Subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2020
[Subvenciones federaciones deportivas 2020]
- Organismo:
- Cultura y Política Lingüística
- Estado:
Descripción
Objeto
El Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, tiene por objeto regular el régimen de financiación de las federaciones deportivas mediante la concesión de subvenciones no reintegrables para sus programas deportivos anuales (BOPV nº 249, de 30 de diciembre de 2000). El artículo 3 del mencionado Decreto 287/2000 establece que anualmente, mediante Orden de la Consejera de Cultura, actualmente Consejero de Cultura y Política Lingüística se efectuará la correspondiente convocatoria para acogerse a las ayudas reguladas en el citado Decreto, en el que se concretará la dotación presupuestaria, el lugar y los plazos para la presentación de las solicitudes, la documentación que deben aportar las entidades solicitantes de las ayudas, la ponderación de los criterios de cuantificación de las ayudas así como el plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda.
Dotación presupuestaria
2.475.000Prestación económica
El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:
1.- A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:
a) Programa deportivo (55% de los puntos).
Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Competiciones deportivas oficiales en cuya organización colabore la federación.
- Actividades de formación deportiva.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente
b) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
c) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
d) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 1 a 3 deportistas: 2 puntos
- 4 a 6 deportistas: 4 puntos
- Más de 6 deportistas: 5 puntos
e) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva. (20% de los puntos).
f) Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (5% de los puntos)
g) Importe de la subvención concedida el año anterior para financiar sus programas deportivos.
3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.
Forma de pago:
El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:
1. – A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
2. – Una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, se efectuará un segundo libramiento equivalente al 25 % de la subvención del mencionado año.
3. – El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad solicitante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:
1.- A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:
a) Programa deportivo (55% de los puntos).
Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Competiciones deportivas oficiales en cuya organización colabore la federación.
- Actividades de formación deportiva.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente
b) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
c) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
d) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 1 a 3 deportistas: 2 puntos
- 4 a 6 deportistas: 4 puntos
- Más de 6 deportistas: 5 puntos
e) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva. (20% de los puntos).
f) Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (5% de los puntos)
g) Importe de la subvención concedida el año anterior para financiar sus programas deportivos.
3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.
El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:
1. – A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.
2. – Una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, se efectuará un segundo libramiento equivalente al 25 % de la subvención del mencionado año.
3. – El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad solicitante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
A quién va dirigido
Federaciones deportivas vascas
Requisitos
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2020.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
-
Certificación expedida por el secretario o secretaria de la correspondiente Federación, de cualesquiera otras ayudas solicitadas o que estime recibir la beneficiaria.
Con mencón de la entidad pública o privada, que las otorgue, así como importe y estado de la misma (denegada, pendiente de resolución, concedida)En caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado o percibido ninguna otra ayuda para los programas presentados a subvención.
-
Memoria explicativa del programa deportivo.
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Competiciones en cuya organización colabore la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
- Relación de deportistas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco) afiliados a la federación a fecha de publicación de la Orden.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación.
-Cursos de formación impartidos en euskara.
-Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
-Página Web en euskara.
-Atención al público en euskara.
-Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
-Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
-Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
-
Documento expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta en el que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva.
Así como la composición de la Junta Directiva, desagregada por sexo.
- Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria.
-
Certificado que incluya la documentación económica de la federación.
1. Balance a 31 de diciembre de 2019
2. Tesorería neta a 31 de diciembre de 2019
3. Deudas con entidades financieras a 31 de diciembre de 2019
4. Cuenta de beneficios/pérdidas de los dos últimos ejercicios.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte
Organismo que resuelve
- Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Presupuesto anual 2020
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2020.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
-
Certificación expedida por el secretario o secretaria de la correspondiente Federación, de cualesquiera otras ayudas solicitadas o que estime recibir la beneficiaria.
Con mencón de la entidad pública o privada, que las otorgue, así como importe y estado de la misma (denegada, pendiente de resolución, concedida)En caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado o percibido ninguna otra ayuda para los programas presentados a subvención.
-
Memoria explicativa del programa deportivo.
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Competiciones en cuya organización colabore la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
- Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
- Actividades de las selecciones deportivas.
- «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente.
- Relación de deportistas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco) afiliados a la federación a fecha de publicación de la Orden.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación.
-Cursos de formación impartidos en euskara.
-Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
-Página Web en euskara.
-Atención al público en euskara.
-Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
-Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
-Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
-
Documento expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta en el que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva.
Así como la composición de la Junta Directiva, desagregada por sexo.
- Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria.
-
Certificado que incluya la documentación económica de la federación.
1. Balance a 31 de diciembre de 2019
2. Tesorería neta a 31 de diciembre de 2019
3. Deudas con entidades financieras a 31 de diciembre de 2019
4. Cuenta de beneficios/pérdidas de los dos últimos ejercicios.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes.
Resolución y recursos
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Justificación
Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Liquidación del presupuesto del año 2020 aprobada por la Asamblea General. (Anexo VI)
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.