Subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2020

[Subvenciones federaciones deportivas 2020]

Descripción


Objeto

El Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, tiene por objeto regular el régimen de financiación de las federaciones deportivas mediante la concesión de subvenciones no reintegrables para sus programas deportivos anuales (BOPV nº 249, de 30 de diciembre de 2000). El artículo 3 del mencionado Decreto 287/2000 establece que anualmente, mediante Orden de la Consejera de Cultura, actualmente Consejero de Cultura y Política Lingüística se efectuará la correspondiente convocatoria para acogerse a las ayudas reguladas en el citado Decreto, en el que se concretará la dotación presupuestaria, el lugar y los plazos para la presentación de las solicitudes, la documentación que deben aportar las entidades solicitantes de las ayudas, la ponderación de los criterios de cuantificación de las ayudas así como el plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda.

Dotación presupuestaria

2.475.000

Prestación económica

El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:

1.- A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.

2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:

a) Programa deportivo (55% de los puntos).

Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:

  • Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
  • Competiciones deportivas oficiales en cuya organización colabore la federación.
  • Actividades de formación deportiva.
  • Actividades de las selecciones deportivas.
  • «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compro­miso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente

b) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.

  • Cursos de formación impartidos en euskara.
  • Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
  • Página Web en euskara.
  • Atención al público en euskara.
  • Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
  • Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
  • Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.

c) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 0,00% - 49,99%: 0 puntos
  • 50,00% - 74,99%: 2 puntos
  • Más del 75,00%: 5 puntos

d) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 1 a 3 deportistas: 2 puntos
  • 4 a 6 deportistas: 4 puntos
  • Más de 6 deportistas: 5 puntos

e) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva. (20% de los puntos).

f) Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria (5% de los puntos)

g) Importe de la subvención concedida el año anterior para financiar sus programas deportivos.

3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.

 

Forma de pago:

El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:

1.       – A las federaciones que hubieran obtenido ayuda el año anterior a aquél en el que se solicita la ayuda se les librará de manera anticipada una cantidad equivalente al 50% de aquélla. Aquellas federaciones que no hubieran obtenido ayuda durante el año anterior recibirán de forma anticipada el equivalente al 50% de la ayuda concedida a la federación que menor subvención recibió el año anterior.

2.       – Una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, se efectuará un segundo libramiento equivalente al 25 % de la subvención del mencionado año.

3.       – El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.

 Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad soli­citante deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

A quién va dirigido


Federaciones deportivas vascas

Requisitos

  • Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2020.

  • Certificación expedida por el secretario o secretaria de la correspondiente Federación, de cualesquiera otras ayudas solicitadas o que estime recibir la beneficiaria.

  • Memoria explicativa del programa deportivo.

  • Relación de deportistas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco) afiliados a la federación a fecha de publicación de la Orden.
  • Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación.

  • Documento expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta en el que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Composición de la Junta Directiva.

  • Número de deportistas con licencia federada a fecha de publicación de la convocatoria.
  • Certificado que incluya la documentación económica de la federación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0130104

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites