Ayudas para el sostenimiento del subsector del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco

[Eperhogar22]

Descripción


Objeto

Establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa a los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las microempresas y pequeñas empresas, y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.

Esta línea de ayudas, se orienta a paliar la situación de pérdida económica directa de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista de Euskadi, que en un contexto de dificultad sobrevenido por la situación bélica actual han visto cómo su actividad comercial se ha visto seriamente afectada.

Dotación presupuestaria

15.000.000

Prestación económica

La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022, según la siguiente tabla:

• Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros

• Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 3.000 euros

En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.

Sólo se admitirá la adscripción del mismo trabajador a un único establecimiento comercial.

 

Forma de pago:

El abono se realizará en un único pago tras la concesión y aceptación expresa de la Resolución de concesión

A quién va dirigido


Empresario individual o autónomo

Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles

Las micro y pequeñas empresas

Requisitos

  • Las personas y entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos con anterioridad al 24 de febrero de 2022, fecha de inicio del conflicto bélico en Ucrania:

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto



 

Consultas sobre la ayuda en general:

  •  Horario: De 09:00 a 14:00h de lunes a viernes
  •  Teléfono: 945.01.77.50
  •  Correo electrónico: ayudas_eperhogar@euskadi.eus

Consultas sobre la aplicación informática:

  •  Teléfono: 945.01.68.38

 

 

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1112902

Solicitud y aportación de documentación


Se deberá aportar junto a la solicitud, la siguiente documentación con anterioridad al 24 de febrero de 2022:

1. “Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización” y en caso de trabajador autónomo “Informe de vida laboral”

2.– Escrituras de constitución de la empresa y posteriores modificaciones las personas jurídicas.

3.– Contrato de constitución, las comunidades de bienes y las sociedades civiles.

4.– Impreso normalizado de representación legal voluntaria, si se desea otorgar la representación y no se desea utilizar el Registro Electrónico de Representantes.

5.- Declaración responsable.   

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 27 de junio de 2022 a las 09:00 h y finalizará el 27 de julio de 2022 a las 08:59,99h.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada sea posterior a las 08:59,99 horas del último día de presentación de solicitudes.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de la ayuda, en caso de concederse, la entidad solicitante deberá encontrarse inscrita en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda, debiendo proceder a darse de alta o modificar sus datos bancarios si los mismos no constaran en el citado Registro, de forma telemática conforme a las instrucciones que constan en la dirección https://www.euskadi.eus/altaterceros-instrucciones

Otros trámites