Reutilización de aguas residuales

Descripción


Procedimiento para la concesión de reutilización de aguas depuradas en caso de disponer de una autorización de vertido

A quién va dirigido


Personas físicas y jurídicas

Normativa aplicable



Reutilización de aguas residuales DPH


Reutilización de aguas residuales. Tierra-mar

Organismos


Organismo que gestiona

  • Entes públicos de derecho privado > Agencia Vasca del Agua

Competencias en las aguas de Euskadi

URA es competente en las cuencas intracomunitarias, las cuencas que discurren únicamente en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Asua, Barbadun , Butron, Estepona, Galindo, Gobelas, Oka, Lea, Artibai, Deba, Oiartzun y Urola

Las Confederaciones hidrográficas del Ebro y del Cantábrico son competentes en las cuencas intercomunitarias: eje principal del Bidasoa, Urumea, Oria, Nervión, Ibaizabal, Cadagua, Agüera, Karrantza, Omecillo, Baias, Zadorra, Inglares, Araia, Ega y Errioxa.

Fecha de última modificación:

Organismo que resuelve

  • Entes públicos de derecho privado > Agencia Vasca del Agua

Confederaciones Hidrográficas

Las Confederaciones hidrográficas del Ebro y del Cantábrico son competentes en las cuencas intercomunitarias: eje principal del Bidasoa , Urumea, Oria, Nervión, Ibaizabal, Cadagua, Agüera, Karrantza, Omecillo, Baias, Zadorra, Inglares, Araia, Ega y Errioxa.

Información de contacto


Datos de contacto

HORARIO

Horario de atención al público ininterrumpido de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas.

Abierto todo el año excepto festivos locales y provinciales, 24 y 31 de diciembre.

AGENCIA VASCA DEL AGUA

Edificio Boulevard

C/ Portal de Gamarra 1A – Planta 11

01013 Vitoria-Gasteiz

AGENCIA VASCA DEL AGUA

Alameda Urquijo Nº36, 7ª Planta

48011 Bilbao

AGENCIA VASCA DEL AGUA

C/ Intxaurrondo Nº 70, 1º piso

20015 Donostia/San Sebastián

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Reutilización de aguas residuales DPH: 1043101
  • Reutilización de aguas residuales. Tierra-mar: 1043102

Reutilización de aguas residuales a Dominio público hidráulico


Procedimiento a seguir para la reutilización de aguas residuales depurada en caso de disponer de una autorización de vertido al dominio público hidráulico

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas establece en su artículo 14 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Obligatoriedad que atañe a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y, finalmente, a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo para resolver el procedimiento de autorización serán los siguientes: 6 meses en el caso de las cuencas intracomunitarias y 12 meses en las intercomunitarias.

En ningún caso podrá estimarse presuntamente, en ausencia de resolución expresa, la obtención de la autorización.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites


Reutilización de aguas residuales. Tierra-mar


Procedimiento a seguir para la reutilización de aguas residuales depuradas, en caso de disponer de autorización de vertido tierra mar

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas establece en su artículo 14 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Obligatoriedad que atañe a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y, finalmente, a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario reutilización de aguas. Vertidos Tierra-mar

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo para resolver el procedimiento de autorización serán 6 meses

En ningún caso podrá estimarse presuntamente, en ausencia de resolución expresa, la obtención de la autorización.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites