Becas para proyectos de investigación relacionados con los fondos de archivo y el patrimonio documental conservado en el Archivo Histórico de Euskadi 2026
[ADI 2026]
- Organismo:
- Cultura y Política Lingüística
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para proyectos de investigación relacionados con el patrimonio documental depositado en el Archivo Histórico de Euskadi.
Dotación presupuestaria
40.000Prestación económica
La cuantía máxima de cada una de las becas concedidas conforme a las presentes bases reguladoras será de 10.000,00 euros brutos.
Forma de pago:
El abono de las becas concedidas se realizará en dos partes: la primera, por un importe del 50% del total, en el momento de la aceptación de la beca; y la segunda, por el 50% restante, tras la entrega del trabajo de investigación y previa aprobación de dicho trabajo por la persona responsable del seguimiento del trabajo final resultado de la investigación becada.
La cuantía máxima de cada una de las becas concedidas conforme a las presentes bases reguladoras será de 10.000,00 euros brutos.
El abono de las becas concedidas se realizará en dos partes: la primera, por un importe del 50% del total, en el momento de la aceptación de la beca; y la segunda, por el 50% restante, tras la entrega del trabajo de investigación y previa aprobación de dicho trabajo por la persona responsable del seguimiento del trabajo final resultado de la investigación becada.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos
- Estar en posesión de título de grado universitario o postgrado cuyo ámbito de conocimiento esté relacionado con la conservación, investigación y puesta en valor del patrimonio documental. En su defecto, podrán ser también personas beneficiarias de estas becas las personas que, sin hallarse en posesión del título de dicho grado o posgrado, se encuentren matriculadas en el último año de este, en todas las asignaturas del mismo.
- No haber sido beneficiaria anteriormente de beca para el desarrollo de algún proyecto de investigación relacionado con el patrimonio documental conservado en el Archivo Histórico de Euskadi
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias a que hace referencia el apartado 2 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No estar incursa en ninguna prohibición que le inhabilite para obtener subvenciones, recursos o fondos públicos, por LGTBIfobia, su incitación o promoción, incluida la promoción o realización de terapias de conversión, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal
Organismo que resuelve
- Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura
Solicitud y aportación de documentación
Cada persona solicitante podrá realizar una única solicitud de beca. La presentación de una nueva solicitud por quien ya tuviera una previamente registrada anteriormente comportará automáticamente el desistimiento de esta y la finalización del procedimiento respecto de la misma a cuyo efecto se dictará la oportuna resolución de desistimiento en los términos legalmente establecidos
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Documentación para la solicitud
-
La Dirección de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal, a través de sus servicios de interoperabilidad recabará dichos documentos directamente de los órganos competentes. En caso de que la persona interesada se oponga a ello deberá aportar por si misma las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de la beca.
- Estar en posesión de título de grado universitario o postgrado cuyo ámbito de conocimiento esté relacionado con la conservación, investigación y puesta en valor del patrimonio documental. En su defecto, podrán ser también personas beneficiarias de estas becas las personas que, sin hallarse en posesión del título de dicho grado o posgrado, se encuentren matriculadas en el último año de este, en todas las asignaturas del mismo.
- No haber sido beneficiaria anteriormente de beca para el desarrollo de algún proyecto de investigación relacionado con el patrimonio documental conservado en el Archivo Histórico de Euskadi
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias a que hace referencia el apartado 2 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No estar incursa en ninguna prohibición que le inhabilite para obtener subvenciones, recursos o fondos públicos, por LGTBIfobia, su incitación o promoción, incluida la promoción o realización de terapias de conversión, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un certificado electrónico
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Ley 39/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Tres meses
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros gestiona los pagos de la Administración de la CAE y sus Organismos Autónomos. Esta aplicación permite a los usuarios consultar, modificar y dar de alta sus datos bancarios.
En el caso de alta o modificación, una vez validada por la aplicación, recibirá un correo electrónico o SMS. - El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
- Para utilizar este servicio es necesario que el usuario esté identificado. Para ello puede emplear alguno de los certificados digitales admitidos por el Gobierno Vasco.
- El alta o modificación de datos en el registro de terceros, la deberá realizar el propio interesado por medios electrónicos, o un representante en su nombre, siempre y cuando este último esté dado de alta en el Registro Electrónico de Apoderamientos del Gobierno Vasco.
Justificación
- Memoria justificativa del cumplimiento del objeto del programa subvencionado.
- El resultado de la investigación objeto de la beca en formato Word.
- Justificante de haber solicitado la inscripción del trabajo de investigación en el registro de la Propiedad Intelectual.
- Relación de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, no notificadas en el momento de presentación de la solicitud
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.