Subvenciones a centros municipales de enseñanzas musicales (2023).

[MUSIKA-UDAL]

Descripción


Objeto

Convocar subvenciones para contribuir a la financiación de los costes referidos al curso académico 2022-2023 de los conservatorios de titularidad municipal, que imparten enseñanzas regladas de música (enseñanzas elementales y enseñanzas profesionales), y de las escuelas de música municipales, reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre.

Dotación presupuestaria

13.600.000 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de las subvenciones se realizará mediante un único pago, tras la firma del convenio señalado en el artículo 9, y una vez transcurrido el plazo señalado en el apartado 1 del artículo 19.

A quién va dirigido


Entidades locales

Podrán participar en la presente convocatoria las entidades locales titulares de centros de enseñanza musical de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos:

  • Ser entidad titular de los siguientes centros de enseñanzas musicales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, existentes a la entrada en vigor de la LEY 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, que figuren inscritos como tales en la sección específica del Registro de Centros Docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

  • Acreditar suficiente poder de representación

Requisitos

  • No hallarse comprendida la entidad solicitante en ninguna de las circunstancias prevenidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para la obtención de la condición de beneficiaria
  • No encontrarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Quedan excluidas las empresas con deudas a la UE sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, así como las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31.07.2014)
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1041008

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Viceconsejera de Educación dictará y notificará resolución en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente Orden.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Convenio


PLAZO SUSCRIPCIÓN CONVENIO: 

La aceptación de la subvención concedida se formalizará con la suscripción del convenio señalado en el Anexo VI, entre el Departamento de Educación y las entidades locales titulares de las escuelas y conservatorios subvencionados, en el plazo de 10 días a partir de la notificación electrónica de la resolución a los interesados.

 

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites