Instalaciones donde se desarrollan Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera
Descripción
Una instalación deberá estudiar si alguna de las actividades que lleva a cabo están incluida en el Catálogo de Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA). Las instalaciones donde se lleven a cabo Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera pueden estar sometidas a régimen de Autorización o régimen de Notificación, en función de su catalogación según el Real Decreto 100/2011 y Real Decreto 1042/2017 y su corrección de errores. Para saber si su instalación está sometida a autorización consulte la información recogida en Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Solicitar la modificación sustancial de la autorización APCA
Una modificación sustancial es cualquier modificación de una instalación donde se desarrollan APCAs que, debido al tamaño y producción de la instalación, su consumo de energía, la cuantía y tipología de contaminación producida y el nivel de contaminación existente en la zona respecto de los objetivos de calidad del aire establecidos, pueda tener repercusiones negativas significativas sobre la contaminación atmosférica.
En todo caso, se considerarán sustanciales las siguientes modificaciones y/o cambios de las instalaciones APCAs:
a) Las que supongan un aumento de las emisiones totales de la instalación APCA, incluyendo emisiones vehiculadas y emisiones difusas, en los siguientes términos:
- Incrementos de emisión másica total de partículas totales, NOx, SO2 y carbono orgánico total (COT) superiores al 25% excepto si este aumento supone menos de 1 t/año de partículas totales o 15 t/año de NOx o 20 t/año de SO2 o 1 kg/hora de carbono orgánico total (COT) y el medio tenga capacidad para aceptarlo.
- Incremento de emisión másica total por contaminante inferior al 25% si este aumento supera 10 t/año de partículas totales o 150 t/año de NOx o 200 t/año de SO2 o 10 kg/hora de carbono orgánico total (COT).
b) En equipos de combustión, cuando supone un incremento de la potencia de más de 12,5 MWt. En cualquier caso, si el aumento de potencia no supera el 25% de la potencia de todas las actividades autorizadas se considerará una modificación no sustancial.
Solicitar la modificación no sustancial de la autorización APCA
Se consideran modificaciones no sustanciales los cambios en las instalaciones APCA que den lugar a:
- Eliminación de focos de emisión o de actividades APCA
- Inclusión de nuevos focos de emisión o de nuevas actividades APCA
- Cambio en la catalogación de alguna actividad de la instalación a un grupo más contaminante del catálogo APCA
- Cambio del régimen de funcionamiento de algún foco, de no sistemático a sistemático.
- Cambios en las materias primas de un proceso que modifiquen los contaminantes a ser controlados
- Instalación o modificación de un sistema de depuración
- Incrementos de emisión másica total de cualquier contaminante (excepto los considerados para una modificación sustancial)
Las modificaciones b), c) y d) no podrán llevarse a cabo hasta que no se haya otorgado la correspondiente modificación de la autorización de APCA. Si transcurridos tres meses desde la solicitud de modificación de la autorización la Viceconsejería de Medio Ambiente no ha emitido la resolución, la instalación podrá realizar la modificación solicitada.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular
Organismo que resuelve
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental
Información de contacto
Datos de contacto
Zuzenean: Atención a la ciudadanía
Es necesario solicitar cita previa para acudir a las oficinas de Atención a la ciudadanía - Zuzenean: Solicitar cita previa
Internet
Buzón de contacto de euskadi.eus
Teléfono
012 / 945 01 80 00
Presencial (cita previa)
Oficinas Zuzenean
Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.
Código(s)
- Solicitar la autorización APCA: 0117601
- Comunicar el inicio total o parcial de la actividad: 0117602
- Presentar un informe ECA inicial: 0117603
- Presentar un informe ECA periódico: 0117604
- Comunicar un incumplimiento: 0117605
- Solicitar la modificación sustancial de la autorización APCA: 0117606
- Solicitar la modificación no sustancial de la autorización APCA: 0117607
- Solicitar la anulación de la autorización APCA: 0117608
- Realizar otra comunicación: 0117609
Solicitud y aportación de documentación
En el caso de que el titular de una instalación identifique alguna actividad catalogada como A o B en su instalación, debe de solicitar autorización APCA a través del sistema IKSeeM.
Para ello deberá:
- Introducir la información básica sobre la actividad, los focos y los contaminantes en IKSeeM. De esta información se podrá generar un documento en formato Word que servirá de base para preparar el proyecto de solicitud de autorización.
- Redactar y firmar la declaración responsable que incluye el proyecto de solicitud de autorización.
- Si debe solicitar registro de instalaciones de combustión medianas (ICM) adjunte al proyecto la solicitud de registro ICM. Para determinar si está obligado a solicitar dicho registro consulte el apartado Instalaciones de combustión medianas (ICM)
- Solicitar autorización APCA, presentando el proyecto, y, en su caso, la solicitud de registro de instalación de combustión mediana, vía telemática. Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Solicitud de autorización.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental.
-
- Introducir la información básica sobre la actividad, los focos y los contaminantes en IKSeeM. De esta información se podrá generar un documento en formato Word que servirá de base para preparar el proyecto de solicitud de autorización.
- Ver la Guía IKSeeM módulo AIREA: Cómo solicitar una autorización APCA. Cómo modificar una autorización APCA
- Redactar el proyecto según el modelo.
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Para solicitar la autorización deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- introducir los datos en IKSeeM
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses.
Efectos del silencio
Desestimatorios
Comunicación a la administración
El titular de una instalación nueva, una vez reciba la resolución de Autorización APCA, dispone de 4 años desde la emisión de la autorización, para iniciar su actividad. En el momento en que inicie la actividad, debe de comunicar este hecho a la Viceconsejería de Medio Ambiente.
En el caso de que la instalación ya estuviera en funcionamiento en el momento de tramitar la autorización APCA, no es necesario realizar este trámite, y el plazo para presentar el informe ECA inicial comienza al recibir la notificación de la autorización APCA.
Para hacer la comunicación en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Comunicación de inicio de actividad.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental
Para realizar la comunicación, deberá:
- disponer de un certificado electrónico
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Enviar el informe
Una vez recibida la Resolución de autorización (o modificación de la autorización) la instalación debe presentar un primer informe de inspección de la instalación APCA sobre el control externo de las emisiones, elaborado por una entidad de colaboración ambiental.
Los plazos para presentarlo son:
- Instalaciones en funcionamiento: 6 meses desde la recepción de la Resolución de Autorización o Resolución de modificación de la autorización.
- Instalaciones nuevas: 6 meses desde el inicio de la actividad, inicio que deberá ser comunicado a la administración (ver trámite “Comunicar el inicio de actividad”)
El titular de la instalación podrá solicitar, antes de que venza el plazo, una prórroga para la entrega del Informe ECA inicial (Ver "Solicitar una prórroga")
La ECA deberá cumplimentar la información de la bolsa “Controles de emisiones” y, posteriormente, será la instalación quien envíe el Informe ECA inicial a través de una eDMAsolicitud. Para que la ECA pueda introducir datos en nombre de la empresa, la instalación debe previamente darle de alta como representante.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Envío informe ECA inicial.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- introducir los datos en IKSeeM
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Solicitar una prórroga
El titular de la instalación podrá solicitar, antes de que venza el plazo, una prórroga.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Solicitud prórroga.
- Escrito justificativo de la solicitud
Para hacer la solicitud deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Enviar el informe
Las instalaciones APCA deben realizar los controles de sus emisiones a la atmósfera en la periodicidad establecida en su autorización APCA.
En caso de que en la medición se detectase un incumplimiento de los valores límite de emisión, es responsabilidad de la instalación APCA comunicar el incumplimiento, junto con un plan de acciones correctoras a tomar (ver trámite “Comunicar un incumplimiento”)
Pasos a seguir:
- Contratar, con la periodicidad establecida, una entidad de colaboración ambiental (ECA) para que realice los controles necesarios.
- Una vez realizados los controles, la ECA responsable de los mismos deberá cumplimentar el apartado de “Control de emisiones” en IKSeeM. Posteriormente, esta ECA deberá enviar el informe ECA periódico a través de una eDMA solicitud. Para que la ECA pueda introducir datos en nombre de la empresa, la instalación debe previamente darle de alta como representante.
- Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Remisión de informes ECA periódicos.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- introducir los datos en IKSeeM
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Comunicación
Cuando el titular de una instalación detecte el incumplimiento de alguno de los valores límite de emisión establecidos en el PVA, deberá tomar las medidas correctoras necesarias sin demora y ponerlo en conocimiento inmmediato de la Viceconsejería de Medio Ambiente, adjuntando un plan de acción que contenga lo siguiente:
- Explicación de los motivos que pueden haber dado lugar al incumplimiento
- Medidas correctoras a implantar
- Cronograma con el plan de acciones y nueva medición en los focos con incumplimiento
La Viceconsejería de Medio Ambiente procederá a analizar el Plan de Acción presentado y emitirá una resolución al respecto.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Comunicación incumplimiento VLE.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico
Solicitud y aportación de documentación
Una instalación que pretenda realizar una modificación sustancial deberá previamente solicitar una nueva autorización APCA, y no podrá llevar a cabo las modificaciones hasta haber obtenido dicha autorización.
Para ello deberá:
- Introducir la información básica sobre la actividad, los focos y los contaminantes en IKSeeM. De esta información se podrá generar un documento en formato Word que servirá de base para preparar el proyecto de solicitud de autorización.
- Redactar y firmar la declaración responsable que incluye el proyecto de solicitud de autorización.
- Solicitar autorización APCA, presentando el proyecto vía telemática.
- Si procede, adjuntar la solicitud de inscripción o modificación del registro de ICM.
Una vez realizada la solicitud, la Viceconsejería de Medio Ambiente procederá a analizar el Proyecto presentado y en el plazo máximo de 6 meses, y siempre y cuando la documentación sea suficiente y correcta, emitirá la nueva Resolución de Autorización APCA. En ella se incluirá el Plan de Vigilancia Ambiental y las condiciones de funcionamiento a cumplir por la instalación.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Modificación sustancial de la autorización.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental.
-
- Introducir la información básica sobre la actividad, los focos y los contaminantes en IKSeeM. De esta información se podrá generar un documento en formato Word que servirá de base para preparar el proyecto de solicitud de autorización.
- Ver la Guía IKSeeM módulo AIREA: Cómo solicitar una autorización APCA. Cómo modificar una autorización APCA
- Redactar el proyecto según el modelo.
-
Para solicitar la autorización deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- introducir los datos en IKSeeM
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses.
Efectos del silencio
Desestimatorios
Solicitud y aportación de documentación
Una instalación que pretenda realizar alguna modificación no sustancial deberá solicitar una modificación de su autorización.
Para ello deberá:
- Introducir la nueva información básica sobre la actividad, los focos y los contaminantes en IKSeeM. De esta información se podrá generar un documento en formato Word que servirá de base para preparar el proyecto de solicitud de modificación de la autorización.
- En el proyecto se describirá en qué consiste la modificación a realizar en la instalación; no es necesario volver a describir las actividades de la instalación ya autorizadas y que no van a sufrir modificaciones. El modelo de proyecto a utilizar es el mismo que para solicitar autorización.
- Solicitar modificación no sustancial de la autorización APCA, presentando el proyecto vía telemática. Si procede, adjuntar la solicitud de inscripción o modificación del registro de ICM.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Modificación no sustancial de la autorización.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental.
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En el proyecto se describirá en qué consiste la modificación a realizar en la instalación; no es necesario volver a describir las actividades de la instalación ya autorizadas y que no van a sufrir modificaciones.
-
Para solicitar la autorización deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- introducir los datos en IKSeeM
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
3 meses.
Efectos del silencio
Estimatorios
Comunicación a la administración
En caso de que una instalación ya autorizada cese las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera que venía realizando, y deje de estar sujeta a autorización o notificación, solicitará una anulación de su autorización APCA, presentando un escrito en el que indique la fecha a partir de la cual cesará de su actividad, y, en su caso, qué actividad quedará en la instalación.
Si la instalación va a desaparecer totalmente, además deberá contactar con el Servicio IKSeeM para tramitar su baja en el Registro de actividades con incidencia medioambiental.
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Anulación autorización.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental
Para realizar la comunicación, deberá:
- disponer de un certificado electrónico
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Comunicación a la administración
Para hacer la solicitud en IKSeeM deberá acceder al siguiente apartado del menú lateral izquierdo: e-environment /e-DMA Solicitud. Al crear la nueva e-DMA deberá seleccionar el sector AIRE y el procedimiento: APCA: Realizar otra comunicación.
- Consultar la Guía de tramitación electrónica medioambiental
Para realizar la comunicación, deberá:
- disponer de un certificado electrónico
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.