Convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2020, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del programa operativo de empleo juvenil 2014-2020.
[GEL-2020]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder a las Entidades locales municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi por la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en el Sistema de Garantía Juvenil, como medida para favorecer su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional.
Dotación presupuestaria
6.500.000 eurosPrestación económica
La distribución presupuestaria máxima para cada ámbito territorial se establece en el Anexo I de la citada convocatoria.
Forma de pago:
Las subvenciones se abonarán en un único pago previa presentación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al del inicio de la última de las contrataciones subvencionadas y de la presentación de la siguiente documentación:
- Relación de personas contratadas según modelo normalizado.
- Copia de los contratos de trabajo y su comunicación a Lanbide.
- IDC de cada una de las personas contratadas.
- Acta de selección de las personas contratadas y listado de las personas desempleadas remitido por Lanbide o entidad colaboradora. En el acta de deberá quedar acreditada la participación de al menos una mujer en el proceso o justificación de su imposibilidad.
- Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
- Declaración relativa a que las contrataciones no están vinculadas a actividades acogidas a subvención en cualquier otra convocatoria realizada por Lanbide.
La distribución presupuestaria máxima para cada ámbito territorial se establece en el Anexo I de la citada convocatoria.
Las subvenciones se abonarán en un único pago previa presentación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al del inicio de la última de las contrataciones subvencionadas y de la presentación de la siguiente documentación:
- Relación de personas contratadas según modelo normalizado.
- Copia de los contratos de trabajo y su comunicación a Lanbide.
- IDC de cada una de las personas contratadas.
- Acta de selección de las personas contratadas y listado de las personas desempleadas remitido por Lanbide o entidad colaboradora. En el acta de deberá quedar acreditada la participación de al menos una mujer en el proceso o justificación de su imposibilidad.
- Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
- Declaración relativa a que las contrataciones no están vinculadas a actividades acogidas a subvención en cualquier otra convocatoria realizada por Lanbide.
A quién va dirigido
Municipios de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco
Agencias de Desarrollo
Agencias de desarrollo local con personalidad jurídica dependientes de los municipios.
Requisitos
- Municipios especialmente afectados por el desempleo, cuyo índice de paro de las personas jóvenes menores de 30 años ha sido igual o superior al 13% en el mes de abril de 2020 y, a su vez, el número de personas desempleadas de esa edad en dicho mes era igual o superior a 10, en base a los datos del fichero estadístico de personas demandantes de empleo paradas registradas en Lanbide. Así mismo, se encuentran incluidas las capitales de los tres Territorios Históricos. Por cada municipio únicamente podrá ser beneficiaria una entidad, esto es, el Ayuntamiento, con carácter prioritario, o la agencia de desarrollo local. En el caso de agencias de desarrollo local cuyo ámbito de actuación se extienda a más de un municipio, podrán ser beneficiarias de subvención por la contratación de personas empadronadas en cada uno de ellos, hasta el límite del presupuesto asignado para cada municipio y siempre que los Ayuntamientos correspondientes no soliciten la ayuda.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones, por parte de las entidades solicitantes, se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor, salvo oposición expresa, conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones
Declaración responsable
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
Declaración responsable -
No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
Declaración responsable
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Información de contacto
Correo electrónico: tokikolaguntzak@lanbide.eus
Servicio Fomento de Empleo : 945-062.413
Oficina Territorial Alava: 945-062 398
Oficina Territorial Bizkaia: 944-986 065 / 944-986.067
Oficina Territorial Gipuzkoa: 943-596.217 / 943-596.213
Código
1073703Solicitud y aportación de documentación
Adjunto a la solicitud:
- Plan de contratación en el ámbito local, que deberá incluir información suficiente para la verificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, en los términos recogidos en el modelo de solicitud. Si se solicita subvención por más de un contrato, se deberá establecer el orden de prioridad entre ellos.
- Breve memoria sobre la incorporación de la perspectiva de género en el plan de contratación.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- En las Oficinas territoriales de Empleo de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo. Oficinas de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Municipios especialmente afectados por el desempleo, cuyo índice de paro de las personas jóvenes menores de 30 años ha sido igual o superior al 13% en el mes de abril de 2020 y, a su vez, el número de personas desempleadas de esa edad en dicho mes era igual o superior a 10, en base a los datos del fichero estadístico de personas demandantes de empleo paradas registradas en Lanbide. Así mismo, se encuentran incluidas las capitales de los tres Territorios Históricos. Por cada municipio únicamente podrá ser beneficiaria una entidad, esto es, el Ayuntamiento, con carácter prioritario, o la agencia de desarrollo local. En el caso de agencias de desarrollo local cuyo ámbito de actuación se extienda a más de un municipio, podrán ser beneficiarias de subvención por la contratación de personas empadronadas en cada uno de ellos, hasta el límite del presupuesto asignado para cada municipio y siempre que los Ayuntamientos correspondientes no soliciten la ayuda.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones, por parte de las entidades solicitantes, se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor, salvo oposición expresa, conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones
Declaración responsable
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
Declaración responsable -
No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
Declaración responsable
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la presentación de la solicitud
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
Para mas información, consulte:
La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros, gestiona los pagos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
Permite el acceso a dar de alta, modificar y consultar sus datos bancarios, siempre que la entidad financiera esté adherida al sistema.
El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
Comunicación a la persona contratada de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa Juvenil
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Comunicación de la relación de personas trabajadoras contratadas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Justificación y liquidación final
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Otros trámites
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Para solicitar la renuncia, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Para desistir del procedimiento, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas