Autorización de empresa de salón de juego
Departamento / Organismo Autónomo
Seguridad
Órgano gestor
Dirección de Juego y Espectáculos
Objeto
Autorización de la inscripción como empresa de salón de juego en el Registro de Empresas de Salones del Registro Central de Juego.
Destinatarios/as
Personas físicas o personas jurídicas con formas societarias admitidas en derecho.
Normativa reguladoraLey 7/2012, de 23 de abril, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios de mercado interio. (BOPV, nº 84 cd 30 de abril).
Decreto 380/1994, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de salones de Juego y Salones Recreativos, (BOPV nº 200, de 20 de octubre de 1994) modificado por Decreto 277/2000, de 26 de diciembre, de modificación del Reglamento de Salones de Juego y Salones Recreativos. (BOPV nº 248, de 29 de diciembre de 2000).
Decreto 25/2012 de 8 de febrero de modificación del reglamento de máquinas y sistemas de juego, de segunda modificación del Reglamento de salones de juego y salones recreativos y de cuarta modificación del Reglamento del bingo de la Comunidad Autónoma de Euskadi. ( BOPV nº 44 de 1 de marzo).
Personas de contacto
Servicio Territorial de Álava
Teléfono: 945017020
Fax: 945017021
Servicio Territorial de Bizkaia
Teléfono: 946075520
Fax: 946075521
Servicio Territorial de Gipuzkoa
Teléfono: 943467125
Fax: 943474532
Documentación
- Solicitud.
- Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte del solicitante, y en caso de ser persona jurídica, de los administradores, consejeros y socios.
- Declaración de los anteriores no estar incurso en los supuestos de inhabilitación establecidos en el artículo 19,4 y 5 de la ley 4/1991 reguladora del Juego.
- Autorización de las personas señaladas a la administración para que ésta solicite el certificado sobre los antecedentes penales a la administración competente.
- Memoria descriptiva de los medios humanos, técnicos y materiales de que disponga el solicitante para el ejercicio de la actividad.
- Justificante de depósito de fianza o aval por un importe de 30051,61 euros.
- En caso de ser persona jurídica:
- Fotocopia del DNI de los administradores consejeros y socios.
- Copia compulsada o testimonio de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos.
- Certificado emitido por órgano competente de la relación de socios y cuotas de participación, así como de la cifra de capital social.
- Certificado de la inscripción de la sociedad en el Registro mercantil con fecha máxima de 3 meses anteriores a la solicitud.
Tasas a aplicar
Según la Ley de Tasas vigente. Ley 5/2011 de 22 de diciembre de modificación de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 28 de diciembre, nº 245.
Plazo de presentacionA solicitud del interesado.
Lugar presentación solicitudes
Presencial
Oficina Territorial de Álava
Dirección: Calle Donostia-San Sebastián 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Oficina Territorial de Bizkaia
Dirección: Calle Gran Vía, 81 1ª planta
48011 Bilbao
Oficina Territorial de Gipuzkoa
Dirección: Avenida Vitoria-Gasteiz, 3 4°
20018 Donostia-San Sebastián
Descripción de los trámites
Analizada la documentación y si es correcta se procederá a la autorización de la inscripción de la empresa como empresa de salón de juego en el Registro de Empresas de Salones.
Órgano que resuelve
Titular de la Dirección de Juego y Espectáculos.
Plazo de resolución
3 meses.
Efectos del silencioEstimatorios
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Ver apartado de Documentación.
Otros documentosVer apartado de Documentación.
Observaciones
La autorización tendrá carácter intransferible y será válida siempre que durante su vigencia se cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
03/02/2017