Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera 2020

[LAK-2019 (Programa Lehen Aukera 2020)]

Descripción


Objeto

El objeto de esta convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas u otras entidades, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidad su inserción laboral.

Más información  

Dotación presupuestaria

4.000.000 euros

Prestación económica

3.846.154 euros para la financiación de los contratos indefinidos y en prácticas y 153.846 euros, para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de las entidades colaboradoras.

Forma de pago:

Se concederán las subvenciones por orden de presentación de todos los expedientes que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

El abono de la subvención a las empresas contratantes se realizará de la siguiente manera:

  • Un primer pago del 52%, tras la formalización de los contratos previstos y previa presentación de la documentación pertinente.
  • Un segundo pago del 48% restante o la cantidad que resulte de la justificación, una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención.

Las entidades colaboradoras percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide.

A quién va dirigido


Empresas

Las empresas privadas, por la celebración de contratos indefinidos o en prácticas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones.

Requisitos:

  • Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.

  • No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.

  • Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Entidades colaboradoras de Lanbide

Las entidades colaboradoras de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo reguladas en el artículo 12 por las actuaciones de captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo así como por la gestión y seguimiento del proceso de transición, que finalicen con la formalización de contratos subvencionados.

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones

  • No hallarse incursa en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Que sus fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean conformes al principio de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo cofinanciador

  • Fondo Social Europeo (FSE)

Información de contacto


Servicio de Atención a la Ciudadanía: 945160600/ 630305452

Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945160601

Correo electrónico: lehenaukera@lanbide.eus

Servicio Fomento de Empleo: 945 181327/945 181338

Código

1015908

Solicitud y aportación de documentación


Fecha inicio: Desde el día siguiente al de  la publicación de la presente convocatoria en el BOPV.

Fecha fin:

  • Para la obtención de la condición de entidad colaboradora (Anexo I): 31 de julio de 2020.
  • Para la subvención por contratos indefinidos o en prácticas (Anexo II): 30 de octubre de 2020.
  • Para la subvención por captación, registro y gestión de ofertas de trabajo (Anexo III): Del 2 al 13 de noviembre de 2020.

Documentación a aportar junto con la solicitud:

1. Para la subvención por contratación (empresas vascas u otras entidades. Anexo II):

  • Fotocopia del DNI/NIE en caso de oposición a la comprobación automática por parte de Lanbide de sus datos de identidad y acreditación, en su caso, de la representación legal que ostenta la persona que firma la solicitud en nombre de la persona jurídica solicitante.
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
  • Copia de las Escrituras actualizadas de constitución de la empresa u otro documento de constitución de la Entidad.
  • En el supuesto de que el/la solicitante sea una persona física, certificación del órgano competente indicando el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas. En caso de estar encuadrado en las secciones Segunda y Tercera para la aplicación del tipo de retención reducido por inicio de actividad (periodo impositivo de inicio de actividades y los dos siguientes), la persona solicitante deberá comunicar a Lanbide la concurrencia de dicha circunstancia, mediante la presentación de comunicación firmada según modelo que se encuentra disponible en http://www.lanbide.euskadi.eus.
  • Copia del contrato celebrado
  • Declaración responsable de no existencia de parentesco en los términos previstos en el artículo 3.4 a)
  • Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta correspondiente a los 6 meses inmediatamente anteriores al día del alta de la persona contratada
  • Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta correspondiente al día de la contratación
  • Copia de la comunicación efectuada a la RLT.
  • Documento de Alta de Terceros Interesado.

Además, para los contratos con personas jóvenes que hayan finalizado formación dual u obtenido becas para la formación detallados en el artículo 8.2:

  • Documentación acreditativa de la obtención de la titulación que figura en el contrato
  • Documentación acreditativa de la realización del periodo de formación en la empresa con la que ha formalizado el contrato (empresa, centro de trabajo, periodo, modalidad, etc.)

2. Para la subvención por captación, registro y gestión de ofertas de trabajo (entidades colaboradoras. Anexo III):

  • Si ha gestionado ofertas de trabajo: relación de las ofertas de empleo registradas y/o gestionadas, con las personas contratadas en cada una de ellas al amparo de la presente convocatoria.
  • Si ha realizado la gestión y seguimiento del proceso de transición: relación con las personas contratadas y las empresas contratantes al amparo de la presente convocatoria.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Certificado de contratación en practicas


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación de los contratos


Para la justificación de los contratos la empresa beneficiaria deberá presentar una Memoria Final que contendrá una relación de las personas jóvenes contratadas y la duración de los contratos.

El plazo para presentar la citada Memoria será el siguiente:

a) En el supuesto de contratos en prácticas, 1 mes posterior a la finalización de los mismos.

b) En el supuesto de contratos indefinidos, una vez trascurrido un año desde su inicio.

En cualquiera de los casos, la Memoria se deberá presentar con anterioridad al 18 de diciembre de 2021

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites