022) sobre Ayuda Estatal nº SA 100859 (2021/N) que aprueba el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España es la siguiente: Abanto y Ciérvana – Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Karrantza Harana/Valle de Carranza, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios – Turtzioz, Valle de Trápaga - Trapagaran, Zierbena.

Empresas Excluidas

  • No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas en quienes concurra cualquiera de las prohibiciones descritas en la Base 4 de la presente convocatoria. 

Requisitos

Organismos


Organismo que convoca

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Consejero/a de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Organismo que resuelve

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Viceconsejería de Promoción Industrial

Información de contacto


GOBIERNO VASCO - Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Dirección de Desarrollo y Administración Industrial

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63 - 945 01 82 35 - 945 01 99 49

E-mail:  Info-direccionindustria@euskadi.eus ;  j-echezortu@euskadi.eus;  ro-murillas@euskadi.eus

 

SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial

Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Tfno.: 944 037 040 e-mail: icuetara@spri.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

12654602

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día xxxx.

Solicitud Telemática

Las empresas que, de conformidad con lo establecido en esta Orden, reúnan las condiciones para poder acceder a las subvenciones previstas deberán presentar una solicitud y la documentación recogida en las bases 13 y 14.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios