Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios para el curso académico 2022-2023.

[NOUNI]

Descripción


Objeto

Convocar y aprobar las bases de las siguientes becas y ayudas:

1.- Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, y Enseñanzas  elementales de música y danza para el curso académico 2022-2023, conforme a las bases contenidas en el Capítulo I de esta Orden.

2.- Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles de Enseñanzas postobligatorias no universitarias para el curso académico 2022-2023, conforme a las bases contenidas en el Capítulo II de esta Orden.

3.- Los artículos referidos al procedimiento común de aplicación a las becas y ayudas objeto de esta Orden se recogen en el Capítulo III.

Dotación presupuestaria

62.500.000 (euro)

Prestación económica


Forma de pago:

El pago de las ayudas, se hará de una sola vez en el plazo de un mes contado a partir de la correspondiente resolución definitiva por parte de la Directora de Gestión Económica.

Información adicional

A quién va dirigido


Alumnado de niveles no universitarios

Requisitos:

  • Estar matriculados en alguna de las enseñanzas establecidas en los artículos 1 y 6 de la presente Orden en centros autorizados y ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • No estar en posesión, o no reunir los requisitos legales para la obtención, de un título del mismo o superior nivel académico al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.
  • Cumplir los umbrales de renta y patrimonio.
  • Cumplir requisitos académicos.

Requisitos

  • Los estudios comprendidos en la presente convocatoria tendrán que gozar de reconocimiento oficial, y ajustarse a planes de estudios aprobados por la administración educativa.
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Administración y Servicios > Dirección de Gestión Económica

Información de contacto


 

Código

0168707

Solicitud


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Acceso al formulario de solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución y notificación de las ayudas se realizará en un plazo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aportación de documentación requerida


 

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites